LEY Nº 29792, LEY DE CREACION, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL

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PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA

LEY Nº 29792

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la Republica
Ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY DE CREACION, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL

TITULO I

DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1.- OBJETO DE LA LEY
La presente Ley crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y determina su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica, Asimismo , crea el Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (Sinadis) como sistema funcional.
ARTÍCULO 2.- NATURALEZA JURIDICA
El ministerio de Desarrollo e inclusión Social es un organismo del Poder Ejecutivo que tiene personería jurídica de derecho publico y constituye pliego presupuestal.
ARTÍCULO 3.- SECTOR.
El sector desarrollo e inclusión social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno vinculadas con el incumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción de desarrollo social la inclusión y la equidad.
ARTÍCULO 4.- AMBITO DE COMPETENCIA
El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social tiene la finalidad de mejorara la calidad de vida de la población, promoviendo el ejercicio de derechos, el acceso a oportunidades el desarrollo de capacidades, en coordinación y articulación con las diversas entidades del sector publico, el sector privado y la sociedad civil.
Las políticas de desarrollo e inclusión economía y social tienen su fundamento en lo siguientes principios y valores: respecto a los derechos humanos, desarrollo humano, justicia social, equidad, inclusión, universalismo, solidaridad, igualdad de oportunidades, cohesión social integridad, transparencia descentralización, calidad , efectividad, participación social, intercultural, emprendimiento e intersectorialidad.
En el marco de los citados principios y valores, cada uno de los sectores implementa las políticas que le corresponda.

PENDIENTE:

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