PJ dicta disposiciones para tratamiento de adolescentes infractores

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PJ dicta disposiciones para tratamiento de adolescentes infractores

Lima, feb. 28 (ANDINA). El presidente del Poder Judicial (PJ), César San Martín Castro, resolvió recordar a los magistrados integrantes del orden jurisdiccional de familia que el internamiento preventivo de los adolescentes infractores no es la única medida que puede dictarse frente a estos casos, sino que más bien debe ser la última alternativa a la que se debe recurrir.
Del mismo modo, se recuerda que los jueces de la especialidad de familia no pueden disponer traslados de adolescentes infractores con problemas disciplinarios al Centro de Diagnóstico y Rehabilitación de Lima, bajo responsabilidad si no media conocimiento e información fundamentada de la Gerencia de Centros Juveniles del Poder Judicial

Sobre este punto, se precisa que solo se debe disponer el ingreso de adolescentes infractores, si así correspondiera, conforme a las disposiciones del Código de los Niños y Adolescentes a los Centros Juveniles del Poder Judicial cuando se dicte una medida cautelar de internación preventiva o se imponga una medida socio educativa restrictiva de la libertad personal.

Aquellos adolescentes que no se encuentren en un Centro Juvenil del Poder Judicial deben ser enviados en el día al que corresponda, bajo responsabilidad.

Se dispuso que los presidentes de las Cortes Superiores del país deben instar y supervisar el cumplimiento de la presente resolución.

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