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La ley que busca eliminar el “voto golondrino”, no solo trata de votos o de “golondrinos”

Golondrinos_RENIEC

Promocionada como una ley que busca eliminar el denominado “golondrinaje” electoral, y presentándosela como parte del paquete de la Reforma Electoral, el 20 de agosto pasado el Pleno del Congreso de la República, final y definitivamente, aprobó la Ley que modifica diversas leyes sobre el registro de la dirección domiciliaria, la certificación domiciliaria y el cierre del padrón electoral, que, aunque contiene algunas reformas que le otorgan al RENIEC mejores herramientas para prevenir y combatir el fraude al Registro Electoral originado por el registro de cambios indebidos de domicilio (coloquialmente llamado “voto golondrino”), la norma va más allá de eso.

La norma legal ha sido publicada ayer como Ley N.º 30338, “Ley que modifica diversas leyes sobre el registro de dirección domiciliaria, la certificación domiciliaria y el cierre del padrón electoral”. En lo fundamental, la ley dispone lo siguiente:

  1. Incluye expresamente como uno de los datos que debe contener el Documento Nacional de Identidad (DNI), la dirección domiciliaria que corresponde a la residencia habitual del titular; es decir, el domicilio real.
  1. Establece la obligatoriedad de los ciudadanos de actualizar el dato del cambio del domicilio en su DNI, dentro de los 30 días de producido el cambio, sancionando el incumplimiento con una pequeña multa (0.3% de la UIT, que a la fecha equivale a S/. 11.55 nuevos soles), que será cobrada coactivamente por el RENIEC. Transitoriamente otorga un plazo de 60 días desde la vigencia de la norma para que los ciudadanos que no tienen su domicilio actualizado en el DNI, cumplan con hacerlo.
  1. Establece como función del RENIEC realizar permanentemente acciones de verificación de la dirección domiciliaria declarada; pudiendo para tal efecto solicitar a las entidades públicas informes y registros vinculados al domicilio, en coordinación con la SUNAT. Asimismo, se faculta al RENIEC a priorizar las verificaciones domiciliarias cuando detecte concentraciones excepcionales de habitantes en un mismo domicilio o una variación porcentual superior al promedio habitual en una circunscripción (distrito).

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El RENIEC previene la acción de los electores golondrinos

Anoche, en Radio y Tv Capital,  Carlo Magno Salcedo, asesor de la Jefatura Nacional y especialista en temas electorales, fue entrevistado sobre la forma en que RENIEC previene la acción de los electores golondrinos.

Él explicó los alcances del proyecto de ley aprobado recientemente en el Parlamento y la importancia de verificar y georreferenciar domicilios. Durante el programa, se recibieron llamadas telefónicas que elogiaban el trabajo del RENIEC.

Carlo Magno Salcedo, además, informó que nuestra institución había logrado identificar a cuatro personas fallecidas en el accidente de tránsito ocurrido en Huarmey.

(Prensa/RENIEC)

Escucha la entrevista completa.

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Combatir el ‘golondrinaje’

Reproduzco el artículo de opinión del Jefe Nacional del RENIEC, publicado en El Comercio (21 de octubre de 2014, p. 20), sobre las acciones que el RENIEC ha implementado para combatir este flagelo y las propuestas de reforma legal que se están trabajando.

El ‘golondrinaje’ debe ser efectivamente combatido para superar la sensación de impunidad que existe al respecto.

Por: JORGE YRIVARREN

Jefe Nacional del Reniec

En estas elecciones se han evidenciado dos fenómenos que no son nuevos, pero que se han incrementado: la presencia de electores golondrinos (conocidos internacionalmente como “trashumancia electoral”), promovida por actores políticos que quieren ganar haciendo trampa; y la violencia electoral, promovida por quienes se niegan a aceptar los resultados.

La violencia poselectoral se origina por el boicot deliberado de los malos perdedores que, utilizando como pretexto supuestos fraudes o presencia de electores golondrinos, no reconocen la voluntad popular y recurren a la violencia. Estos deben ser sancionados con todo el peso de la ley.

Si un ciudadano cree tener argumentos o evidencias de hechos irregulares, ha tenido y tiene mecanismos legales para denunciarlos, e incluso, solicitar la nulidad del proceso. Lo que no puede hacer es recurrir a la violencia.

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“11 mil serán denunciados por cambiar domicilio”

Publicado en La Razón (15 de octubre de 2014), p.5.

Redactor: María Teresa García

La RENIEC reveló que once mil personas provenientes de cien distritos serán denunciadas ante el Ministerio Público al haber cometido el delito de otorgar datos falsos para el DNI y con ello haber incentivado los votos “golondrinos”.

Jorge Yrivarren, titular de la RENIEC, indicó que tanto su organismo como el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) realizaron verificaciones cuando hubo condiciones de alerta como un cambio de domicilio equivalente al cinco por ciento del total de inscritos en el Padrón Electoral.

Al respecto, Carlo Salcedo Cuadros, asesor jurídico de la RENIEC indicó que todos los casos se están poniendo en manos del Ministerio Público ya que la Fiscalía es la que tiene que determinar la comisión de delito de fraude al registro electoral.

“Debemos hacer una invocación a que la Fiscalía y el Poder Judicial pueda efectuar su trabajo para lograr que el delito sea sancionado pues la idea es que desde ahora tenga una penalidad”, comentó.

Añadió que la Fiscalía debe identificar al instigador quien es el que financia los gastos y al final es el interesado en torcer la voluntad popular.

“Como RENIEC y JNE vamos a presentar un proyecto para que ello no suceda. Ahora la Fiscalía tiene que hacer una investigación por distrito. Si se interrogase a varios de los golondrinos, ellos podrían identificar la fuente”, informó.

Sostuvo que en Lima, fue en el distrito de Santa Rosa donde se encontró más de dos mil cambios de domicilios.

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A la caza de “golondrinos”. Acciones de los organismos electorales contra el fraude al Registro Electoral

Una de las amenazas que pueden afectar los resultados de los procesos electorales es la presencia de los denominados “electores golondrinos”, es decir, de aquellos que cambian su domicilio a una circunscripción (distrito, provincia o región) distinta a la de su residencia habitual con el propósito de incidir en el resultado de los comicios. Este fenómeno se produce, especialmente, en la elección de autoridades locales (elecciones municipales) en distritos rurales o de relativamente poca población electoral.

Además de constituir un atentado directo contra la democracia al torcer la voluntad de los ciudadanos expresada en las urnas, dicha práctica ha sido expresamente tipificada como delito de fraude al Registro Electoral por la Ley N.º 29287 (publicada el 06 de diciembre de 2008), que incluye un numeral 8 al artículo 359 del Código Penal, estableciendo una pena de entre dos y ochos años de pena privativa de libertad al que, con propósito de impedir o alterar el resultado de un proceso o favorecer o perjudicar a un candidato u organización política, realiza cambio de domicilio o induce a realizarlo a una circunscripción distinta al de su residencia habitual, induciendo a error en la formación del Registro Electoral.

Este fenómeno también se presenta en otros países. Por solo poner un ejemplo, en Colombia a este mismo delito se le conoce como trashumancia, trasteo de votos o fraude en inscripción de cédulas, tipificado por el artículo 389 del Código Penal colombiano en los siguientes términos:

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Reniec dispone cierre del padrón electoral en distrito ancashino de Huacachi

Nota de prensa de la Agencia Andina, Lima, 01 de marzo de 2012.

Lima, mar. 01 (ANDINA). Este sábado 3 de marzo se cerrará el padrón electoral que se utilizará en los comicios municipales complementarios del 1 de julio en el distrito de Huacachi, en el departamento de Áncash, informó hoy el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).

La disposición se hizo en cumplimiento de la ley que obliga a cerrar los padrones electorales 120 días antes de la realización de cualquier proceso electoral, precisó a través de una nota de prensa.

Después de ese día no podrá modificarse ningún nombre, domicilio ni otro dato contenido en el padrón.

El Reniec es la entidad encargada de organizar y mantener actualizado el padrón electoral en base al Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, en el que se encuentran todos los peruanos que poseen Documento Nacional de Identidad (DNI).
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RENIEC verificó domicilios para detectar electores golondrinos en Huacachi

Post de Sala de Prensa – RENIEC

Lima 16 de febrero, 2012.- El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) verificó los domicilios de 2,121 ciudadanos registrados como electores en Huacachi, distrito de la provincia de Huari, en la región Áncash, antes de que se lleve a cabo la Elección Municipal Complementaria convocada para el 1 de julio del año en curso.

En Huacachi se mantienen las autoridades ediles que fueron elegidas para el periodo 2007-2010 pues se han frustrado las Elecciones Municipales en tres ocasiones.

En el 2010 los comicios fueron anulados por hechos de violencia y en las Elecciones Municipales Complementarias del 3 de julio y del 20 de noviembre del año pasado hubo inasistencia de más del 50% de votantes. Esto se debería, al parecer, a la elevada cantidad de electores golondrinos. «Un elector golondrino es aquel que traslada su domicilio a una circunscripción, a un distrito en el que no reside, con el propósito de distorsionar el registro electoral», explica Carlo Magno Salcedo, Subgerente de Actividades Electorales del RENIEC.
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