Las pseudo élites en el Perú republicano

En un artículo anterior elaborado a propósito de la conmemoración de la Independencia, iniciamos una reflexión sobre nuestro ser como República, tomando para ello como referente a Jorge Basadre, uno de los grandes Amautas peruanos del siglo XX, en especial su imprescindible ensayo “La Promesa de la Vida Peruana” (1945).

Siguiendo a Basadre, anotábamos que la Independencia fue hecha con una inmensa promesa de vida próspera, sana, fuerte y feliz; con un ideal de superación individual y colectiva que debía ser obtenido por el desarrollo integral del país, la explotación de sus riquezas, la defensa y acrecentamiento de su población, la creación de un mínimo de bienestar y oportunidades adecuadas para cada ciudadano. Y fue, precisamente, para cumplir esa promesa que se fundó la República.

Sin embargo, la promesa de la fundación republicana no ha sido cumplida del todo, a pesar de haber trascurrido –en la época en que Basadre escribió su ensayo– más de ciento veinte años  de la Independencia, debido a que –según el mismo Basadre– esa promesa fue a menudo pisoteada por la obra de los Podridos, los Congelados y los Incendiados, quienes, respectivamente, han hecho todo lo posible para que este país sea una charca, un páramo o una gigantesca fogata.

Pero, en el mismo ensayo, Basadre trata sobre lo que consideramos es la razón principal que explica el incumplimiento de la promesa: el problema de las élites en el Perú. Para comprenderlo, antes debemos tener en cuenta la importancia que tienen las élites para el desarrollo de un país.

Un país no es solo pueblo –nos recuerda Basadre–; si un país quiere desempeñar una función activa en el mundo necesita mando. Ahora bien, ni la juerga ni el látigo son el símbolo de las élites auténticas. Ni los que emigran (por el malestar íntimo que la patria les causa), ni los que se disipan en la frivolidad (ostentosos derrochadores de fortunas), ni siquiera los que solo saben manejar el látigo (soberbios que se creen facultados para cualquier exceso por haber heredado un nombre o una fortuna) cumplen la misión esencial de las auténticas élites: comandar.

» Leer más

La incumplida promesa de la vida peruana

"

Una vez más celebramos las Fiestas Patrias, conmemoración que gira en torno a la declaración oficial de la Independencia del Perú, el 28 de julio de 1821. Como es evidente, ésta no es una efeméride patria más, sino la más importante, porque evoca el hecho fundamental de nuestro nacimiento como comunidad política nacional, que en el caso peruano implicó la fundación de la República.

Es, por tanto, ocasión no solo de festejar sino, sobre todo, de reflexionar sobre nuestro ser como República. Y si de reflexionar sobre el ser nacional se trata, no podemos dejar de tener como referente fundamental a uno de nuestros más destacados Amautas del siglo XX, el intelectual e historiador tacneño Jorge Basadre.

El Amauta Basadre nos recuerda, en su imprescindible ensayo La Promesa de la Vida Peruana (1945), que la Independencia no se trataba simplemente de cortar la sujeción política a España, sino que fue hecha con una inmensa promesa (que se simbolizó en la idea de la República), de vida próspera, sana, fuerte y feliz; y que es precisamente para cumplir esa promesa que se fundó la República.

» Leer más

Imposición de Mateo Castañeda no va más

Publicado en Diario Uno (ex La Primera), 16 de julio de 2014, p.5.

 

SALUDABLE RECTIFICACIÓN del nuevo Tribunal Constitucional en su conflicto con el Consejo Nacional de la Magistratura.

Carlo Magno Salcedo
Colaborador 

El recompuesto Tribunal Constitucional (TC) ha iniciado sus labores con muy buen pie y en lo que constituye su primera resolución, por unanimidad, ha dejado sin efecto la inconstitucional orden dada por el anterior TC al Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) de nombrar a Mateo Castañeda como Fiscal Supremo.

El nuevo TC indica [que] la orden de los magistrados anteriores vulnera las competencias constitucionales del CNM.

Mediante sentencia del 30 de abril pasado, el viejo TC anuló el nombramiento de las Fiscales Supremas Nora Miraval y Zoraida Ávalos y designó directamente a Mateo Castañeda como Fiscal Supremo, incurriendo así en diversas infracciones legales y constitucionales, al usurpar las competencias del CNM, y generando un grave conflicto interinstitucional.

Presionado por la opinión pública, el ocho de mayo el viejo TC emitió otra resolución reincorporando a Miraval y Ávalos y anulando el nombramiento directo de Castañeda; sin embargo, insistió en que el CNM debía nombrarlo o dejar en reserva una plaza para que sea ocupada por aquél una vez que se produzca una vacancia. Con ello, aunque aparentemente corregía su anterior resolución, mantuvo intacto el motivo del conflicto al seguir usurpando las funciones del CNM.

El CNM vota con criterio de conciencia y para que un fiscal sea designado tiene que conseguir una mayoría calificada de cinco votos y si no los consigue no puede ser nombrado. Aunque el TC puede exigir a los consejeros del CNM que motiven su decisión de no votar a favor de un candidato, en modo alguno puede obligarlos a que voten en determinado sentido, o disponer que nombren a alguien que no alcanza los votos necesarios.

» Leer más

A la caza de “golondrinos”. Acciones de los organismos electorales contra el fraude al Registro Electoral

Una de las amenazas que pueden afectar los resultados de los procesos electorales es la presencia de los denominados “electores golondrinos”, es decir, de aquellos que cambian su domicilio a una circunscripción (distrito, provincia o región) distinta a la de su residencia habitual con el propósito de incidir en el resultado de los comicios. Este fenómeno se produce, especialmente, en la elección de autoridades locales (elecciones municipales) en distritos rurales o de relativamente poca población electoral.

Además de constituir un atentado directo contra la democracia al torcer la voluntad de los ciudadanos expresada en las urnas, dicha práctica ha sido expresamente tipificada como delito de fraude al Registro Electoral por la Ley N.º 29287 (publicada el 06 de diciembre de 2008), que incluye un numeral 8 al artículo 359 del Código Penal, estableciendo una pena de entre dos y ochos años de pena privativa de libertad al que, con propósito de impedir o alterar el resultado de un proceso o favorecer o perjudicar a un candidato u organización política, realiza cambio de domicilio o induce a realizarlo a una circunscripción distinta al de su residencia habitual, induciendo a error en la formación del Registro Electoral.

Este fenómeno también se presenta en otros países. Por solo poner un ejemplo, en Colombia a este mismo delito se le conoce como trashumancia, trasteo de votos o fraude en inscripción de cédulas, tipificado por el artículo 389 del Código Penal colombiano en los siguientes términos:

» Leer más

Misión de observación Internacional electoral se encuentra en Nariño para las elecciones presidenciales del 25 de mayo

Sala de Prensa Gobernación de Nariño (Colombia), 23 de mayo de 2014

Delegados de la Misión de Observación Electoral de Unasur, se reunieron esta mañana con el Secretario de Gobierno de Nariño, Jaime Rodríguez, a quien informaron a cerca de su quehacer en el proceso electoral de este domingo 25 de mayo, jornada en la que los colombianos eligen presidente y vicepresidente de la República.

Carlo Magno Salcedo, delegado de la misión electoral de Unasur para Nariño, explicó que realizarán una observación de carácter técnico al proceso electoral en nueve departamentos del país, para emitir un informe a nivel país, que será emitido el lunes 26 de mayo.

En la novena sesión Comisión Departamental de Coordinación y Seguimiento a los Procesos Electoralesrealizado el miércoles anterior, las diferentes entidades e instituciones comprometidas con el desarrollo del actual proceso, aseguraron que las condiciones para que la observación electoral de Unasur, la OEA, y la  MOE están dadas para que estos organismos puedan cumplir con su misión.

La Unión de Naciones Suramericanas, Unasur, es una organización internacional creada en 2008 como impulso a la integración regional en materia de energía, educación, salud, ambiente, infraestructura, seguridad y democracia. Sus esfuerzos están encaminados a profundizar la unión entre las naciones suramericanas.

» Leer más

Nuevo TC debe anular resolución

Publicado en La Primera (10 de mayo de 2014), p.3.

CONSTITUCIONALISTAS COINCIDEN de que debe pedirse a nuevo TC nulidad de fallo que ordena nombramiento de Mateo Castañeda como fiscal supremo. Peláez dice que hubo una “mediana” corrección.

Por:  Ramiro Angulo (Redacción)

El jurista Carlo Magno Salcedo coincidió con Vladimir Paz de la Barra, miembro del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), en que el recurso de nulidad que presentará este organismo al Tribunal Constitucional debe ser resuelto por los nuevos magistrados que serán elegidos por el Congreso de la República en los próximos días.

Sostuvo que “el actual Tribunal ya tiene un criterio que no va por la nulidad, por lo tanto el escenario para plantear el recurso debe ser cuando el TC se restituya con los nuevos miembros”.

Agregó que, además de los magistrados, Gerardo Eto, Ernesto Álvarez y Carlos Mesía, el presidente del TC, Óscar Urviola, tiene una posición favorable al nombramiento de Mateo Castañeda como fiscal supremo.

“Queda claro que cualquier pedido que hagan es en vano. Su postura es clara, entonces mejor que se esperen a los nuevos magistrados”, recalcó.

Paz de la Barra anunció ayer que planteará que el Consejo Nacional pida que el pedido de nulidad sea visto por los magistrados que serán electos en el Pleno del Parlamento. “Este pedido debe ser revisado por los nuevos jueces que nombrará el Congreso el 21 de mayo”, declaró.

Salcedo refirió que el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura debería ser consecuente con su posición inicial y seguir objetando una eventual designación de los magistrados Mateo Castañeda y César Hinostroza como fiscales supremos.

“Tengo la impresión que así como Vladimir lo ha planteado, varios consejeros deberían ir por la misma línea”, dijo al comentar las declaraciones de Paz de la Barra, quien planteará su disconformidad con la parte de la resolución del TC que pide el nombramiento de Castañeda e Hinostroza apenas exista una vacante.

» Leer más

Tribunal sigue usurpando las funciones del Consejo

Publicado en La Primera (09 de mayo de 2014), p. 3.

CONTROVERTIDA RESOLUCIÓN deja en el cargo a fiscales supremas nombradas por el CNM y anula nombramiento de Mateo Castañeda, pero a la vez ordena que este sea nombrado fiscal supremo.

Por:  Henry Cotos (Redacción)

El Tribunal Constitucional (TC), en respuesta al recurso de nulidad presentado por el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), emitió ayer una controvertida resolución en la que dispone que las fiscales supremas Nora Miraval y Zoraida Ávalos continúen en el cargo y deja sin efecto el nombramiento de Mateo Castañeda como fiscal supremo, pero a la vez dispone que se le designe en ese cargo cuando se habilite una nueva plaza.

En el punto siete de la parte resolutiva, el TC ordena que el CNM no realice ningún concurso público de fiscales supremos mientras no nombre como tal a Castañeda y lo mismo dispone en el caso de César Hinostroza, quien, al igual que el primero, solicitó su nombramiento al Tribunal.

Los magistrados Carlos Mesía, Gerardo Eto y Ernesto Álvarez eliminaron las partes más polémicas de su resolución del 30 de abril, la destitución de las fiscales supremas Zoraida Ávalos y Nora Mirabal y el nombramiento directo de Mateo Castañeda, pero el fondo del conflicto se mantiene intacto, pues los tres magistrados ordenan que el CNM elija a Castañeda como fiscal supremo y le da el mismo beneficio a Hinostroza.

SIGUEN USURPANDO
Carlo Magno Salcedo, profesor de la Escuela de Ciencia Política de la Universidad de San Marcos, sostiene que con esa resolución los tres jueces buscan revertir la parte más problemática que era la destitución de las fiscales y el nombramiento directo de Mateo Castañeda, lo que originó un consenso amplio respecto a que se habían equivocado.

“Sin embargo, quitando esa parte, insisten en su posición de usurpar funciones del CNM. Insisten en que el Consejo tiene que nombrar fiscales, respecto a los que ya votó y no los ha aprobado. No es que el CNM haya incumplido la sentencia del TC, simplemente lo que mandó el TC es inconstitucional”, aseveró.

El jurista precisó que el Tribunal no le puede decir al Consejo que tiene que votar de determinada manera. “El CNM vota con criterio de conciencia. Las evaluaciones son referenciales. Para que un fiscal supremo sea designado tiene que conseguir una mayoría calificada de 5 votos y si no consigue los votos no puede ser nombrado. Con la resolución el problema subsiste, lo que han hecho solo es trasladarlo para más adelante”, dijo.

» Leer más

¿Se rectificó el Tribunal Constitucional?

Contra lo que algunos suponen, el Tribunal Constitucional (TC) no ha rectificado su sentencia que publicó la semana pasada, a través de la cual incurre en diversas infracciones legales y constitucionales, al usurpar las competencias del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM).

Sin bien es cierto con su última resolución, publicada hoy, el TC otorga nuevamente la condición de fiscales supremas a Nora Miraval Gambini y Zoraida Ávalos Rivera, y anula el nombramiento directo como fiscal supremo de Mateo Castañeda Segovia, básicamente persiste en su postura violatoria de las competencias del CNM al insistir en que este organismo constitucional autónomo debe nombrar a Mateo Castañeda o, en caso de no existir plazas vacantes en el Ministerio Público, que debe dejar en reserva una plaza a fin que sea ocupada por el abogado Castañeda una vez que se produzca la correspondiente vacancia en la Fiscalía Suprema.

Con ello, como bien señala Alejandro Godoy, los magistrados Carlos Mesía, Gerardo Eto y Ernesto Álvarez Miranda “han dejado intacto el fondo del conflicto”, que consiste en que el CNM, en ejercicio de sus competencias y autonomía constitucional, no le ha otorgado a Mateo Castañeda los votos suficientes para que pueda ser designado fiscal supremo, en tanto el TC insiste en que dicho letrado, sí o sí, debe ser designado en ese cargo.

Expliquemos brevemente en qué consiste el grave entuerto en que ha incurrido el TC. El artículo 150º de la Constitución Política del Perú, dispone expresamente que el CNM “se encarga de la selección y el nombramiento de los jueces y fiscales, salvo cuando éstos provengan de elección popular”; lo que es complementado por el artículo 154º de la misma Norma Fundamental que literalmente establece como una de sus funciones: “Nombrar, previo concurso público de méritos y evaluación personal, a los jueces y fiscales de todos los niveles. Dichos nombramientos requieren el voto conforme de los dos tercios del número legal de sus miembros [cinco votos].”

» Leer más

Fallo del TC es una clara usurpación de funciones

Publicado en La Primera (04 de mayo de 2014).

Gerardo Eto, Carlos Mesía y Ernesto Álvarez, magistrados del TC autores de la cuestionada resolución.

SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ES “ABSOLUTAMENTE IRREGULAR”

Por:  Javier Soto  (Redacción)

La resolución de los tres miembros del Tribunal Constitucional (TC) que dispone anular el nombramiento de dos fiscales supremos y designa a uno nuevo, es “absolutamente irregular”, ya que constituye una flagrante violación a las competencias del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), declaró a LA PRIMERA, el jurista Carlo Magno Salcedo.

Refirió que si bien es cierto el TC puede ejercer un nivel de control constitucional sobre los actos de otras entidades, esas facultades no pueden llevarlo a extralimitarse y asumir las funciones de éstas.

“En esa medida, la resolución emitida por esos tres magistrados constituye, a mi criterio, una usurpación de funciones, delito de prevaricato y, además, haría pasible que sus suscriptores puedan ser denunciados constitucionalmente por el Congreso”, subrayó.

El jurista consideró correcta la posición firme y de respeto de sus fueros, asumida por el Consejo, cuando existe un nivel de avasallamiento a partir de interpretaciones absolutamente arbitrarias de las normas constitucionales, “ya que estamos en un asunto que ha salido de los márgenes de la legalidad y la constitucionalidad”.

“El problema es que el TC, en principio, no tiene límites jurídicos porque jurídicamente es el que tiene la última palabra. Por eso es muy importante que cuando ejerce sus funciones lo haga con mucho cuidado con ponderación, sin extralimitarse como lo ha hecho en muchos casos”, anotó.

» Leer más

TC ejecutó una ‘abierta infracción constitucional’, señalan

Nota informativa de Radio Nacional del Perú, 02 de mayo de 2014.

 /></p>
<p>El analista constitucional Carlo Magno Salcedo Cuadros, <strong>calificó de inaudito el proceder del Tribunal Constitucional (TC), que dejó sin efecto los nombramientos de las fiscales supremas</strong> Zoraida Ávalos y Nora Miraval, ordenando designar en ese cargo a Mateo Castañeda.</p>
<p><strong>“<a href=No es la primera vez que ocurre este tipo de hechos, el supremo intérprete (TC) ya incurrió  en la emisión de resoluciones muy cuestionables desde el punto de vista jurídico”, agregó.

En declaraciones a Radio Nacional, consideró que esta situación es jurídicamente complicada; y en el caso particular del Consejo Nacional de la Magistratura, sus decisiones no son revisables en sede judicial en materia de ratificación y evaluación.

“El Tribunal Constitucional ha ejecutado una abierta infracción constitucional que podría ser vista como un golpe claro al orden en la materia”, expresó.

Para Salcedo Cuadros, la legitimidad de un Tribunal Constitucional está en la idoneidad de sus miembros y que estos se autocontrolen.

/D.B.D/

Nota del administrador:  El siguiente es el AUDIO COMPLETO de la entrevista.

» Leer más