Publicado en El Comercio, edición impresa, miércoles 15 de abril de 2015, p. A6.
La Comisión de Constitución del Congreso aprobó que consignen en sus hojas de vida sus bienes y rentas.
La Comisión de Constitución del Congreso acordó por mayoría que los candidatos a cargos de elección popular no estén obligados a consignar en sus hojas de vida si afrontan procesos penales. El argumento que se esgrimió fue que ello atentaría contra la presunción de inocencia.
Los candidatos solo deberán consignar si tienen sentencias firmes por incumplimiento de obligaciones familiares o alimentarias, contractuales, laborales o por incurrir en violencia familiar.
También estarán obligados a anotar en la hoja de vida –que se incorporará en la página web del Jurado Nacional de Elecciones– sus bienes y rentas.
Esta propuesta autoriza, al JNE a retirar –hasta diez días antes de las elecciones– la candidatura de los postulantes que omitan consignar las sentencias firmes, incluyendo aquellas que tengan “reserva de fallo condenatorio”.
El politólogo Fernando Tuesta Soldevilla comentó a El Comercio que con este dictamen se ha avanzado “en algo” respecto de la transparencia electoral. “Pero no es suficiente para mejorar la representación parlamentaria”, anotó.
“Si esta medida evita que entren los corruptos, mejor. Pero faltan otras acciones: eliminación del voto preferencial y financiamiento directo”, dijo.
El catedrático en Derecho Electoral Carlo Magno Salcedo precisó que el hecho de que los candidatos oculten si tienen procesos penales colisiona con el derecho de los electores a conocer realmente a las próximas autoridades.