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Informar sobre procesos penales en trámite no vulnera la presunción de inocencia

Esta semana, la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República aprobó el dictamen que propone incorporar la exigencia de incluir obligatoriamente una serie de nuevos datos en la hoja de vida que los candidatos deben presentar al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) al momento de su postulación: sentencias firmes por delitos dolosos, incluyendo aquellos con reserva de fallo condenatorio; sentencias por incumplimiento de obligaciones familiares o alimentarias, contractuales, laborales o por incurrir en violencia familiar; e información sobre sus bienes y rentas. El dictamen también autoriza, al JNE a retirar, hasta diez días antes de las elecciones, a los candidatos que omitan consignar dicha información.

Sin embargo, por mayoría de votos, la Comisión de Constitución desestimó la propuesta de incluir la obligación de los candidatos de consignar  en sus hojas de vida si afrontan procesos penales (que aún no tienen sentencia firme), con el argumento que incluir esa información atentaría contra la presunción de inocencia. No compartimos esta decisión y consideramos que el argumento que lo sustenta es equivocado. » Leer más

Candidatos no tendrán que revelar procesos penales en trámite

Publicado en El Comercio, edición impresa, miércoles 15 de abril de 2015, p. A6.

La Comisión de Constitución del Congreso aprobó que consignen en sus hojas de vida sus bienes y rentas.

La Comisión de Constitución del Congreso acordó por mayoría que los candidatos a cargos de elección popular no estén obligados a consignar en sus hojas de vida si afrontan procesos penales. El argumento que se esgrimió fue que ello atentaría contra la presunción de inocencia.

Los candidatos solo deberán consignar si tienen sentencias firmes por incumplimiento de obligaciones familiares o alimentarias, contractuales, laborales o por incurrir en violencia familiar.

También estarán obligados a anotar en la hoja de vida –que se incorporará en la página web del Jurado Nacional de Elecciones– sus bienes y rentas.

Esta propuesta autoriza, al JNE a retirar –hasta diez días antes de las elecciones– la candidatura de los postulantes que omitan consignar las sentencias firmes, incluyendo aquellas que tengan “reserva de fallo condenatorio”.

El politólogo Fernando Tuesta Soldevilla comentó a El Comercio que con este dictamen se ha avanzado “en algo” respecto de la transparencia electoral. “Pero no es suficiente para mejorar la representación parlamentaria”, anotó.

“Si esta medida evita que entren los corruptos, mejor. Pero faltan otras acciones: eliminación del voto preferencial y financiamiento directo”, dijo.

El catedrático en Derecho Electoral Carlo Magno Salcedo precisó que el hecho de que los candidatos oculten si tienen procesos penales colisiona con el derecho de los electores a conocer realmente a las próximas autoridades.

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