PERÚ: Precisan AFP a la que deben afiliarse los servidores independientes

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Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

Precisan AFP a la que deben afiliarse los servidores independientes
Norma

Resolución SBS N° 4476-2013, publicada el jueves 18 de julio de 2013: Dispone que los trabajadores que se incorporen en calidad de independiente a partir del 1 de agosto de 2013 al SPP, se deberán afiliar a la AFP Hábitat como adjudicataria de la primera licitación de afiliados.

Antecedentes
Esta resolución de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, se ubica en el marco de la Ley N° 29903, Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones y sus normas de desarrollo que dispusieron:

Que si bien la atribución de la SBS para establecer la regla de decisión respecto de a qué AFP debe incorporarse un trabajador independiente que decida pertenecer al SPP tiene aplicación a partir del 1 de agosto de 2013 en virtud de lo que dispone la Ley Nº29903, resulta necesario, vista la próxima implementación de tal obligación de pertenecer a un sistema de pensiones de los trabajadores independientes que no superen los cuarenta años, proveer dicha regulación con la debida antelación a los participantes del SPP.
AFP Hábitat resultó siendo la adjudicataria de la primera licitación de afiliados.
Contenido
La norma dispone que los trabajadores que se incorporen en calidad de independientes a partir del 1 de agosto de 2013 al SPP, se deberán afiliar a la AFP Hábitat en su condición de adjudicataria de la primera licitación de afiliados.
Vigencia
La norma ha sido publicada el 18.07.2013, por lo tanto entra en vigencia el 19.07.2013.

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