EL TERCIO EXCLUYENTE

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Sinesio López Jiménez

La contribución más importante de Nicolás Lynch, en su corta gestión como ministro de Educación (2001-2002), fue la introducción de una nueva concepción de la justicia y de nuevos criterios para ejercerla en el manejo de las instituciones educativas del Perú. Hasta entonces predominaba en éstas una inadecuada y obsoleta concepción de la justicia que se basaba en los criterios tradicionales de antigüedad y en el patrimonialismo cuando no en la corrupción y en la prebenda. Aunque existen actualmente resistencias en el magisterio (más que en la sociedad) sobre este cambio educativo fundamental, me parece que esta es una batalla ganada en beneficio de la educación del país. Para el caso peruano, esta fue una medida revolucionaria, aunque, desde una perspectiva comparada, ella fue sólo una adecuación a los tiempos y a las circunstancias de las sociedades modernas, una de cuyas características más importantes es que sus logros se basan en los desempeños individuales de sus integrantes, ofreciéndoles a todos, desde luego, una igualdad de oportunidades, esto es, una igualación de los puntos de partida en el juego competitivo. Este es justamente (o debiera serlo) el papel decisivo de la educación, además de la salud. Desde los tiempos de la gestión ministerial de Nicolás Lynch el mérito es el principal sino el único criterio de justicia con el que las instituciones educativas asignan beneficios y responsabilidades en el sector (educativo). La suerte del ciudadano en una sociedad moderna (o que quiere ser tal como la peruana) no depende sólo del mercado o de la decisión del gobierno sino también de las asignaciones de las instituciones relativamente autónomas. Este es el caso de las instituciones educativas en todos los niveles (sobre todo en el universitario) en las que se aplica lo que Jon Elster (sociólogo, politólogo y filósofo sueco) un criterio propio de justicia local (en oposición a la justicia nacional y global): el mérito, del mismo modo como en las empresas el criterio de justicia es el número de acciones; la necesidad, en el trasplante de órganos, etc. Michael Walter, destacado filósofo norteamericano, piensa que, en campo de la salud, el criterio de justicia debiera ser la enfermedad (o su prevención) y no el dinero como sucede en la mayoría de los países capitalistas. En el Perú, el enfermo que no tiene dinero se muere. Cada esfera de justicia (justicia local) tiene su propio criterio según la especificidad de bienes que asigna. En eso consiste la justicia y se cometen actos de injusticia cuando “se trasgreden las esferas”, esto es, se aplica el criterio de justicia de una esfera a otra, utilizando, por ejemplo, el dinero o la vinculación partidaria y no el mérito para acceder a un lugar en las instituciones educativas.

El debate actual se concentra en la forma de medir el mérito, confundiendo el criterio de justicia en el campo de las instituciones educativas con las formas de su medición. Una de las formas más comunes de medición es el concurso en el que los participantes compiten sometiéndose a reglas de juego clara, objetiva y previamente establecidas. En ese concurso pueden intervenir el quinto o el tercio superior que sólo son válidos, objetivos y justos si la educación del país está sometida a un sistema reconocido de acreditación. Este no es el caso de la educación peruana. Aquí los egresados de los dos tercios inferiores de una universidad de calidad, la PUCP por ejemplo, pueden ser mejores que los egresados en el tercio superior de otra universidad, la U. de la San Martín de Porres, por ejemplo, de la que el ministro de educación fue rector o de cualquier otro instituto de educación superior. Este hecho decisivo lo invalida como forma de medir el mérito en la educación. La situación se agrava cuando las autoridades del sector lo transforman en la forma decisiva de medición del mérito al señalar que sólo pueden presentarse al concurso aquellos que han ocupado el tercio superior. En este caso, la forma de medición del mérito se transforma en una forma de exclusión no sólo de los menos calificados sino también de algunos sectores más calificados que provienen de instituciones educativas de calidad. En esas condiciones, el tercio superior ya no sólo es una medida inadecuada del mérito si no que se transforma en una medida política que viola los derechos ciudadanos.

Otra cuestión igualmente importante es la forma como se quiere aplicar la medida del tercio superior en las regiones y a los gobiernos regionales. No se trata de la competencia legal que, como política sectorial, le corresponde al Poder Ejecutivo (Javier de Belaúnde dixit), sino de la forma autoritaria de su aplicación: sin haber dialogado con las autoridades legítimamente elegidas, la burocracia gubernamental las amenaza con la cárcel sino aplican sus medidas inconstitucionales. ¿Qué sucede en este caso con la competencia legal del Ejecutivo?. ¿Por qué persiste el gobierno aprista en aplicar a rajatabla una norma cuestionada e inconstitucional?. No se trata sólo de estulticia y autoritarismo del gobierno aprista sino de una medida políticamente perversa: El APRA busca desgastar y destruir la legitimidad de los gobiernos regionales enfrentándolos con los maestros organizados y con la población de sus respectivas regiones si aplican la medida en el primer caso o si no la aplican en el segundo.

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