Multas de hasta S/. 43,200 se aplicarán a partir de hoy por incumplir ley de discapacidad

Con entrada en vigencia de nueva norma y su respectivo reglamento.

Lima, ene. 01 (ANDINA).- A partir de hoy, 01 de enero del 2010, se sancionará económicamente a quienes infrinjan la Ley General de la Persona con Discapacidad y su reglamento, con multas que van desde 1,800 hasta 43,200 nuevos soles, según esta nueva norma.

La nueva legislación establece multas “leves”, “graves” y “muy graves” por el incumplimiento de las disposiciones de la Ley 27050, que se castigan con montos mínimos equivalentes al 50% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) y máximos de hasta 12 UIT.

El presidente del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis), Guillermo Vega, recordó que las faltas leves implican el pago de una multa que va desde 0.5 hasta dos UIT, las graves de dos a ocho UIT y las muy graves de ocho a 12 UIT.

Por ejemplo, no acondicionar elementos que faciliten el acceso de discapacitados los lugares públicos es una falta muy grave y punible.

En diálogo con la agencia Andina, Vega manifestó que dicha ley permite a las personas con alguna discapacidad tener los mismos derechos y acceder en igualdad de condiciones en muchos campos de la actividad diaria.

Una infracción leve, por ejemplo, es no realizar un descuento del 50% a favor de las personas con discapacidad en eventos culturales, deportivos o recreativos organizados por el Estado, arguyó Vega.

Infracción grave es no reservar el 5% de las vacantes para personas con discapacidad en los procesos de admisión de las universidades, institutos o escuelas superiores. “También se debe hacer un examen especial, por ejemplo, para las personas ciegas”, apuntó.

Una infracción muy grave es la no aplicación de la bonificación del 15% del puntaje obtenido por discapacitados en concursos públicos de entidades estatales, así como no cumplir con reconocer a los deportistas con discapacidad que obtengan triunfos internacionales.

De igual modo, incumplir con contratar a personas con discapacidad en entidades estatales en un número no menor al 3% del total del personal es otra infracción muy grave.

En ese sentido, Vega hizo un llamado a las entidades públicas y privadas a tomar conciencia de que los discapacitados merecen desenvolverse en el mismo universo de oportunidades dentro la sociedad; y a no esperar que se les aplique una sanción por tales incumplimientos.

Aseveró que el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (Mimdes), a través del Conadis, es la entidad facultada para aplicar las multas en función al tipo de infracción; y revisar en primera instancia dichas infracciones a la nueva normatividad.

Según cifras del Conadis, en el Perú existen aproximadamente tres millones de personas que presentan algún tipo de discapacidad.

Fuente: ANDINA

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