Archivo de la categoría: DERECHO PENAL

ALGUNAS NORMAS, DOCTRINA Y JURISPRUDENCIA SOBRE DERECHO PENAL

Policía rusa detuvo a joven que mató, descuartizó y se comió a su víctima Durante una semana, cocinó en: filetes, croquetas y salchi

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Policía rusa detuvo a joven que mató, descuartizó y se comió a su víctima Durante una semana, cocinó sus restos de diversas maneras: filetes, croquetas y salchichas

Lunes 29 de agosto de 2011 – 11:10 am 5 comentarios
Foto referencial.(AP)
La policía rusa detuvo a un joven de 21 años acusado de haber matado y comido a un hombre de 32 años que había contactado a través de una página web de Internet para encuentros homosexuales, precisó hoy la comisión investigadora de la región de Múrmansk, al noroeste de dicho país.

Según se dio a conocer, el pasado 19 de agosto el sospechoso invitó a la víctima a casa, tras lo cual lo apuñaló, cortó en pedazos y se lo comió. Durante una semana, cocinó sus restos de diversas maneras: filetes, croquetas y salchichas, agregó la comisión investigadora.

“El único móvil de la muerte era el deseo del chico de comer carne humana”, aclaró Fiodor Blioudionov, jefe del Comité Regional, citado por la agencia Ria Novosti. El caníbal podría haber “atraído a su casa a una decena de personas”, concluyó.

FUENTE: EL COMERCIO PERU Sigue leyendo

Caso Alicia Delgado: Abencia Meza también sería acusada de robo agravado

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Caso Alicia Delgado: Abencia Meza también sería acusada de robo agravado

La solicitud en contra de la cantante folclórica fue hecha por la Cuarta Sala Penal para Reos en Cárcel de la Corte Superior de Lima

Viernes 26 de agosto de 2011 – 09:35 pm

El Colegiado A de la Cuarta Sala Penal para Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima envió a la Fiscalía Suprema la resolución en la que solicita al Ministerio Público que Abencia Meza sea acusada por el delito de robo agravado antes de que se inicie el juicio oral por el asesinato de Alicia Delgado.

La instancia judicial consideró que si no se incluye el delito citado antes de la etapa oral del proceso, la preparación de argumentos de los respectivos abogados defensores se perjudicaría y además habría demora en las audiencias.

Como se recuerda, Meza Luna es sindicada como autora intelectual del crimen de su ex pareja sentimental y colega en el mundo del folclore andino. Para ella, la Fiscalía ha solicitado 30 años de prisión, mientras que para Pedro Mamanchura, 35 años por presuntamente ser el autor del delito de homicidio calificado y robo agravado.

Para la sobrina de la víctima, Toribia Delgado, y el hermano del acusado de asesinato, Luis Espinoza, se ha pedido 15 años de cárcel por el robo de las joyas de la fenecida artista Alicia Delgado.

FUENTE: EL COMERCIO PERU Sigue leyendo

Caso Sthefany Flores: fiscalía pide 30 años de cárcel para Van der Sloot

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Caso Sthefany Flores: fiscalía pide 30 años de cárcel para Van der Sloot

Para el ciudadano holandés sindicado como asesino de la joven también se solicitó una reparación civil de S/.200 mil

Viernes 26 de agosto de 2011 – 06:30 pm

La Novena Fiscalía Superior Penal Especializada en Reos en Cárcel acusó formalmente a Joran van der Sloot por los delitos de homicidio calificado y hurto simple en contra de la joven Sthefany Flores, quien fue hallada muerta el 2 de junio del año pasado, y pidió para él 30 años de prisión.

La fiscal Miriam Riveros determinó además que el ciudadano holandés pague una reparación civil de 200 mil soles. Asimismo, consideró que hay condiciones para iniciar el juicio oral.

Otros denunciados son los ciudadanos peruanos Jhon William Aparcana Pisconte, John Oswaldo Aparcana Pisconte y Carlos Alberto Euribe Pretil, quienes condujeron los vehículos en los que Van der Sloot escapó del país rumbo a Chile, en donde fue capturado.

A ellos se les imputa el delito contra la administración de justicia y función jurisdiccional por encubrimiento personal en agravio del Estado, por lo que se ha pedido su encarcelamiento por cinco años, además del pago individual de 5 mil soles de reparación civil.

fuente: EL COMERCIO PERU Sigue leyendo

Madre devuelve cartera robada por su hijo

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Madre devuelve cartera robada por su hijo

11 de agosto de 2011 | 08:01 p.m. Fernando Castillo – fcastillo@epensa.com.pe
TUMBES – Un inusual hecho se produjo en la comisaría de El Tablazo, luego que una madre de familia devolviera una cartera que su hijo había arrebatado a una señora en la avenida Mariscal Castilla.

El intervenido fue identificado como Jesús Ramiro Ciriaco Torres (22) y fue sindicado de haber robado con otra persona, sus pertenencias a Ximena Damián Otero de 41 años de edad, cuando la víctima salía de una conocida picantería del sector.

El ladrón involucrado fue trasladado a la dependencia de El Tablazo, a donde se hizo presente Felicia Torres, madre del intervenido que devolvió el bolso con las pertenencias de la persona agraviada.

FUENTE: CORREO PERU Sigue leyendo

Condenan a cadena perpetua a asaltantes en Cajamarca

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Cajamarca: cadena perpetua a asaltantes

Los condenados hirieron a dos personas, entre ellas una menor de edad, y mataron a otra durante un asalto de carretera en abril de 2010.

Deberán pagar una reparación civil de 45,000 soles en favor de las víctimas. (Difusión)
El Juzgado Colegiado Supra Provincial de Cajamarca sentenció a cadena perpetua a un grupo de asaltantes de carretera por los delitos de robo agravado y presunto homicidio calificado en agravio de cuatro personas a quienes atacaron en abril de 2010.

Los condenados son César Barrantes Ventura, Jaime Tacilla Mejía, Wálter Tacilla Mejía y Hilder Chingay Llatas, quienes, provistos de armas de fuego y pasamontañas, interceptaron a sus víctimas cuando iban a bordo de tres vehículos por la carretera que va del distrito de Bambamarca, provincia de Hualgayoc.

Producto de este ataque resultaron heridos Alcides Samuel García Vargas y la menor de edad N.H.C. Además, murió Eleuterio Mego Vargas con heridas de bala en la cabeza y espalda. Los sentenciados también deberán pagar una reparación civil de S/.45,000 en favor de las víctimas.

FUENTE: PERU21
04.08.2011 Sigue leyendo

CONDENAN A CADENA PERPETUA A ASESINOS DE MOLINERO EN NUEVA CAJAMARCA – SAN MARTÍN

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Es la primera vez que se aplica máxima pena aplicando el NCPP
CONDENAN A CADENA PERPETUA A ASESINOS DE MOLINERO EN NUEVA CAJAMARCA – SAN MARTÍN

Fiscal Máximo Cabrera sustentando sus argumentos en el juicio oral.
Moyobamba, marzo 29- Por primera vez desde que se aplica el Nuevo Código Procesal Penal en este Distrito Judicial se obtuvo cadena perpetua para un varón denunciado por el delito de robo agravado con subsecuente muerte.

Los hechos se remontan al 20 de febrero del año 2010, en el distrito de Nueva Cajamarca, cuando al promediar las 16:30 horas, cinco personas a bordo de dos motocicletas irrumpieron en el molino de arroz “Cardozo” de donde se apoderaron de la suma de Sesenta mil Nuevos soles, producto de las ventas del día, y dejaron como saldo dos personas muertas.

Los fallecidos fueron identificados como Pedro Cardozo delgado, próspero empresario de la zona y su yerno Edilmer Delgado Fernández, mientras que Wilder Cardozo Díaz resultó herido.

Este hecho conmociono al distrito de Nueva Cajamarca y zonas aledañas a donde llego la noticia.

Habiendo entrado en vigencia el nuevo código procesal penal en el Distrito Judicial de San Martín, la Fiscalía Penal Corporativa de Nueva Cajamarca, en coordinación con las rondas campesinas y la Policía Nacional logran dar con los facinerosos, siendo identificados como: Salvador Tenorio Vílchez, Damastor Heredia Huamán, Imer Campos Pérez, Wilmer Vásquez Zavaleta, Cecilio Huamán Revilla y Américo Rubio Guevara, siendo detenidos los tres primeros y puestos a buen recaudo en la delegación de la PNP de Moyobamba.

Adecuada dicha investigación a los lineamientos del Nuevo Código Procesal Penal, formalizada la investigación preparatoria y acopiado todos los medios probatorios, este caso llegó a juicio oral en el que el fiscal adjunto titular Máximo Oscar Cabrera Cabrera, a cargo de este caso emblemático, expuso los hechos, tipificado por el delito contra el patrimonio en la modalidad de robo agravado con subsecuente muerte, debidamente justificados con los medios y órganos de prueba, que luego de ser merituados por el Colegiado, obtuvo el pasado viernes 25 de marzo una pena de cadena perpetua para Salvador Tenorio Vílchez, quien ejecutó los dos homicidios; 18 años de pena privativa de la libertad para Damastor Heredia Huamán, quien no logró asesinar a Wilder Cardozo Díaz; y 14 años para Imer Campos Pérez, quien manejaba una de las motocicletas con las que se realizó el asalto. Además se les impuso una reparación civil solidaria de cien mil nuevos soles.

Esta sentencia ha sido bien recibida por la población del emergente distrito de Nueva Cajamarca; que entiende que el Ministerio Publico ha cumplido con su tarea de perseguir el delito y le ha devuelto la confianza a la comunidad en el sistema de justicia.

Moyobamba, 29 de marzo de 2011
OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL Sigue leyendo

DELITOS CONTRA EL HONOR SIN CARCEL, SON INIMPUTABLES RELATIVOS LOS PERIODISTAS?

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Alan García observó ley que despenaliza los delitos contra el honor

La iniciativa eliminaba toda posibilidad de ir a la cárcel en los casos de difamación. Nuevo Congreso verá la norma

Viernes 05 de agosto de 2011 – 08:33 am

(Foto archivo El Comercio)
Dura prueba tendrá el nuevo Congreso de la República si desea eliminar toda posibilidad de cárcel para quienes cometan supuestos delitos contra el honor por la opinión de un periodista o un columnista. El ex presidente Alan García –en su último día de gobierno, el 27 de julio– observó la ley que despenaliza los delitos contra el honor vigentes en el Código Penal y la devolvió al Congreso.

El ex mandatario, en el oficio 180-2011-PR dirigido ese día al presidente del Parlamento, Daniel Abugattas, precisó: “Resulta innegable que, ante los reiterados ataques al honor de las personas, principalmente por parte de quienes han hecho ejercicio abusivo del derecho a la libertad de expresión, se hace necesaria la continuidad de protección del honor por parte del Derecho Penal”. […] “Es por ello que el Poder Ejecutivo considera que no debe reducirse el nivel de sanción punitiva de estos delitos”.

Esto con relación a la norma que fue aprobada con antelación por la Comisión Permanente del Congreso, que presidió el parlamentario aprista César Zumaeta.

La ley, aprobada por esta instancia legislativa, proponía despenalizar los delitos contra el honor, lo que implicaba modificar los artículos 130 y 132 del Código Penal. Así se eliminaba toda posibilidad de ir a la cárcel, hasta tres años como máximo, tal como lo establece el Código Penal para el caso de difamación .

En el oficio, los firmantes Alan García y la entonces primera ministra Rosario Fernández explican a Abugattas: “Los artículos 130 al 132 del Código Penal instituyen los delitos de injuria, difamación y calumnia como figuras penales que protegen el bien jurídico honor”.

Además, hacen notar: “…no es necesario que las ofensas sean verdaderas o falsas, lo que importa es el hecho de afectar el honor y la intimidad personal”. Y afirman: “El honor es un bien jurídico reconocido por la Constitución y constituye un derecho fundamental que ella protege…”. Por ello, concluyen: “… de la revisión y evaluación efectuada [de la ley], se estima conveniente observarla”.

QUE DICE EL CÓDIGO PENAL
El artículo 130 del Código Penal vigente establece el delito de injuria, el cual es reprimido con prestación de servicio comunitario de 10 a 40 jornadas o con 60 a 90 días multa.

El artículo 132 prevé una pena hasta de 3 años de prisión efectiva por difamación, si el delito se comete por medio del libro, la prensa o un medio de comunicación. La difamación es atribuir a una persona un hecho, una cualidad o una conducta que pueda perjudicar su honor y reputación.

FUENTE: EL COMERCIO PERU Sigue leyendo

EL TRIBUNAL SUPREMO REBAJA LA PENA A UN CONDENADO POR ESTAFA PORQUE TARDARON CINCO AÑOS EN JUZGARLO

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EL TRIBUNAL SUPREMO REBAJA LA PENA A UN CONDENADO POR ESTAFA PORQUE TARDARON CINCO AÑOS EN JUZGARLO

Fecha: 01/08/2011
(EFE).- El Tribunal Supremo (TS) ha rebajado de cuatro a tres años de cárcel la condena impuesta a un funcionario de un juzgado de Tenerife por estafar a más de sesenta ciudadanos, al haber estimado la atenuante de dilaciones indebidas porque la Audiencia Provincial tardó cinco años en juzgarle.

“La Justicia tardía es menos justicia para todos los protagonistas del proceso”, argumenta el TS en una sentencia en la que estima el recurso del condenado, que alegó la existencia de dilaciones indebidas por la inactividad procesal total que durante cinco años mantuvo la Audiencia Provincial de Tenerife, que recibió la causa en mayo de 2005 y no señaló el juicio hasta 2010.

Finalmente, en esa fecha la Audiencia de Tenerife condenó a J.A.B.C, que entre 1987 y 2000 era auxiliar de justicia en un juzgado de Granadilla de Abona, a cuatro años y medio de prisión y cinco de inhabilitación para empleo público por falsificación continuada de documento público, estafa e infidelidad en la custodia de documentos.

Según el tribunal, J.A.B.C aprovechó la prolongación de jornada que le concedieron para reorganizar el archivo y esconder en bolsas de basura y cajas los documentos de 61 procedimientos por delitos de tráfico o robos con el fin de estafar a los afectados, a los que engañaba para que le entregaran a él en metálico la indemnización a la que hubieran sido condenados.

El caso comenzó a instruirse el 14 de enero de 2000, tras lo que el 17 de mayo de 2005 llegó a la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife que hasta junio de 2010 no señaló el juicio, y hasta septiembre de ese año no dictó sentencia.

La sentencia de la Sala de lo Penal del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Joaquín Giménez García, considera que la dilación observada “afecta de modo claro y relevante al derecho a ser juzgado en un plazo razonable, máxime ante la falta de justificación de la demora de cinco años” que tardó el tribunal en celebrar el juicio.

Para el TS, esta tardanza “convierte la duración total del proceso en algo no razonable y acreedor de la disminución de la pena para compensar tal quiebra, disminución que debe ser relevante -cualificada- porque relevante fue la demora.

Así, estima que debe estimarse la atenuante de dilaciones indebidas como “muy cualificada” y rebaja por ello en un año la condena impuesta al funcionario. EFE Sigue leyendo

EL SUPREMO REBAJA A 3 AÑOS DE CÁRCEL LA PENA DE UN FUNCIONARIO JUDICIAL QUE SE EMBOLSABA DINERO DE INDEMNIZACIONES

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EL SUPREMO REBAJA A 3 AÑOS DE CÁRCEL LA PENA DE UN FUNCIONARIO JUDICIAL QUE SE EMBOLSABA DINERO DE INDEMNIZACIONES

Escondió en bolsas de basura 61 procedimientos en trámite

Fecha: 01/08/2011
(EP)-. El Tribunal Supremo ha rebajado de 4 años y medio a 3 años la pena impuesta a un auxiliar que trabajaba en un juzgado de Granadilla de Abona, en Tenerife, por esconder en bolsas de basura 61 procedimientos en curso y embolsarse de 2.374 euros procedentes de indemnizaciones que le entregaban en mano varios ciudadanos condenados.

La Sala de lo Penal ha estimado el recurso que interpuso el auxiliar de Justicia José Ángel B. contra la sentencia dictada en septiembre del pasado por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife que le consideró culpable de delitos de falsedad en documento oficial, estafa e infidelidad en la custodia de documentos.

La Audiencia Provincial recibió las primeras actuaciones contra el procesado el 17 de mayo de 2005 pero no fue hasta el 23 de junio de 2010 cuando señaló la apertura de juicio oral. El Supremo critica que el tribunal de instancia no justificó ni hizo “el mejor ejercicio de autocrítica” sobre los motivos por los que la paralización se prolongó durante cinco años, un mes y seis días.

“Las razones del por qué existe un derecho a ser juzgado en un plazo razonable es clara. La justicia tardía es menos justicia para todos los protagonistas del proceso, por supuesto para el imputado y también para la víctima”, dictamina el alto tribunal.

Según el Supremo, la falta de justificación de la demora convierte la duración total del proceso en “algo no razonable” y hace al procesado “acreedor” de la disminución de su pena para compensar tal quiebra. La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Joaquín Giménez, aplica así la atenuante de dilaciones indebidas e impone una rebaja cualificada de la pena para compensar proporcionalmente los perjuicios causados por la “relevante” tardanza que sufrió este proceso.

SE ASEGURÓ DE QUE LOS DOCUMENTOS NO SE ENCONTRARAN

Los hechos se remontan al 4 de noviembre de 1987 cuando José Ángel comenzó a trabajar como auxiliar en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Granadilla de Abona. El recurrente aprovechó su condición de auxiliar y la circunstancia de que se estuviera reorganizando el archivo del órgano judicial para prolongar su jornada laboral y tener una mayor autonomía.

Durante este periodo de tiempo, el funcionario escondió en bolsas de basura y en una caja de cartón un total de 61 expedientes y documentos que estaban pendientes de tramitación, los ocultó entre piezas de convicción y se aseguró de que no pudieran ser hallados.

Entre otros, ocultó procedimientos relacionados con robos, muertes por accidente de tráfico, estafas, drogas o acoso además de comisiones rogatorias, atestados de la Policía Judicial o exhortos dirigidos a notificar la puesta en libertad de varios procesados. Para evitar ser descubierto, José Ángel hizo anotaciones en los Libros Registro del juzgado que no se correspondían con la realidad y llegó a plasmar que se habían dictado autos de sobresemiento que nunca llegaron a efectuarse.

Además de todo ello, el funcionario, abusando de su cargo, engañó a tres procesados para que le entregaran a él directamente el efectivo de la responsabilidad civil que debían afrontar, en lugar de indicarles la cuenta corriente bancaria de depósitos y consignaciones del juzgado.

En total, mintió a un ciudadano condenado en un juicio de faltas a indemnizar a otro, a un acusado de un delito contra la seguridad del tráfico y un homicidio imprudente y a otro hombre al que le dijo que debía pagarle 450,76 euros para recuperar su carné de conducir. Después de que le entregaran el dinero, les entregaba un documento firmado y con el sello de la Secretaría del Juzgado para darle “mayor veracidad”.

En su resolución, el Supremo reprocha que el recurrente como oficial de Justicia “defraudó gravemente las expectativas que la sociedad depositó en él pues, abusando de su cargo, ocultó diversos expedientes e hizo suyas distintas indemnizaciones pagadas por los obligados con destino a los perjudicados en los distintos procesos”. Sigue leyendo

LO CONDENAN A 35 AÑOS POR VIOLACION Y ERA INOCENTE, RECIBIRA INDEMNIZACION

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Ex convicto que era inocente recibirá $1,75 millones de indemnización

James Bain fue condenado a cadena perpetua por secuestro y violación de un niño y recién aceptaron hacerle pruebas de ADN 35 años después
Miércoles 27 de julio de 2011 – 04:51 pm 24 comentarios
James Bain
James Bain. (Foto: AP)

Miami (EFE). Un hombre de Florida que fue liberado en el 2009 después de estar 35 años en la cárcel por un delito que no cometió recibirá del estado 1,75 millones de dólares en compensación, informaron hoy medios locales.

James Bain, de 55 años, fue juzgado y condenado en 1974 a cadena perpetua por el secuestro y violación de un niño de nueve años, pese a que afirmó que el día en que se cometió el delito estaba con su hermana en su casa viendo la televisión, según la organización sin fines de lucro Proyecto Inocencia de Florida.

Las pruebas de ADN que le realizaron en el 2009 demostraron que era inocente, por lo que Florida, bajo las leyes del estado, tendrá que indemnizarle con 1,75 millones de dólares, 50.000 por cada año pasado en la cárcel por error.

Bain ha pasado su juventud entera en prisión, aunque explica que la libertad y la seguridad financiera que tiene ahora le hacen sentirse como si hubiera ganado la lotería, según el diario digital “Tampa Bay”.

Ha sido además el Proyecto Inocencia de Florida, la organización que luchó por la libertad de Bain, el que le ha ayudado a encontrar expertos para planificar el uso del dinero obtenido de manera que no tenga que preocuparse por su situación económica el resto de su vida.

Bain, que tenía 19 años cuando lo encarcelaron, fue condenado, principalmente, por el testimonio del menor, quien declaró que su agresor tenía un bigote y quemaduras en un lado de la cara.

“Nadie puede reemplazar los años que perdió”, se lamentó Seth Miller, un abogado de Proyecto Inocencia que ayudó a Bain a solicitar las pruebas de ADN y presentar los resultados ante un juez.

El ex reo solicitó en varias ocasiones que analizaran su ADN y lo compararan con las pruebas del caso, pero sus peticiones fueron desestimadas hasta que esa organización se involucró en el caso.

El Proyecto Inocencia, que tiene oficinas en EE.UU. y otros cuatro países más, ha ayudado desde el 2003 a que se libere a 272 presos, algunos de los cuales estaban en el corredor de la muerte, mediante la realización de pruebas de ADN. Sigue leyendo