Cataluña catalogará como adultos a los inmigrantes que rechacen pasar pruebas de edad

[Visto: 626 veces]

Cataluña catalogará como adultos a los inmigrantes que rechacen pasar pruebas de edad

Inmigrante al que le fue negada la minoría de edad. | Bernardo Díaz
Respuesta a la tendencia de reclamar protección aduciendo ser menor
Efe | Barcelona
Actualizado sábado 09/07/2011 11:43 horasDisminuye el tamaño del textoAumenta el tamaño del textoComentarios 21 La Fiscalía de Cataluña ha dictado una instrucción que ordena catalogar como adultos a los inmigrantes irregulares de edad dudosa que aseguren ser menores, cuando se nieguen a someterse a las pruebas forenses para comprobarlo.

En su instrucción, la Fiscal Superior de Cataluña, Teresa Compte, establece los protocolos que deben seguir los fiscales ante los crecientes casos de inmigrantes, en su mayoría africanos, que piden protección institucional acreditando en sus pasaportes que son menores de edad, aunque su aspecto físico indica lo contrario.

En el año 2010, la Fiscalía de Cataluña ordenó practicar 299 diligencias para determinar la edad de 299 inmigrantes no acompañados, de los que 136, casi la mitad, acabaron siendo catalogados como adultos, según datos de la memoria del ministerio público correspondiente a 2010.

La circular de la Fiscalía coincide con dos recientes sentencias que han puesto en duda la fiabilidad de las pruebas radiológicas -fundamentalmente de la muñeca y la dentadura- que se utilizan para determinar la edad de los menores, unos exámenes que según las asociaciones de defensa de esos jóvenes inmigrantes tienen un margen de error de dos años, que en el caso de los subsaharianos les perjudica dada su mayor corpulencia.

En su instrucción, Teresa Compte alerta de que va en aumento el número de extranjeros sin familia, en su mayoría procedentes de países del golfo de Guinea, que afirman ser menores de edad, acreditándolo con pasaportes e inscripciones de nacimiento, pese a que por su aspecto físico parece evidente que son adultos.

Copan centros de acogida
Según la Fiscalía, el número de esos extranjeros es elevado y a veces han llegado a ocupar más de la mitad de las plazas de los centro de acogida, con los problemas que plantea el hecho de estar “mezclados” con menores y de emplear recursos asistenciales y formativos que están reservados a éstos.

La instrucción advierte de que muchos países tienen registros civiles de dudosa fiabilidad y emiten pasaportes a partir de la mera manifestación sobre datos personales, mientras en otros, como Costa de Marfil, Ghana o Togo, no se inscribe a los niños con un nombre hasta transcurridos varios años, en los que se reflexiona largamente para decidir el que más le conviene.

En los países con los que España no tiene convenios de acuerdo, la instrucción establece que hay que atenerse a los criterios médicos para determinar la edad en los casos dudosos.

En esas situaciones, la circular de la Fiscalía obliga a abrir un expediente de protección y a citar al menor para practicarle las pruebas radiológicas correspondientes, incluida la ortopantomográfica o radiografía de la dentadura.

El menor deber ser informado, en caso necesario mediante intérprete, del proceso y de sus consecuencias pero será considerado mayor de edad si se niega a someterse a las radiografías y a ser examinado por el forense, siempre que su aspecto sea el de un adulto, que el fiscal no aprecie que se trata de un menor “contumaz o temeroso” y que no haya otros datos en su expediente que apunten a lo contrario.

La circular subraya la obligación del menor de colaborar para que se determine su edad y establece que, de confirmarse que el inmigrante no es adulto, debe notificarse a la Dirección General de Atención a la Infancia y ser inscrito en el Registro de Menores no acompañados

En caso de determinarse que se trata de un adulto sin permiso para residir en España, la Fiscalía deberá notificarlo a la Oficina de Atención al Migrante, a los efectos de que lo haga saber a la Policía, a la DGAIA y al fiscal delegado de extranjería.

Una expulsión dificultosa
Los menores no acompañados no sólo disponen de protección institucional, que les comporta alojamiento y manutención en casas de acogida, sino que su expulsión es muy dificultosa al disponer de mayores garantías que las de un adulto.

De hecho, en 2010 Fiscalía archivó la decena de expedientes abiertos en años anteriores para la repatriación de menores extranjeros no acompañados, por la existencia de un proyecto de vida para el menor en España y por el desconocimiento de las circunstancias familiares en su país de origen.

FUENTE: EL MUNDO ESPAÑA

Puntuación: 0 / Votos: 0

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *