DEMANDAS POR DEUDAS INFERIORES A 2,000 EUROS NO NECESITARAN FIRMA DE ABOGADO EN ESPAÑA

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EL CONGRESO APRUEBA LA LEY QUE AGILIZARÁ EL COBRO DE DEUDAS ANTE LOS TRIBUNALES

España.
Fecha: 11/03/2011
(EFE).- El Congreso ha aprobado hoy el proyecto de ley de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil para facilitar la aplicación en España de los procesos europeos monitorio y de escasa cuantía, que eleva de 900 a 2.000 euros la cantidad para la que no es precisa en el juicio verbal la intervención de abogado.

Uno de los objetivos del proyecto, que ha salido adelante con el apoyo de todos los grupos parlamentarios, es agilizar el cobro de deudas ante los tribunales, que, según ha destacado en una nota la diputada socialista Carmen Juanes, beneficiará especialmente a las operaciones comerciales que afectan a pequeños y medianos empresarios.

Con esta norma, España adapta su legislación al derecho comunitario, que contempla el proceso monitorio europeo como una vía de reclamación transfronteriza de créditos pecuniarios no impugnados, y el proceso europeo de escasa cuantía, que permite cualquier tipo de demanda cuando su valor, excluidos los intereses, gastos y costas, no rebase los 2.000 euros.

Ambos procesos, de aplicación transfronteriza, comprenden únicamente reclamaciones en asuntos civiles y mercantiles, de acuerdo con las normas de la Unión Europea, que regulan supuestos como el contrato de trabajo, que en el derecho español no se incluyen dentro del Derecho Civil o Mercantil.

Juanes ha recordado que la aplicación en España de los procesos europeos monitorio y de escasa cuantía se enmarca en las reformas emprendidas por Ministerio de Justicia con el objetivo también de dinamizar la economía frente a la crisis. EFE

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