Archivo por meses: enero 2012

SIETE ADOLESCENTES VIOLARON A JOVEN ADOLESCENTE

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Menor que denuncia violación dice que lo atacaron frente a su tutor

Fueron “seis o siete adolescentes” los agresores del joven de 16 años en un centro del Inabif, dijo la ministra de la Mujer

Jueves 26 de enero de 2012 – 05:14 pm 13 comentarios

(Video: Canal N / Captura: Panamericana TV)
La ministra de la Mujer, Ana Jara, afirmó que “seis o siete adolescentes” son los que habrían golpeado en la Casa Hogar San Francisco de Asís, que pertenece al Inabif.

El caso ya es investigado de oficio por la Fiscalía luego de la denuncia que presentara el sábado pasado la protectora del adolescente, Corina Escobedo Villacorta.

En base a la declaración del adolescente, la titular del sector indicó que los actos violentos incluso habrían ocurrido delante de un tutor.

Es por ello que Jara informó que “ese tutor no va a permanecer en este centro asistencial hasta que se diluciden las responsabilidades y apliquen las sanciones”. También se suspendió a la directora del centro, Ceciclia Adrianzén, y se rotó a todo el personal, “tanto asistentas sociales, como personal médico”.

“Vamos a aplicar mano dura”, sostuvo Ana Jara. Ya se practicó el examen médico al adolescente y se está a la espera de los resultados.

Fue trasladado al Centro de Atención Residencial San Miguiel de Arcángel.

fuente: EL COMERCIO PERU Sigue leyendo

Familias en conflicto: cómo se produce la escalada de violencia y cómo frenarla

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Familias en conflicto: cómo se produce la escalada de violencia y cómo frenarla

Conozca las conductas que deben poner en alerta a los padres
Éstas son algunas de las pautas para salir de una espiral de violencia
Yaiza Perera | Madrid
Actualizado domingo 22/01/2012 14:48 horas

“Imagina que tu corazón es como una diana. En tus manos no está tanto que tu hijo o tu hija deje de lanzarte flechas sino en hacer que tu diana se vuelva pequeña”. Con esta imagen, Jesús Oliver, coordinador de la Fundación Atenea, trata de ayudar a los padres que son víctimas del maltrato de sus hijos a tomar conciencia de que, si logran dejar a un lado los sentimientos de impotencia y desesperación que les atrapan, y modifican sus formas de responder a los conflictos con sus hijos, van a poder encontrar una salida a su dramática situación.

Este cambio en la forma de reaccionar de los padres puede suponer desde la aplicación de nuevas pautas educativas o la forma de relacionarse con estos adolescentes hasta la denuncia para proteger la integridad física o los bienes de la familia cuando la espiral de la violencia ha llegado a casos extremos. “El daño surge en las relaciones y la solución está en las relaciones”, ésa es la “herramienta” para reparar los lazos familiares. Así lo trasladaron el pasado 14 de diciembre, durante unas jornadas sobre ‘La mediación para la prevención del conflicto’ organizadas por la Unión de Asociaciones Familiares (UNAF), tanto el psicólogo Jesús Oliver, coordinador de la Fundación Atenea, Patricia Calatrava, trabajadora social de Castilla-La Mancha, y Gregorio Gullón, mediador de la UNAF.

En dichas jornadas se abordaron los patrones de conductas de los menores que agreden a sus padres, los patrones familiares y las pautas de intervención para tratar de frenar la violencia, reconstruir y fortalecer el vínculo afectivo.

“El daño surge en las relaciones y la solución está en las relaciones”

Los jóvenes violentos con sus padres suelen tener una identidad frágil, una baja autoestima, una baja tolerancia a la frustración y una elevada reactividad emocional. Algunos pueden tener actitudes sumisas fuera de casa, pero todos se muestran rebeldes y egoístas con sus familiares. Desde un punto de vista evolutivo, tienen dificultades para alcanzar los hitos evolutivos propios de la adolescencia, pues no han logrado desarrollar una identidad sólida, no han aprendido a controlar sus impulsos ni relacionarse de forma adecuada con su entorno, apunta Jesús Oliver, describiendo en líneas generales el perfil al que responden estos jóvenes.

“Tras los comportamientos agresivos de estos jóvenes, se esconden unas carencias y unas necesidades que hay que atender”, explica Jesús Oliver. De una forma muy gráfica revela ante los asistentes aquellas carencias emocionales que sufren con más frecuencia los jóvenes que acuden a terapia: algunos son como los ‘gallos de pelea’, que buscan autoafirmarse y necesitan que les ayudemos a desarrollar una identidad sólida; otros son como los ‘perritos que tienen una espina clavada’, que muerden, pero necesitan que les curemos alguna herida familiar (separaciones traumáticas de sus padres, celos de algún hermano…); algunos son como ‘montañas rusas emocionales’, que explotan porque necesitan que les ayudemos a autocontrolarse; y otros son ‘rebeldes sin causa’, que sólo saben ir a la contra, pero que aún no han encontrado su propio rumbo.

Los problemas surgen cuando los “cambios bruscos” que se producen en la preadolescencia, de los 11 a los 14 años y que son normales (cambios a nivel sexual y psicológicos), van acompañados de “conductas no recomendables, que conllevan un riesgo real”, explica Gullón, y que distan en mucho de la rebeldía lógica de un adolescente que busca diferenciarse en el camino hacia su madurez. “Las conductas problemáticas en adolescentes tienden a agruparse y la presencia de una puede pronosticar la aparición de otras”. En ese momento “conviene actuar”.
Patricia Calatrava y Jesús Oliver exponen su experiencia sobre la mediación. | UNAF

Patricia Calatrava y Jesús Oliver exponen su experiencia sobre la mediación. | UNAF
¿Y cuáles son esas conductas problemáticas?

Leves: el adolescente pone a prueba los límites, trasgrede normas.

Moderadas: consume regularmente tóxicos; promiscuidad sexual; bajo rendimiento escolar; amenazas insultos y estallidos de ira. Hay un enfrentamiento de todos contra todos y aparecen agentes externos: policía, juzgados…

Cómo suelen actuar los padres: intentan sin éxito controlar a su hijo a través de imposición de límites más estrictos, otros padres tiran la toalla. Se intensifica el problema.

Graves: Aparecen conductas disruptivas y peligrosas: huida de casa, problemas legales, robos en el domicilio familiar, violencia física, absentismo o abandono escolar. El joven no parece interesarse por las consecuencias de sus actos y asiste a terapia bajo presión. Los padres se sienten derrotados, distanciados de la familia extensa y amigos. Es probable que el hijo les inspire temor y hagan cualquier cosa por evitar los enfrentamientos. Los adolescentes tienen un menor autocontrol en el seno familiar porque saben que no va a pasar nada aunque traspasen los límites establecidos. Se establece una inversión jerárquica, los hijos tienen más poder que sus padres.
‘Queremos padres responsables, no culpables’

“cuando se da el valiente paso de hacerlo visible es cuando empezamos a buscar una solución”

Éste es un drama familiar que se afronta en silencio, en la intimidad de un hogar devastado. La realidad indica que “las denuncias son ínfimas. Los padres no denuncian porque piensan que así están protegiendo a sus hijos, por no querer dar disgustos al resto de la familia, por miedo a la reacción de su hijo…”, explica Gregorio Gullón. Sin embargo, subraya, “cuando se da el valiente paso de hacerlo visible es cuando empezamos a buscar una solución”.

Y esos padres que buscan ayuda son padres rotos, embargados por la culpa, la frustración, la impotencia —”lo hemos probado todo”—, la injusticia —”es como si no fuésemos de su familia—; la tristeza —”no le importa nada ni nadie”—; el asombro —”cuando yo tenía su edad”—. La culpa hay que desmontarla, “queremos padres responsables, no culpables”. En la intervención terapéutica que propusieron los tres ponentes se actúa sobre las “relaciones en las que se produce una conducta violenta”, estudiando cómo influyen.

Para hacer un análisis exhaustivo de todas las variables que influyen en la aparición y el mantenimiento de las relaciones violentas de los hijos hacia sus padres, Patricia Calatrava y Jesús Oliver proponen utilizar el modelo eco-sistémico, que tiene en cuenta todos los sistemas que repercuten en el desarrollo de los individuos: los familiares, la escuela y el trabajo, los amigos, los medios de comunicación, la sociedad, la cultura…

En estas situaciones de conflicto extremo, el sistema familiar ocupa un lugar predominante a la hora de determinar la forma de actuar y de relacionarse de las personas que lo integran y sobre todo del adolescente, que está atravesando un momento crucial de su desarrollo evolutivo. Cada familia es “distinta, única e irrepetible”: los miembros se relacionan de una manera concreta, tienen un nivel de poder y una posición determinada y una herencia generacional —se pueden repetir las pautas familiares o modificarse—”. La experiencia en ese campo indica que hay dos tipos de relaciones familiares en los que la violencia irrumpe con frecuencia y lo explican Patricia Calatrava y Jesús Oliver con dos ejemplos clarificadores.

Cuando entre los padres y el adolescente hay una relación simétrica: el joven se ha posicionado a la misma altura que sus progenitores y ninguna de las partes enfrentadas quiere quedar por debajo. Se establece una lucha de poder que se perpetúa y agrava deteriorando la convivencia hasta unos niveles insostenibles de enfrentamiento, en los que se producen agresiones por ambas partes.

En estos enfrentamientos entre padres e hijos suelen darse pausas complementarias (se pide perdón y aparecen sentimientos de culpabilidad) y es en ese momento cuando se suele pedir ayuda profesional. En estas relaciones las secuelas psicológicas son menores y el pronóstico, la posibilidad de reconstruir el vínculo, es mayor.

Ejemplo: César (nombre ficticio) tiene 15 años y es el menor de dos hermanos. Sus progenitores están separados y el padre tiene dos hijos con su nueva pareja. La madre, que es con quien convive César, pide ayuda porque los conflictos con su hijo se han intensificado: se producen robos en el hogar, amenazas graves (“te voy a poner las gafas como lentillas”). El hijo piensa que su madre es una “egoísta, que sólo piensa en ella y no está dispuesto a hacer lo que ella diga”. Ella quiere recuperar el control y “no le deja salirse con la suya”. Las tensiones entre los progenitores tampoco ayudan: ella no encuentra apoyo en su ex marido para afrontar el conflicto y ve en su hijo un reflejo de él: “Eres como tu padre”. El progenitor lo resuelve diciéndole a los chicos que su madre “siempre ha sido una histérica”.

El ciclo de la violencia ya está instaurado: la rebeldía y violencia de César derivan en un mayor autoritarismo, control, distancia y violencia por parte de su madre y este comportamiento genera una mayor rebeldía, violencia por parte del adolescente. Es el patrón de conducta repetitiva que hay que romper. La madre se encontraba atrapada por los mensajes que había incorporado de su familia de origen: pensaba que la autoridad debían tenerla los padres y se sentía incapaz, como mujer, de ejercerla. Establecía una distancia emocional con su hijo porque tenía interiorizado que los hijos no podían discutir con sus padres. Se consiguió romper esa escalada de violencia, que hubiese una reparación, que se establecieran límites claros y que César asumiera las consecuencias que su madre le ponía a sus comportamientos.

Cuando entre los padres y el adolescente hay una relación complementaria. Suele ser una violencia íntima, secreta, que se queda en el ámbito familiar. En este tipo de relaciones no hay pausas complementarias y la tensión es permanente. El adolescente tiene todo el poder, se ha convertido en un tirano, y los padres tienen muy poco poder o ninguno. Las secuelas psicológicas que deja este tipo de violencia intrafamiliar son profundas y su pronóstico es peor que el de las relaciones simétricas.

Ejemplo: Nacho (nombre ficticio), un chico de 18 años, tiene una conducta muy violenta con sus padres. Les agrede verbal y físicamente. Los padres acuden al servicio de orientación familiar pero él se niega “¿Por qué voy a cambiar si lo tengo todo?”. Ni estudia, ni trabaja. Pasa mucho tiempo ‘enganchado’ a Internet, desvela datos personales de sus padres a través de la Red y compra de forma compulsiva. La madre teme a Nacho; se comporta de forma tierna con él, “a ver si con cariño cambia”, le brinda todos los cuidados y pide al padre que mantengan en secreto su comportamiento violento y el hecho de que no trabaja (se inventan que trabaja en un supermercado).

El padre no para de sermonear a Nacho, le envía a escondidas currículum para que encuentre trabajo. Sigue dándole paga y abonándole Internet. Nacho tiene un comportamiento tiránico y agresivo y los padres le sobreprotegen, por sus sentimiento de impotencia y miedo, lo que perpetuaba el poder que tenía. Ellos estaban marcados por las pautas de comportamiento trasmitidas por sus propios progenitores: las familias debían evitar los conflictos y los padres debían darlo todo a los hijos. Lo primero que tienen que hacer es buscar ayuda para protegerse acudiendo a los servicios sociales o a la policía, recibir terapia y recuperar su red social. Por último, han de modificar sus patrones sobreprotectores o ausentes por patrones en los que pongan consecuencias a sus hijos.

Cómo frenar la escalada de violencia

Las familias que viven inmersas en estas situaciones de violencia quedan atrapadas “en conductas repetitivas”, que no ayudan a romper ese patrón de comportamiento o que, incluso, lo agravan. Los padres se centran en erradicar el problema (ataques de ira, consumo de sustancias tóxicas, falta de respeto a las normas…) y se deteriora aún más la relación. El desarrollo evolutivo del adolescente “queda interrumpido”, se siente “más aislado e incomprendido y la conducta problemática” se intensifica. Oliver trata de hacer ver a las familias que hay que detenerse y reflexionar sobre lo que está pasando: “Los padres siempre hacen lo que creen que es mejor para sus hijos, pero si los problemas se perpetúan, es muy importante que intenten hace algo diferente”.

Éstas son algunas de las pautas que se dan a los padres para salir de una espiral de violencia.

-Desmontar la culpa. Sólo paraliza.

-Cada parte tiene que cambiar algo y hacerlo de forma unilateral, sin pretender que el otro modifique antes su conducta.

-Promover el diálogo. Escuchar no significa estar de acuerdo y no se requiere una respuesta inmediata. Hay que evitar los dobles mensajes del tipo “sincérate conmigo, pero no me digas nada que no quiera escuchar”. No centrar siempre el diálogo en el asunto conflictivo, tratar de hablar con ellos de otros temas.

– Aprender a controlar la ira y posponer la discusión.

-Pensar que cada persona puede cambiar en algo para superar el conflicto. -No tratar de controlar al adolescente. Hacer preguntas en lugar de dar órdenes. No sermonear. Aceptar las decisiones que tomen nuestros hijos y dejar que asuman sus consecuencias.

-Los límites deben ser claros, no difusos ni rígidos porque no facilitan el vínculo y razonables, que permitan al adolecente manejarse en el futuro. Las expectativas han de ser congruentes.

-Focalizar en lo positivo. Reforzar los puntos fuertes del adolescente. -Cuidarse el que cuida. Los padres deben recuperar su vida social y de pareja acudir a terapias o a asociaciones como AFASC

-Es conveniente que los padres, estén o no separados, hagan equipo.

-En caso de agresiones físicas, protegerse. Advertir a sus hijos que en cuanto vean en peligro sus bienes o su integridad física lo pondrán en conocimiento de la Policía. Hay que restaurar el orden en el hogar y restituir el poder a los padres. Éstos no deben tratar de controlar a su hijo sino centrarse en sus propias necesidades para recuperar el control de sus vidas. Sólo entonces se puede empezar a reconstruir las relaciones familiares.

fuente: EL MUNDO España Sigue leyendo

SENTENCIA DE LA CORTE SUPREMA CHILENA SOBRE NULIDAD POR OBTENCION ILEGAL DE PRUEBAS

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SENTENCIA DE LA CORTE SUPREMA CHILENA SOBRE NULIDAD POR OBTENCION ILEGAL DE PRUEBAS

Santiago, veintitrés de enero de dos mil doce.
Vistos:
En estos antecedentes rol N° 11.513-11 de esta Corte Suprema, por sentencia de quince de noviembre de dos mil once, pronunciada por doña Érica Pezoa Gallegos, Juez de Garantía de Concepción, se condenó, en procedimiento simplificado, al adolescente Roberto Flores Arévalo, cédula de identidad N° 18.490.435-7, a la pena de seis meses de libertad asistida, como autor del delito de tenencia ilegal de arma de fuego prohibida, previsto en el artículo 13 de la ley 17.798, cometido el veinticuatro de enero de dos mil once. Además, se dispuso el comiso del arma y se le eximió del pago de las costas del procedimiento
En contra de dicho dictamen, la defensa del acusado, representado por doña Evelyn Monsalves Suazo, dedujo recurso de nulidad por la causal del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal en relación con los artículos 84 y 302 del mismo cuerpo legal.
Declarado admisible dicho arbitrio, se procedió a la vista del recurso en audiencia pública realizada el seis de enero de dos mil doce, oportunidad en que fueron oídos los intervinientes, previa recepción de la prueba ofrecida, quedando la causa en estado de fallo, según consta del acta que se levantó al efecto.
Considerando:
Primero: Que la Defensora Sra. Evelyn Monsalves Suazo dedujo recurso de nulidad en contra de la sentencia de quince de noviembre de dos mil once, fundado en la causal del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, por estimar que se infringieron los artículos 84 y 302 del mismo cuerpo legal y con ello la garantía del debido proceso, consagrada en el artículo 19 N° 3 inciso 6° de la Carta Fundamental, lo que determinó que la condena del adolescente se produjera basada en antecedentes probatorios obtenidos ilegítimamente.
Al efecto, expresa que la Policía de Investigaciones, tras recibir una denuncia anónima en el sentido que su representado mantenía en su casa ilegalmente un arma de fuego, de oficio y sin comunicar los hechos a la Fiscalía correspondiente, se constituyó en el lugar, pidió al padre del menor autorización para ingresar al domicilio, el que le fue concedido, por lo que ingresaron y registraron la propiedad en busca de la referida arma de fuego, encontrando en el entretecho del baño un arma artesanal de tipo escopeta hechiza, compuesta por dos tubos metálicos unidos entre sí, evidencia con la cual recurrieron al Ministerio Público para iniciar el procedimiento.
Lo anterior, agrega, constituye una clara infracción a la garantía de un proceso legal previo, contemplada, como se dijo, en el artículo 19 N° 3 inciso 6° de la Constitución Política de la República, además de estar consagrado como derecho fundamental en el artículo 8° de la Convención Americana de Derechos Humanos y en el artículo 14° del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Segundo: Que por el primer capítulo de nulidad se denuncia la transgresión al artículo 84 del Código Procesal Penal, la que se habría producido desde que los funcionarios de la Policía de Investigaciones procedieron a practicar diligencias basadas en información anónima que les había sido proporcionada, relativa a la tenencia de un arma de fuego por parte de un menor, sin poner en conocimiento del Fiscal tal antecedente, lo que devino en la ilicitud de las indagaciones realizadas y de la evidencia incautada, así como en la información obtenida con ocasión de dicho procedimiento, particularmente si esos antecedentes, en especial la declaración del funcionario Michael Osses de la Policía de Investigaciones, sirvieron de fundamento para acreditar el requerimiento del Ministerio Público y con ello la consiguiente condena del imputado.
Tercero: Que el segundo motivo de nulidad se relaciona con la vulneración del artículo 302 del Código Procesal Penal, en cuanto, según se dice, no consta de manera precisa y fehaciente que se hubiere informado al padre del imputado su derecho a guardar silencio, por lo que éste fue vulnerado en sus vínculos con el acusado, habiendo incluso colaborado, sin corresponderle, con la persecución penal del hijo, facilitando medios para obtener evidencias de cargo.
Cuarto: Que la Carta Fundamental, en su artículo 19 N° 3 inciso 6, consagra, al igual que en diversos instrumentos internacionales ratificados por Chile, el derecho al debido proceso, como garantía fundamental inherente a la persona humana, instituyendo un mandato para el legislador en cuanto debe adoptar los mecanismos que aseguren un procedimiento e investigación racionales y justos.
Quinto: Que en cumplimiento de aquéllo, el Código Procesal Penal, en el que se establece un sistema acusatorio, que en si mismo importa fijar las bases de un debido proceso mediante la separación de funciones, entre otros aspectos, ha instaurado diversos institutos que persiguen asegurar y garantizar los derechos de los intervinientes en las distintas etapas del procedimiento, ya para resguardar y dar plenas seguridades en torno a una indagación ajustada a derecho por parte del Ministerio Público y de sus órganos auxiliares; ya para establecer las bases normativas de un correcto juzgamiento por los tribunales, todos los cuales deben ceñirse de manera rigurosa a las normas legales que rigen la materia.
Sexto: Que en ese orden de ideas, el legislador ha optado por restringir el actuar autónomo de la policía a fin de evitar abusos, arbitrariedades y atropellos de los derechos ciudadanos, particularmente cuando su función es colaborar con el Ministerio Público, titular de la acción penal y encargado de dirigir la investigación, atento lo preceptuado en el artículo 83 de la Constitución Política de la República, ley 19.640, y artículo 79 y siguientes del Código Procesal Penal.
Séptimo: Que en tal contexto y considerando que la dirección de la investigación penal corresponde al Ministerio Público, de quien son auxiliares las policías, corresponde a este órgano velar por la corrección de los procedimientos en los que aquéllos intervengan, en cuanto deben adecuar sus conductas a la ley y a las instrucciones que les entregue el Fiscal del caso.
Octavo: Que en tales condiciones, los funcionarios policiales tienen la obligación, atento lo dispone el artículo 84 del Código Procesal Penal, de comunicar al Ministerio Publico, de inmediato y por la vía más rápida, las denuncias que reciban, sin que les sea permitido realizar ninguna actuación de oficio, salvo las excepciones legales, desde que carecen de facultades para ello.
Noveno: Que confirma tal aseveración el artículo 83 del citado cuerpo legal, precepto que establece reglas de excepción a la disposición general de dependencia funcional de la policía en relación con el Ministerio Público, respecto de atribuciones y potestades que la ley ha entregado al ente persecutor.
Décimo: Que la sola contravención formal de tales disposiciones, trasunta un vicio o defecto de legalidad que afectará todas aquellas actuaciones que directa o inmediatamente procedan o se generen en relación causal con motivo u ocasión de dicha infracción, por lo que tales antecedentes carecerán de valor y por ende no podrán servir de prueba de cargo, en razón de su ilegalidad, debiendo el juez excluirlas materialmente o el tribunal desvalorarlas, en mérito de tal fundamento, según corresponda.
Undécimo: Que lo anterior es particularmente relevante desde que con ello se pretende dar eficacia real y concreta a las normas que regulan tanto el actuar del Ministerio Público como de sus órganos auxiliares, sin relevar a aquél de sus deberes constitucionales y legales, ni delegar en éstos las potestades que la ley ha radicado en el primero, como es precisamente la persecución penal, a través de la dirección de la investigación criminal y el ejercicio de la acción penal.
Duodécimo: Que, de la misma forma, con ello se resguarda de manera más eficiente y efectiva, -mediante el control judicial -la legitimidad de los procedimientos y el pleno ejercicio de los derechos y garantías establecidas en favor de los ciudadanos frente a los abusos y arbitrariedades en que puedan incurrir los órganos de la indagación, debiendo desatender en el juzgamiento todas aquellas actuaciones o evidencias que provengan de actos viciados en razón de haberse practicado u obtenido al margen de la ley, prácticas que deben ser excluidas en un Estado de Derecho.
Décimo Tercero: Que en ese derrotero, y respecto del caso de autos, ha quedado claro que se ha producido una flagrante vulneración del artículo 84 del Código Procesal Penal, desde que, informados los agentes policiales de un hecho que presentaba caracteres de delito, no dieron cuenta de ello al Ministerio Público, procediendo a realizar diligencias intrusivas, de propia iniciativa, como lo ha sido el ingreso y registro de un lugar cerrado, sin que ello fuera procedente, por no existir antecedentes que demostraran que se encontraban en alguna de las hipótesis de excepción del artículo 83 del Código Procesal Penal, misma que por su carácter particular debe ser considerada restrictivamente.
Décimo Cuarto: Que como consecuencia de lo anterior, necesario es concluir que el actuar policial se tornó en ilegal, al contravenir el texto claro de la norma vulnerada, afectando todas las diligencias que se practicaron en ese contexto, sin que la autorización del dueño del domicilio y padre del imputado, donde las mismas tuvieron lugar, importen su validación, desde que era ajeno a su voluntad y control el cumplimiento de la normativa procesal transgredida, por lo que dichos antecedentes, no pudieron ser admitidos como elementos de convicción, los que atento lo dispuesto en el artículo 276 inciso segundo parte final, del Código Procesal Penal, debieron ser excluidos precisamente por haber sido obtenidas con inobservancias de garantías fundamentales, en la oportunidad prevista en el artículo 395 bis del mismo texto procesal.
Décimo Quinto: Que, en conclusión, se ha acreditado el quebrantamiento del artículo 84 del Código Procesal Penal, precepto que integra un conjunto normativo, sistemático y armónico, que regula la legitimidad de los procedimientos en sede investigativa y judicial, sin que existan razones para considerar que dicha disposición, aisladamente considerada, no es depositaria del principio del debido proceso, idea fuerza que es transversal al ordenamiento jurídico general y particularmente a las normas de procedimiento, en cuanto garantes de los derechos que la Constitución y las leyes aseguran a las personas.
Décimo Sexto: Que de lo anterior necesario es concluir que el vicio cometido ha importado transgredir los principios del debido proceso, pues, se ha dictado sentencia condenatoria en contra del adolescente Roberto Flores Arévalo, en base a pruebas y evidencias que han sido obtenida en oposición a las normas legales que regulan el procedimiento, lo que da origen a un vicio de influencia sustancial en el fallo, que autoriza a esta Corte para invalidar el juicio oral simplificado y la sentencia que en él se ha dictado, así como a excluir dichos elementos de convicción en base a su ilicitud.
Décimo Séptimo: Que conforme lo señalado resulta innecesario pronunciarse respecto del segundo capítulo de nulidad, sustentado en la vulneración del artículo 302 del Código Procesal Penal.
Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 83, 84, 372, 373 letra a), 376, 384, y 386 del Código Procesal Penal, 19 N° 6 de la Constitución Política de la República, se declara;
Que se ACOGE el recurso de nulidad formalizado por la Defensa de Roberto Flores Arévalo, en lo principal de fs. 44, en contra de la sentencia de quince de noviembre de dos mil once, dictada por doña Érica Pezoa Gallegos, Juez de Garantía de Concepción, agregada de fs. 37 a 43, y se declara que se anula dicho fallo y el juicio oral simplificado que le sirvió de antecedente, correspondiente al proceso RUC Nº 1110002561-4, RIT Nº 569-2011, debiendo retrotraerse la causa al estado de realizar una nueva audiencia de juicio simplificado, con exclusión de la declaración del funcionario de Investigaciones Michael Osses Cárdenas, del perito Carlos Armando Navarrete Maldonado y de la evidencia material consistente en una arma hechiza, formada por dos tubos metálicos.
Regístrese y devuélvase con su agregado.
Redactó el Ministro Sr. Dolmestch.
Rol Nº 11.513-11.

Pronunciado por la Segunda Sala integrada por los Ministros Sres. Milton Juica A., Hugo Dolmestch U., Carlos Künsemüller L., Haroldo Brito C., y Juan Escobar Z.

Autorizada por la Ministro de Fe de esta Corte Suprema.

En Santiago, a veintitrés de enero de dos mil doce, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.
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Denuncian falsificación de firmas para la revocatoria de Villarán

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Denuncian falsificación de firmas para la revocatoria de Villarán

La Policía capturó a un joven de 17 años, a quien le ofrecieron 700 soles por llenar los planillones. El vocero de Fuerza Social, pidió que se aclare si se trata de una campaña
Miércoles 25 de enero de 2012 – 10:54 pm
(Video: Frecuencia Latina)

Un adolescente de 17 años fue detenido por la Policía luego de ser sorprendido falsificando firmas en uno de los planillones para la revocatoria de la alcaldesa de Lima, Susana Villarán.

Según afirmó Juan Manuel Velarde, vocero de Fuerza Social, el joven manifestó que recibiría un pago de S/.700 por entregar los documentos firmados, donde se encontraron diez planillones, lo que equivale a cien firmas.

“Yo lo que quiero saber, y conmino al señor Carlos Vidal si esque hay una consigna por falsificar firmas en este proceso de revocatoria”, indicó Velarde, informó el noticiero “90 Segundos”.

Durante la noche, el joven detenido en el cruce de la avenida España y el jirón Washington, fue puesto en libertad luego de haber sido trasladado esta tarde hasta la sede de la Dirincri, según el noticiero “24 Horas”.

fuente: EL COMERCIO PERU Sigue leyendo

Nativos amenazan al Gobierno con bloquear la Carretera Central

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Nativos amenazan al Gobierno con bloquear la Carretera Central

En el tercer día del paro, representantes viajaron a Lima a negociar con Ejecutivo. Los awajun lamentan la extrema pobreza de sus comunidades
Jueves 26 de enero de 2012 – 07:50 am
Selva central, Awajun, Carretera Central
(Foto: Raúl Mayo / El Comercio)

EL COMERCIO

El paro indefinido convocado por la Central de Comunidades Nativas de la Selva Central (Ceconsec) cumplió ayer su tercer día. Mientras un grupo de líderes nativos viajó a Lima para dialogar con el ministro del Interior, Daniel Lozada, otros cientos se concentraron en la provincia de San Ramón.

Aunque Lozada se comprometió a intervenir a favor de sus demandas, los dirigentes advirtieron que tomarían la Carretera Central si no llegan a un acuerdo con el Ejecutivo.

NEGOCIACIONES
Héctor Martín Manchi, presidente de la Ceconsec, encabezó la delegación que se entrevistó con el ministro. En la reunión se plantearon los problemas de titulación y delimitación de los territorios indígenas. También se habló sobre las concesiones para la explotación de madera y las invasiones de madereros ilegales.

Además, Martín Manchi pidió que se revisen las condiciones de ingreso de los jóvenes nativos a las escuelas de policía. El ministro Lozada se comprometió a impulsar la formación de una comisión de trabajo para evaluar los reclamos de los nativos.

RECLAMOS AWAJUN
Paralelamente a las gestiones de las comunidades de la selva central, apus de la etnia awajun (selva norte) llegarán hoy a Lima. Ellos buscarán reunirse con representantes del Ejecutivo para exponer la situación de extrema pobreza de las comunidades y pedir que se trabaje para revertir esta situación.

Entre sus demandas se encuentran el acceso a servicios básicos, la inclusión en programas sociales como el Vaso de Leche, Juntos o Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (Pronaa), y la creación de la provincia de Imaza, en el departamento de Amazonas.

MÁS DATOS
La Central de Comunidades Campesinas de la Selva (Ceconsec) programa un encuentro macrorregional de comunidades nativas para finales de febrero.

Los representantes de Ceconsec que llegaron a Lima buscaron también reunirse con el presidente del Consejo de Ministros, Óscar Valdés, pero no lo consiguieron.

Mientras un contingente de nativos aguarda en San Ramón, otros dos lo hacen en Huácara, Chanchamayo, y en Pangoa, Satipo.

FUENTE: EL COMERCIO PERU Sigue leyendo

Sentencias judiciales jocosas, en verso o ‘bíblicas’, ¿una falta de respeto al ciudadano?

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Sentencias judiciales jocosas, en verso o ‘bíblicas’, ¿una falta de respeto al ciudadano?

Algunas sentencias y resoluciones judiciales son ‘fuera de lo común’. (ARCHIVO)

ECO ®
ALBERTO GRADOS 02.12.2011 – 19.48hagrados

Al año se resuelven en España miles y miles de sentencias y resoluciones judiciales. No es de extrañar que entre ellas se cuelen varias (pocas, eso sí) que cuenten con alguna extravagancia que las hacen tener una repercusión mediática que de otra forma no tendrían. Así, se ha visto algún que otro magistrado que ha incluido versos en sus textos, otro que apuesta por meter citas bíblicas y uno, el último, que da un ligero tono cómico en su respuesta a una denuncia contra el mismísimo rey mago Baltasar.

Este último caso ha provocado más de una risa entre los españoles que se sorprendieron este jueves con la noticia, casi más propia de alguna publicación humorística. El protagonista es el juez Javier Pérez Minaya, del Juzgado de Instrucción número 4 de Huelva, que ha archivado una denuncia de una vecina onubense contra el rey Baltasar de la Cabalgata de la ciudad de 2010. El ‘mago’ le causó una lesión ocular al recibir el impacto de un caramelo.

Lo sorprendente de la resolución judicial es, sobre todo, parte de la redacción del texto. Pérez Minaya no duda en darle un aire jocoso y reconoce, “sin poder ciertamente afirmar que existe una amistad con el denunciando”, que éste, “con el concurso de los reyes Melchor y Gaspar, le han venido ofreciendo anhelados presentes cada 6 de enero desde que tenía uso de razón”. Asimismo, aborda Pérez Minaya una posible falta de jurisdicción y de competencia en el caso, pues entiende que habría de “determinarse la nacionalidad de su Majestad, pues siendo notorio que procede de Oriente, hace más de dos mil años que no se resuelve la polémica en torno a su verdadero país de origen. De ese modo, solo conociendo su nacionalidad, aplicando las reglas de Derecho Internacional Público, podría dilucidarse a qué jurisdicción y a que órgano judicial, dentro de la misma, correspondería instruir”.

Puede considerse una falta de respeto al ciudadano El propio rey Baltasar, encarnado en la citada cabalgata por el inmigrante senagalés Mustafá Gadiaga, otorgó algo más de ‘chispa’ al asunto asegurando que se quedó “blanco” al enterarse de la denuncia por el ‘caramelazo’.

José Luis Ramírez Ortiz, portavoz de la asociación Jueces para la Democracia, afirma a 20minutos.es que este tipo de resoluciones “son anecdóticas y, por supuesto, no forman parte de la tendencia general. Si fuera así, estaríamos siempre en los medios de comunicación”. Ramírez Ortiz sí precisa que el texto del juez Javier Pérez Minaya “puede considerarse una falta de respeto y consideración al ciudadano, por lo que se podría abrir un proceso disciplinario y ser objeto de sanción” por parte del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). En los mismos términos se expresa Ángel Dolado, presidente del Foro Judicial Independiente. “No es respetuoso; es jocoso y una tomadura de pelo”, indica al mismo tiempo que destaca que “obviamente, no es algo habitual”.

Poesía y citas bíblicas

Ciertamente, resoluciones y sentencias ‘fuera de lo común’ no son habituales, pero alguna hay. Hace poco más de un mes, la Comisión Disciplinaria del Poder Judicial archivó el caso del ‘juez poeta’ de Tenerife, Álvaro Gáspar Pardo de Andrade, al no ver infracción en una sentencia del magistrado escrita en verso a principios de año. El caso trataba la demanda de una azafata de vuelo que pedía ser indemnizada por una academia. El juez Gáspar Pardo respondió así:

“Tinieblas del corazón. La resolución de la litis empieza por el final. ¿Por qué asistió la Sra. Cabo Vizo al juicio si no se había pedido su interrogatorio? Porque le dolía, le duele el corazón. Acaso, ojalá, contribuya la presente a derivar tal dolor hacia el bolsillo. La actora ha luchado con denuedo por su derecho durante tres años (tres cursos, tres viajes, denuncias a Consumo, reclamaciones extrajudiciales, notarios, procuradores,letrados, y comparecencia personal al juicio, privándole la demandada temerariamente de palabra al renunciar a su interrogatorio sin causa justificada ni previo aviso. Y es de justicia, por las razones que siguen, darle razón”. María Teresa Cabo Viso, la directora de la academia demandada, calificó la sentencia de “completamente inadmisible”.

Álvaro Gáspar ya era conocido por su amor a la poesía, demostrado hace tres años por otra sentencia expresada así: “Procede acceder a la separación – que imploran tanto el señor Triana – al que no le da la real gana – de soportar la tensión – como la señora Sarmiento – que no sufriendo escarmiento – tras su primer tropezón – persiste en el mismo tono – y aduciendo el abandono – suplica una solución”.

El octubre de 2010, una sentencia que establecía la custodia compartida para un perro fue llamativa también por la argumentación dada por el juez de Badajoz Luis Romualdo Hernández Día-Ambrona, que se remitía a una leyenda (la del dios Nagaicho) de los indios de Norteamérica: “El buscador Google para la palabra ‘perro’ da 20 millones de resultados y en ese océano de páginas encontramos comentarios como el siguiente: ‘Yo, sinceramente, no podría vivir sin mis perros'”.

A los jueces nos dicen que no somos claros en algunas sentencias Muy conocido también era el magistrado Esteban Campelo Iglesias, de la Audiencia de Cantabria, que incluía citas bíblicas en sus sentencias. En una de ellas, atribuyó la ruptura de una pareja a la “existencia del Maligno”, que “se rebeló contra Dios y que se constituye en el principal enemigo del hombre”. “Como con Adán y Eva surgió el infierno en vuestro matrimonio”, apuntaba también.

“Como juez no haría resoluciones así, no podemos escribir ni en verso ni de otra forma extraña”, apunta Ángel Dolado, del Foro Judicial, que al mismo tiempo destaca: “A los jueces nos dicen que no somos claros en algunas sentencias, pero este tipo de cosas que se salen de lo habitual no las aceptaría nunca”. José Luis Ramírez Ortiz, de Jueces para la Democracia, concluye: “La lástima es que por cosas tan puntuales, da la sensación de que los jueces estamos locos. Cuando se producen hay que evitar que vuelvan a producirse”.

fuente: 20 MINUTOS ESPAÑA Sigue leyendo

Condenado un dentista en Palma a indemnizar con 19.600 euros a una paciente por ocasionarle secuelas tras un implante

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Condenado un dentista en Palma a indemnizar con 19.600 euros a una paciente por ocasionarle secuelas tras un implante

Fecha: 25/01/2012 (EUROPA PRESS) – El magistrado del Juzgado de Instrucción número 17 de Palma, Álvaro Torre, ha condenado al odontólogo T.L. a indemnizar con un total de 19.664 euros a la paciente E.K. por las secuelas físicas y psicológicas ocasionadas como consecuencia del tratamiento de implantes dentarios, que se llevó a cabo en el mes de marzo de 2007 en la consulta del mismo.
En un comunicado, el Defensor del Paciente ha detallado que la afectada, de 60 años, acudió a su consulta, con objeto de mejorar el deterioro de su cavidad bucal, efectuándose por tal motivo tres implantes dentales.

Sin embargo, ha indicadao que el resultado fue de empeoramiento general, ya que “se produjeron parestesias con pérdida de sensibilidad en todo el lado derecho de la boca”. “Hubo un allanamiento parcial a la demanda, sobre todo por el hecho de no existir consentimiento informado, reconociendo el demandado los hechos y daños por valor de 15.000 euros”, ha apuntado.

Asimismo, ha añadido que el procedimiento prosiguió hasta la citada sentencia, que estima, además, que no se valoró el síndrome depresivo provocado en la paciente por estos hechos, fijando la cuantía en 19.664 euros, si bien la aseguradora que representa al odontólogo ya había abonado en diciembre de 2009 un total de 15.746 euros, por lo que falta por abonar 3.917 euros.

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Un padre transexual deberá permitir a la abuela materna ver a sus nietas dos horas al mes, según el juez

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Un padre transexual deberá permitir a la abuela materna ver a sus nietas dos horas al mes, según el juez

La anciana reclamaba todo un fin de semana con ellas en Zamora, de viernes a domingo, cada quince días

Fecha: 25/01/2012 (EUROPA PRESS) – El Juzgado de Primera Instancia 10 de Valladolid ha acordado que las dos niñas que se encuentran bajo guardia y custodia de su progenitor, que cambió de sexo hace dos años y actualmente es una mujer, vean a su abuela materna dos horas durante el primer domingo de cada mes, al menos, en los tres próximos meses.
La resolución judicial coincide así con el informe emitido por el equipo psicosocial de los juzgados de Valladolid, que consideró conveniente que las niñas, de 11 y 12 años y huérfanas de madre se encontrasen con su abuela el primer domingo de cada mes, de 12.00 a 14.00 horas, en la sede del Punto de Encuentro Familiar (Aprome), según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.
El régimen de visitas establecido se prolongará durante los tres próximos meses, y a partir de entonces será necesario emitir un nuevo informe del equipo psicosocial para estudiar la posible ampliación del mismo o su revocación.
Tras conocer el fallo, el abogado de la abuela, Lourdes C.V, de 79 años, ha anunciado su decisión de no recurrir y su propósito de ponerse en contacto con su homólogo de la parte contraria a fin de agilizar los trámites para que su clienta pueda ver ya a las niñas el próximo día 4 de febrero.
La anciana, residente en Zamora capital, había invocado ante la juez su derecho a ver a sus dos únicas nietas los fines de semana alternos, de viernes a domingo. Para ello propuso que se estableciese un régimen “progresivo y adaptativo”, con visitas de dos horas de duración en sábados alternos cuya duración se fuese incrementando paulatinamente, hasta gozar de un fin de semana completo en compañía de las niñas cada dos semanas.
El conflicto suscitado entre la anciana y su exyerno se remonta al 29 de marzo de 2009, fecha de la muerte repentina de su hija y madre de las pequeñas, tras lo cual éstas quedaron bajo guardia y custodia del padre, que para entonces ya se encontraba separado de su pareja.
Desde entonces, la anciana sostiene que su exyerno, el holandés Menno V.D.M, sometido en 2010 a una operación de cambio de sexo que le ha convertido en mujer, no le deja ver a sus nietas ni incluso hablar con ellas por teléfono. “¡Si mi hija levantara la cabeza se volvía a la tumba!”, exclamó la abuela el pasado día 18 de enero, momentos antes de la celebración del juicio.
RESPONSABLE DEL DIVORCIO
Por su parte, el progenitor de las niñas, también el mismo día del juicio, se mostró conforme con el régimen de visitas propuesto por el equipo psicosocial, rechazó haber impedido a sus hijas ver y contactar con su abuela y, además, acusó a la anciana de ser la responsable de su separación, “ya que se metió en casa sin permiso” y, además, se inmiscuyó en la educación de las menores.
“¡Al final, tuve que decir a mi esposa: o tu madre o yo!”, declaró Menno V.D.M, que también quiso dejar claro que su condición de transexual no tenía que haber trascendido públicamente porque no tiene nada que ver con la materia que se estaba dilucidando y tampoco entorpece la tarea de guardia y custodia que ejerce desde la muerte de su mujer.
“Precisamente, el informe del equipo psicosocial establece que mi condición supone un beneficio para poder desempeñar las dos figuras, de padre y madre, y no me cabe ninguna duda de que mi forma de educar a mis hijas es buena”, ha enfatizado Menno, que ha confesado que no desea volver a tener más contacto personal con su exsuegra, a la que incluso ha acusado de robar a sus hijas sus juguetes y distintas pertenencias.

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Christopher Ryan: «Los seres humanos somos infieles por naturaleza»

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Christopher Ryan: «Los seres humanos somos infieles por naturaleza»
Los investigadores Christopher Ryan y Cacilda Jethá analizan en su último libro los orígenes de la sexualidad moderna

CRISTINA GARRIDOMARIPILIS / MADRID
Día 25/01/2012 – 01.51h

Seguro que más de una vez te has preguntado por qué, incluso estando felizmente emparejado/a, a veces no puedes evitar mirar con ojos libidinosos a otras personas. La respuesta para Christopher Ryan y Cacilda Jethá, autores de «En principio era el sexo», es muy sencilla: está en tus genes.

En nuestro estado de naturaleza, según la tesis de estos dos investigadores, los seres humanos vivíamos en grupos igualitaristas de nómadas donde se compartía todo, desde la comida y el cuidado de los niños, hasta las parejas sexuales. Pero llegó la agricultura, que trajo consigo la propiedad privada y la monogamia, y se acabó el «paraíso».

Hablamos con Christopher Ryan, doctor en Psicología afincado en Barcelona junto a la psiquiatra Cacilda Jethá, sobre este polémico libro que se ha convertido en «bestseller» del New York Times.

-Por lo que cuenta en el libro, ni Pedro Picapiedra estaba casado con Vilma ni podía tener la certeza de que Pebbles fuera su hija biológica…

-(Risas) Efectivamente. Y tampoco le importaba.

-Habla de una sociedad prehistórica en la que imperaba la paz porque no había ni escasez de alimentos ni de sexo, pero no todo puede ser tan perfecto, algún conflicto habría.

-Había conflictos, pero nunca se dejaba que llegasen a suponer una amenaza para el grupo porque nadie sobrevivía fuera de él.

-Renunciamos a ese «paraíso» por la propiedad privada. ¿Por qué?

-Esa es la pregunta que todos nos hacemos. La agricultura llegó cuando, tras un periodo de muchas lluvias que trajeron abundancia de comida y aumento de la población, llego otro de escasez de alimentos. Aprendieron a llevar el agua de los ríos hasta los campos y ahí empezó todo. Entraron en una rueda de la que no pudieron salir. Tampoco es que lo otro fuera un paraíso, sino que el entorno donde se comparte facilita mucho la supervivencia.

-Darwin, sin embargo, creía que desde el principio de los tiempos fuimos monógamos y que nuestras madres se movían por un interés económico cuando elegían pareja…

-En aquel momento hizo lo que pudo con los datos que tenía, pero siempre estuvo abierto a cambiar sus teorías. Si Darwin estuviera vivo hubiera escrito este libro o uno mucho mejor. No sabía lo que sabemos ahora de los primates y el significado de determinadas características biológicas.

-Tenía un concepto de la sexualidad muy limitado, ¿era un ingenuo o un reprimido?

-Las dos cosas. Sufrió mucho estrés emocional y tenía conflictos muy profundos. De cada tres días, dos se los pasaba enfermo en la cama.

-¿Somos entonces los hombres y mujeres infieles por naturaleza?

Cubierta del libro
-Sí, pero también tenemos la capacidad de controlarnos. La monogamia es como ser vegetariano. ¡Y nuestro libro no es una crítica a la monogamia!. Tú puedes decidir ser vegetariano y puede ser una decisión sana, inteligente y ética. Pero ser vegetariano no cambia el hecho de que por naturaleza eres omnívoro. En nuestra especie somos omnívoros tanto en la dieta como en el sexo. Si tú decides comer solo verduras no quiere decir que no te vaya a afectar el olor del bacon. Si entiendes que aunque seas vegetariano el olor de la barbacoa te va a hacer salivar, tendrás más posibilidades de controlar tu comportamiento.

-Dice en su libro que somos la especie que más horas dedica a pensar en el sexo

-Somos una de las pocas especies en las que la hembra está dispuesta a tener relaciones aunque no ovule. Eso es muy raro en el mundo animal. Tan solo pasa con los delfines, los bonobos y los humanos. Para estas especies, el sexo tiene que ver más con la socialización que con la reproducción. En nuestro caso por cada niño que engendramos hemos llevado a cabo mil actos sexuales.

-Se ríen de una canción que dice que un hombre estaría dispuesto a dormir bajo la lluvia por amor. Pero quizás por sexo si lo haría…

-Los hombres hacen cualquier tontería por el sexo cuando es escaso. Cuando hay más sexo, hay menos locura, violencia y peleas. Los bonobos están siempre practicando sexo unos con otros y nunca se han observado casos de violación, guerra o infanticidio. Y si un macho intenta atacar a una hembra, el resto de las chicas se abalanzan sobre él para enseñarle que así no se hacen las cosas.

-En el sexo, ¿los hombres son «glotones» y las mujeres «gourmet»?

-Ese enfrentamiento cantidad-calidad tiene que ver con la biología. La mujer cuando tiene sexo tiene que plantearse que puede quedarse embarazada, tener un hijo, resulta algo importante. Sin embargo, para el hombre es un placer rápido. Aunque cuando están ovulando es mucho más probable que las chicas estén dispuestas a un encuentro rápido.

«Los hombres son infieles cuando pueden y las mujeres cuando quieren»
-Tengo una duda, ¿cuál es el origen de esa fascinación que tienen los hombres con los pechos femeninos?
-Antes de ponernos erguidos, los hombres se fijaban en los genitales de la mujer para saber si estaba ovulando. Cuando pasamos a andar erectos, esa señal de fertilidad para excitar y atraer a los hombres se trasladó al pecho, que se hizo más grande

-Y la obsesión por el tamaño del pene, ¿de dónde viene?

-Es una confusión que tenemos. Como los hombres tenemos esa obsesión por el tamaño del pecho femenino, pensamos que las mujeres también nos ven en términos de cantidad.

-Dice que los hombres son infieles porque necesitan la novedad sexual, pero ¿y las mujeres?

-Las motivaciones de la mujer son otras. No se mueve por la novedad sino por la calidad. Daría para cien páginas más del libro. Los hombres tienen amantes cuando pueden y las mujeres cuando quieren porque pueden elegir.

-¿Cree que algún día volveremos al origen?

-Estamos en un punto de la historia en que las cosas cambian rápidamente. Volveremos al origen porque es la única manera de sobrevivir. El único futuro que vale la pena es el que integra cosas de la prehistoria: igualdad, libertad, una relación más sana con la naturaleza, ayudar a cuidar a los hijos entre amigos… La cultura económica quiere que vivamos aislados porque así gastamos más dinero, pero estamos en un punto en el que no hay más dinero.

-Si no es indiscreción, ¿Cacilda y usted han encontrado la manera de convivir con su naturaleza?

-No hablamos de los detalles de nuestra relación porque no queremos ser ejemplo ni modelo de nadie. Las relaciones van cambiando y cada pareja tiene que encontrar su manera de ser feliz. Solo le diré una cosa: Nuestra relación está formada por nuestros estudios.

FUENTE: ABC ESPAÑA Sigue leyendo

Andalucía pagó más de 150 millones en «comisiones ilegales» de los ERE

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Andalucía pagó más de 150 millones en «comisiones ilegales» de los ERE
El PP denuncia que el Gobierno andaluz pudo desviar hasta 200 millones que ocultó a la juezLos intermediarios para la gestión de los expedientes siempre eran los mismos: las consultoras Vitalia y Uniter

J. MORILLO / SEVILLA
Día 25/01/2012

La Junta de Andalucía pagó «comisiones ilegales y escandalosas» a los intermediarios que tramitaron los ERE irregulares, cuyo valor total podría oscilar entre los 150 y los 200 millones de euros, según denunció ayer el secretario general del PP andaluz, Antonio Sanz. Éste acusó, además, al Gobierno que preside José Antonio Griñán de «ocultar» a la juez Mercedes Alaya, que instruye el caso en los juzgados de Sevilla, documentación sobre el pago de las comisiones a esas intermediarias, que, como recordó, «siempre eran las mismas»: Vitalia y Uniter, consultoras que gestionaron los expedientes irregulares y que trabajaron siempre con la Junta.

«Una nueva etapa»
Esta trama de «comisiones ilegales» supone, como recordó el dirigente popular, una «nueva etapa» en el caso y elevaría la cifra que fue «desfalcada» del «fondo de reptiles», con el que se pagaban los ERE y que estaba dotado con 647 millones, en teoría, destinados a ayudar empresas en apuros y a los parados. El Gobierno andaluz ha mantenido que el fraude de la trama no iba más allá de nueve millones, que es el valor total de las pólizas de los 72 «intrusos» —personas incluidas de forma irregular en el ERE y que nunca trabajaron en la empresa—. Pero con este nuevo capítulo de «comisiones ilegales» para los intermediarios, el dinero desfalcado, según Sanz, se elevaría a entre 150 y 200 millones. «Por qué y a quién pagaba la Junta de Andalucía las comisiones», se preguntó Sanz, antes de insistir en la «implicación directa» del Ejecutivo en el pago de esas cantidades y en la necesidad de saber quién se benefició de ese dinero. Para ello, anunció que remitirá la información a la juez Alaya y pedirá explicaciones en el Parlamento.

El PP denuncia que 1,9 millones computados como gastos externos coinciden con lo que la aseguradora Generalli adjudica el concepto de comisión y que supondría el 22,5% de la prima
Un ejemplo de este pago de comisiones «desorbitadas» y «fuera de mercado», que podían alcanzar en algunos casos el 29% de la prima de los ERE, es la denuncia remitida ayer a la juez Alaya por el actual presidente de Mercasevilla y concejal del Ayuntamiento de Sevilla, Gregorio Serrano. Mercasevilla, cuando estaba dirigido por la coalición de gobierno PSOE-IU, está en el origen del caso, en cuyos ERE se dan cita «intrusos» como el militante socialista de Baena, Antonio Garrido Santoyo, y el sindicalista de UGT Juan Lanzas, que figuró además como intermediario en ERE fraudulentos.

Ambos aparecen vinculados en la denuncia que presentó ayer Serrano a la juez del caso, en la que se muestra el procedimiento seguido para el pago de esas comisiones, correspondiente al expediente de 2007, y que siempre era el mismo en la tramitación de los ERE. El sistema era el siguiente: la Junta hacía una transferencia a una de sus agencias, que era la que abonaba las ayudas fuera de convocatoria pública y sin justificación a priori ni a posteriori. Estas ayudas del «fondo de reptiles» se daban a las sociedades que hacían el ERE y éstas contactaban, generalmente, con intermediarios, como Vitalia, para cerrar con aseguradoras el pago de las primas a los trabajadores. En este proceso tenían un papel determinante «conseguidores» como Lanzas, que presumían de conseguir esas ayudas. Según denuncia el PP, estos intermediarios se llevarían comisiones «injustificables» por esta mediación.

En el caso de esta denuncia, a la que tuvo acceso ABC, estas comisiones en el ERE de Mercasevilla no se reconocían como tales, sino como «gastos externos» por valor de 1,9 millones de euros. Estos gastos externos los considera Serrano en el documento de «dudosa licitud», lo que motiva la denuncia a la juez, máxime por cuanto parece «coincidir con lo que el documento de Generali —aseguradora que pagó ese expediente— denomina comisión», aunque «su importe es algo inferior a la cantidad indicada con anterioridad (1.846.240 euros)». Esa comisión de 1,8 millones de euros supone el 22,5% de la prima de ese ERE. Estos conceptos constan en la documentación de Generali aportada por el PP a la juez en la que se recoge que la prima de 7.145.597 euros tuvo una comisión de 1,8 millones, siendo su coste final de 8.991.828 euros.

Investigar a beneficiarios
Tal como se señala en la denuncia a Alaya, ese 22,5% de prima «supera con creces las cantidades pactadas con Vitalia en el contrato del 9 de enero de 2003». Por eso, añade, «debe investigarse la finalidad real y los beneficiarios de dicha cantidad, porque no nos consta documento alguno que fije el devengo de esas cantidades ni sus perceptores».

Este sería solo un ejemplo del pago de «comisiones ilegales» a los intermediarios que denunció el PP-A. Según Sanz, la Junta pagó unos 1.000 millones para pagar diversos ERE, por lo que las comisiones que se llevaron las intermediarias Vitalia y Uniter, que eran siempre de entre el 15 y el 20% de la prima, provocaron un fraude de entre 150 y 200 millones de euros. Y añadió que, al estar su partido personado en la causa, no le consta que la Junta haya entregado a la juez la documentación sobre el pago de las comisiones de las polizas que, según dijo, estaban firmadas por la administración andaluza.

«En Andalucía no hay facturas en los cajones»
La consejera andaluza de la Presidencia, Mar Moreno, negó ayer que la Junta esté en suspensión de pagos de facturas pese a la orden dada por la Intervención General el 18 de este mes, como adelantó ABC, de devolver los expedientes a sus departamentos de origen mediante la aplicación del conocido como código 14 —que significa «suspensión de contabilidad»— a un paquete «masivo» de facturas que estaban apunto de abonarse.Moreno no desmintió en su comparecencia de ayer ninguno de estos datos aportados por este periódico y optó por no referirse siquiera a ellos. En su lugar, la consejera de Presidencia centró su explicación en el cierre del ejercicio en noviembre y el traslado de diciembre a 2012. Así, señaló que el Ejecutivo se ha limitado a llevar a cabo una práctica habitual en todas las comunidades autónomas, de modo que «si al cierre de un ejercicio queda algún gasto reconocido se incorpora al siguiente». Para Moreno, en Andalucía no existe el concepto de «facturas en los cajones», al tiempo que arremetió contra el Gobierno central, por poner en duda la solvencia financiera de la Junta, y contra el presidente del PP-A, Javier Arenas, quien señaló ayer que «quienes han llevado a la Junta a la suspensión de pagos no pueden presumir de rigor presupuestario».

FUENTE: ABC ESPAÑA Sigue leyendo