Supremo venezolano declara ‘inejecutable’ decisión de CIDH sobre opositor

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Supremo venezolano declara “inejecutable” decisión de CIDH sobre opositor

El fuero internacional ordenó la habilitación política del líder de la oposición Leopoldo López

Lunes 17 de octubre de 2011 – 03:13 pm

Leopoldo López, líder opositor venezolano.
Caracas (EFE) . El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela declaró hoy “inejecutable” el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que condenó al Estado venezolano por violar el derecho a ser elegido del opositor Leopoldo López y ordenó habilitarlo para participar en elecciones.

En su decisión, difundida por medios locales, la Sala Constitucional declaró que López “goza de los derechos políticos consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por tratarse solo de una inhabilitación administrativa y no política”.

Una fuente del Tribunal Supremo de Justicia explicó que la sentencia de la CIDH violaría las leyes internas, especialmente la Constitución y la ley contra la corrupción.

En su sentencia, del pasado 16 de setiembre, la CIDH ordenó a Venezuela “dejar sin efecto” las resoluciones del Contralor General que inhabilitaron a López “por un período de 3 y 6 años” y encontró culpable al Estado por violar los derechos del exfuncionario a la protección judicial y a la defensa en los procedimientos que derivaron en las sanciones.

Según ese fallo, si bien López “ha podido ejercer otros derechos políticos, está plenamente probado que se le ha privado del sufragio pasivo, es decir, del derecho a ser elegido”.

LA POSICIÓN VENEZOLANA
Consultada sobre la decisión del TSJ, la contralora encargada, Adelina González, explicó hoy a periodistas que López “nunca ha tenido inhabilitación política, solo ha tenido una limitación para desempeñar cargos públicos”.

“Él, cuando cumpla su sanción (…) una vez vencido el periodo de la sanción, pues podrá optar a otros cargos públicos. En el 2014 concluyen las sanciones que le fueron puestas”, indicó la funcionaria.

Los magistrados de la corte resolvieron que el Estado, mediante los órganos competentes, particularmente el electoral, “deben asegurar que las sanciones de inhabilitación no constituyan impedimento para la postulación” de López en procesos electorales.

La decisión de inhabilitar a López fue tomada por la Contraloría en agosto de 2008 por dos casos de presunto mal uso de los recursos durante su gestión como alcalde.

fuente: EL COMERCIO PERU

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