Lo condenan por mal esposo. Un tribunal de Buenos Aires culpó al marido por no acompañar a su esposa cuando ésta tuvo que operarse.

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Lo condenan por mal esposo. Un tribunal de Buenos Aires culpó al marido por no acompañar a su esposa cuando ésta tuvo que operarse.

Viernes 27 de mayo 2011

“El deber de asistencia en el matrimonio impone como compromiso elemental la asistencia espiritual recíproca de los cónyuges y el deber de aceptar las situaciones derivadas de las enfermedades de uno de los esposos; pues la unión conyugal no solo significa compartir alegrías, sino también las penas“, explicaron las autoridades argentinas.

En el año 2000 la mujer debió ser sometida a un trasplante de riñón porque sufría de insuficiencia renal crónica. Según los magistrados el marido violó el artículo 198 del Código Civil argentino, que estipula el deber de asistencia, “deber” que consideran “esencial para la vida matrimonial”.

FUENTE: TROME PERU

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