LEY Nº 29688, LEY QUE MODIFICA LA LEY 26859, LEY ORGANICA DEL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES.
PUBLICADO EN EL PERUANO DEL 20 DE MAYO DEL 2011
PODER LEGISLATOVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 29688
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
HA DADO LA LEY SIGUIENTE
LEY QUE MODIFICA LA LEY 26859, LEY ORGANICA DEL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES.
ARTICULO 1.- modificación de artículos de la ley 26859, ley orgánica de elecciones.
Modificanse los artículos 45, 46,47, 57,115, el literal e) del articulo 213, el segundo párrafo del articulo 258 y los artículos 301 y 310 de la Ley Orgánica de Elecciones que puedan redactados en los siguientes términos.
ARTICULO 45. Los jurados electorales especiales están constituidos conforme a lo dispuesto en la ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones.
ARTICULO 46. El cargo de miembro de jurado electoral especial es remunerado e irrenunciable, salvo impedimento debidamente fundamentado. Tiene derecho a las mismas remuneraciones y bonificaciones que para todos los efectos perciben los jueces de la corte superior de la circunscripción.