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¿Bicameralidad? Depende

Publicado en La Primera (28 de noviembre de 2013), p. 6.

¿Es necesario o conveniente que el Congreso vuelva a tener dos cámaras? Depende. Si la idea es repetir la bicameralidad de la Constitución de 1979, la cual considero centralista e innecesaria, estoy en contra. En cambio, si se pretendiera establecer una segunda cámara que converja con el profundo proceso de descentralización, a través de la regionalización, en que se haya encuentra inmerso nuestro país –que es seguramente la más profunda reforma del Estado peruano de todos los tiempos–, estoy a favor.

Los cuatro proyectos de reforma constitucional sobre el particular que se han presentado en el presente periodo legislativo (2011-2016), así como el dictamen aprobado esta semana por la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República, más allá de sus matices, tienen el común denominador que proponen establecer un régimen bicameral meramente revisor parecido al de dicha Constitución.

Dicho modelo parte del supuesto que las decisiones de la Cámara de Diputados (“cámara joven”) obedecen a criterios políticos y poco técnicos que afectarían la calidad de las leyes; lo que sería revisado y corregido por un Senado (“cámara reflexiva”) más ecuánime. Pero ese es un supuesto falso. La aprobación de leyes y toma de decisiones en cualquier instancia parlamentaria siempre obedecerá a las correlaciones de fuerza entre las bancadas. De otro lado, el supuesto rol contralor que tendría el Senado ya se cumple mediante dos mecanismos: la atribución de observar la ley del Presidente de la República y el control de la constitucionalidad de las leyes por el Tribunal Constitucional.

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