El dictamen sobre la “curul vacía” de la Comisión de Constitución y Reglamento, que ha empezado a ser discutido en el Pleno del Congreso de la República, propone retirar definitivamente del Parlamento a los congresistas sentenciados por determinados delitos (narcotráfico, terrorismo, trata de personas y lavado de activos derivado de tales ilícitos), e impedir su reemplazo por el accesitario del mismo partido, con lo cual la curul respectiva quedaría sin ser ocupada.
El propósito de la iniciativa legislativa, que forma parte del paquete de la reforma electoral que se viene discutiendo, es loable: con la referida sanción se pretende obligar a los partidos políticos a ser más rigurosos en la selección de sus candidatos al Congreso, lo cual, se supone, coadyuvará a mejorar la calidad de los parlamentarios.
Sin embargo, tal como ha sido formulada, la “curul vacía” presenta algunos inconvenientes. El más grave es que, pretendiendo sancionar al partido político que no fue riguroso en la selección de sus candidatos (privándolo de la posibilidad de reemplazar al congresista vacado por las causales señaladas con el respectivo accesitario del propio partido), en verdad se terminaría afectando a los electores y distritos electorales (regiones) que son representados por el parlamentario que ocupaba la curul, que se quedarían desprovistos de representación.