Archivo de la categoría: Sistema electoral

Conozca los modelos de las cédulas de sufragio de las Elecciones Regionales y Municipales y Referéndum 2010

Carlo Magno Salcedo entrevistado por Willax.tv, 11 de agosto de 2010

En la siguiente entrevista realizada por Willax TV (ex Agencia Perú), explico sobre los diversos modelos de las cédulas de sufragio de las Elecciones Regionales y Municipales, y Referéndum Nacional 2010.

Preciso que para las ELECCIONES MUNICIPALES habrá dos modelos. El primero tiene dos columnas: una para la votación provincial y otra para la distrital. El otro modelo tiene una sola columna, correspondiente a la votación provincial. Esta diferencia se justifica porque en todos los distritos capitales de provincia no se eligen autoridades municipales distritales, toda vez que en estos distritos las autoridades municipales provinciales hacen las veces de autoridades municipales distritales.; como ocurre, por ejemplo, en el distrito del Cercado de Lima.
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ONPE sorteó ubicación de partidos políticos en cédula de sufragio (*)

Foto: ONPE

Lima, ago. 10 (ANDINA).- La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) definió hoy la ubicación que tendrán los partidos políticos en su respectivo bloque en las cédulas de sufragio a utilizarse en las elecciones regionales y municipales del 3 de octubre próximo.

El acto público de ubicación de las 24 organizaciones políticas de alcance nacional que participarán en los próximos comicios contó con la presencia de un notario público, así como de funcionarios del Jurado Nacional de Elecciones, la Defensoría del Pueblo y representantes de los partidos políticos.

De acuerdo al sorteo el orden preliminar de los partidos será el siguiente: Fuerza Nacional, Siempre Unidos, Partido Descentralista Fuerza Social, Partido Nacionalista, Cambio Radical, Unión Por el Perú, Acción Popular, Movimiento Nueva Izquierda y Somos Perú.
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Organizaciones Políticas Locales se identificarán con números en las cédulas de las elecciones municipales

Carlo Magno Salcedo entrevistado por Willax.tv, 04 de agosto de 2010

En la siguiente entrevista realizada por Willax TV (ex Agencia Perú), explico sobre el uso de símbolos por los partidos y movimientos, y de números por las organizaciones políticas locales, en las cédulas de sufragio de las Elecciones Municipales, en los siguientes términos.

Según la Ley de Partidos Políticos, existen tres tipos de organizaciones políticas:

1.- Los “PARTIDOS POLÍTICOS”, que tienen ámbito nacional y participan en todo tipo de proceso electoral.
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Casi cien menores de 18 años votarán en las elecciones

Publicado en EL COMERCIO, sábado 24 de julio de 2010, pág. A14

El Documento Nacional de Identidad (DNI) de menor, de característico color amarillo, era el único documento que a sus 16 años portaba Miriam Herrera hasta febrero del 2009. Ni siquiera ella lo había tramitado, sino su madre, Davis Herrera, pues así se lo exigieron en el colegio donde cursaba el cuarto de secundaria.
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Reflexiones sobre el nuevo sistema electoral regional (I): aplausos a la supresión del “premio a la mayoría”

Presidentes Regionales. Fuente: www.inforegion.pe

Mediante la Ley N.° 29470, publicada el 14 de diciembre de 2009, el Congreso de la República modificó diversos artículos de la Ley de Elecciones Regionales, Ley N.° 27863 (en lo sucesivo, simplemente, “la Ley”); modificaciones que, en su conjunto, implican una importante reforma al sistema electoral de las autoridades regionales. Seguidamente comentaremos las que consideramos las modificaciones más relevantes, por su impacto en el referido sistema electoral.

SEPARACIÓN DE LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA DE LOS CONSEJEROS REGIONALES

A nuestro juicio, la reforma más importante al sistema electoral regional, ha sido la separación de la elección del presidente y vicepresidente regional, de la elección de los consejeros regionales, realizada a través de la modificación del artículo 8 de la Ley.
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Lima Provincias: ¿distrito o subdistrito electoral?

Vista del ocaso desde Caral, la ciudad más antigua de América, en la provincia de Barranca, Lima-Provincias. Fuente: http://caralperu.blogspot.com/

En un post anterior informamos sobre diversas iniciativas legislativas que pro-ponen crear la cir-cunscripción o distrito electoral de Lima-Provincias para las elecciones parlamen-tarias. Este distrito comprendería a todas las provincias del departamento de Lima excepto a la provincia de Lima (Lima Metropolitana). Desde ya, en dicho post sustentamos nuestra conformidad con la propuesta de reforma.

Nuestro sustento para apoyar esa propuesta es que la ley vigente, al disponer de manera genérica que cada uno de los departamentos en que se encuentra dividido políticamente el Estado peruano constituye un distrito electoral, no tomó en consideración la situación sui géneris del departamento de Lima, dentro del cual, por un lado, se ha establecido un gobierno regional excluyendo a la provincia de Lima; y, de otro lado, se ha establecido un régimen especial para la provincia de Lima (Lima Metropolitana), la misma que no tiene un gobierno regional, no obstante lo cual la su gobierno local (la Municipalidad Metropolitana) asume las funciones y competencias propias de un gobierno regional.
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La viabilidad del distrito electoral de Lima-Provincias

IMPORTANTE:Una actualización necesaria sobre este tema se realiza en el post: “Lima Provincias: ¿distrito o subdistrito electoral?”

Lima Provincias

Cuando menos desde la legislatura pasada (2001-2006), y también en la presente legislatura (2006-2011), se han presentado al Congreso de la República diversos proyectos de ley que proponen la creación de la circunscripción o distrito electoral de Lima-Provincias para las elecciones parlamentarias.

Dicho distrito electoral comprendería a todas las provincias del departa-mento de Lima excepto a la provincia de Lima (Lima Metropolitana), y su implementación implicaría dividir el actual distrito electoral de este departamento en dos, a través de la reforma del artículo 21 de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley N.º 26859.

Actualmente, la citada norma dispone lo siguiente:
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La circunscripción electoral para los peruanos residentes en el extranjero. Una propuesta que no debería causar indigestión (*)

En la sección sobre las “leyes que causan indigestión” de Legal Express N.º 78 (junio 2007), que, como sabemos, está dedicada a llamar la atención sobre los “insólitos y pintorescos proyectos de ley” con que a veces nos sorprenden algunos padres de la patria, se realiza una severa crítica al Proyecto de Ley N.º 1302/2006-CR, me- diante el cual se propone crear un “distrito electoral (o circunscripción electoral) para los peruanos residentes en el extranjero, que permitiría que nuestros compatriotas en el exterior puedan elegir a sus propios representantes en el Congreso de la República, superando de este modo la artificial atribución de sus votos a la circunscripción del departamento de Lima, establecida por el artículo 21 de la Ley Orgánica de Elecciones, N.º 26859 (LOE), la cual dispone que: “[l]os electores residentes en el extranjero son considerados dentro del Distrito Electoral de Lima”.
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La constitucionalidad de la barrera electoral (*)

La barrera electoral es un mecanismo del sistema electoral (entendido como el conjunto de principios y procedimientos para convertir votos en escaños o cargos de elección) establecido legalmente, mediante el cual se exige a los partidos políticos que superen un determinado porcentaje de votos o alcancen determinado número de representantes en una elección, como condición para que sean tomados en cuenta en la distribución de escaños.

Su objetivo es atenuar la excesiva dispersión o fragmentación en la representación política y, por tanto, reducir el número de partidos políticos en el Parlamento, incentivando la formación de coaliciones en torno a las organizaciones políticas más sólidas. Ello se logra debido a que las barreras electorales tienen un gran efecto concentrador sobre el sistema de partidos. Según sus promotores, su finalidad es mejorar las condiciones de gobernabilidad, coadyuvar al fortalecimiento del sistema de partidos políticos, mejorar el sistema de representación y, con ello, superar la crisis de legitimidad de la democracia representativa.
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