En un segmento del programa conducido por Carlos Carlín en Radio Capital, el 30 de abril pasado, se entrevistó a Carlo Magno Salcedo, Asesor de la Jefatura Nacional del RENIEC, para tratar sobre la Ventanilla Única Electoral. Reseñamos y reproducimos la entrevista que aún mantiene actualidad.
El funcionario del RENIEC explicó que el concepto de “ventanilla única”, en la Administración Pública, significa que el ciudadano puede realizar todos los trámites que necesita para un fin en particular en una sola instancia. Por ejemplo, si se quiere constituir una empresa, todos los trámites que hay que hacer ante la SUNAT, la municipalidad, ministerios, etc., se hacen en un solo lugar. Es una medida de simplificación administrativa.
A ello se añade que, en estos tiempos modernos de informática, redes sociales, internet y revolución de las comunicaciones, esos trámites hay que hacerlos virtualmente, por internet, sin necesidad de acudir personalmente a la entidad. A ello se le denomina ventanilla única digital o electrónica.
La idea, entonces, es aplicar esos conceptos de ventanilla única (una sola instancia) y su carácter digital (por internet) a la Ventanilla Única Electoral (VUE).
La VUE aprobada en el Perú siguiendo el modelo de Colombia, le otorga a los partidos y movimientos políticos la posibilidad de acudir al Jurado Nacional de Elecciones (JNE), entidad que administrará la VUE, para solicitar información sobre los antecedentes de sus candidatos o precandidatos (centralizando información del Poder Judicial o de la Policia, información por deudas tributarias o deudas alimentarias, entre otra).
Por su parte, el conductor Carlos Carlín señala que la política en nuestro país funciona del siguiente modo: gente con mucha plata como resultado de la corrupción o de actividades ilícitas como el narcotráfico, financia a las campañas políticas a cambio de que le devuelvan el favor o le den cargos públicos. Al respecto, Salcedo señala que precisamente la idea de la norma es que los partidos no tengan pretexto en la falta de información para meter gente como esa en sus listas de candidatos.
Sin embargo, el funcionario señala que la norma también debió incluir información sobre procesos penales en trámite, lo que lamentablemente no fue aprobado por el Pleno del Congreso con el argumento de que informar al respecto vulneraría la presunción de inocencia. Según Salcedo ese argumento es errado ya que la presunción de inocencia es una garantía judicial que consiste en que la carga de la prueba de la culpabilidad recae en el Ministerio Público, por lo que no le corresponde al procesado probar su inocencia. Si fuera verdad que dar publicidad a los procesos penales en trámite vulneraría la presunción de inocencia, los medios de comunicación no podrían informar sobre ningún proceso en curso de ninguna persona ya que estarían violando la Constitución.
En otro momento, Salcedo señala como otro defecto de la norma que solo establece una relación entre el partido y la VUE (o el JNE), pero que no prevé que la información que contiene la VUE sea pública. Al respecto señala que la VUE debería ser pública, para que todos los ciudadanos puedan acceder a ella, y que espera que posteriormente se corrija este defecto.
Finalmente, un aspecto destacable de la norma, señala Salcedo, es que la misma prevé que el JNE podrá solicitar al RENIEC que le brinde soporte tecnológico para que la VUE sea por medios virtuales, de modo que toda la información circule en tiempo real y con las seguridades que brindan los certificados y firmas digitales y utilizando las plataformas de interoperabilidad. Al respecto, hace hincapié en que el RENIEC ya tiene instaladas las “carreteras de información” con todas las entidades del Estado, que podrían utilizarse para que circule la información que requiere la VUE, por lo que no se requiere hacer inversiones adicionales.
El siguiente es el audio completo de la entrevista: