El voto pide mayores impedimentos de postulación

Reproduzco el siguiente Informe del Instituto de Análisis y Comunicación Integración (del grupo RPP), para cuya elaboración se me consideró como uno de los especialistas consultados.

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Según la encuesta del Instituto Integración, 9 de cada 10 peruanos están de acuerdo con que se impida postular a candidatos que ya cumplieron condena por terrorismo, narcotráfico, violación o tocamientos indebidos y delitos contra la administración pública (1) (ver gráfico 1). Sin embargo, ninguno de estos requisitos está especificado en la Ley Orgánica de Elecciones (LOE), principal norma electoral.

Numerosos proyectos de ley se han presentado al congreso para ampliar este debate, proponiendo que se añadan mayores exigencias para la postulación de candidatos (2). Sin embargo, solo uno de ellos se encuentra en debate dentro de la Comisión de Constitución. Este señala que debe prohibirse la postulación a quienes estén sentenciados o tengan mandato de detención por los delitos antes mencionados (3). No obstante, de aprobarse esta norma, solo se aplicaría a gobernantes regionales y alcaldes municipales, a pesar de encontrarnos en vísperas de un proceso de elecciones presidenciales y parlamentarias.

Requisitos en debate

Los únicos requisitos que impiden la postulación de un candidato en la actualidad, presentes en la LOE, se refieren a quienes ejercen cargos públicos (a los cuales debe renunciar) y, solo en el caso de Presidente y Vicepresidente, por relación filial con quien ocupa el cargo. Para mayores restricciones, el artículo 33 de la Constitución impide la candidatura de quienes estén sentenciados con pena privativa de la libertad, con la inhabilitación de sus derechos políticos o con una resolución judicial por incapacidad mental (interdicción).

Según Gerardo Távara, Secretario General de la Asociación Civil Transparencia, la ley actual es demasiado laxa para establecer filtros específicos a las candidaturas, dejando toda la responsabilidad en manos de los partidos políticos y del Jurado Nacional de Elecciones (JNE). Como comenta el especialista, quienes se encuentren detenidos pero sin sentencia, pueden postular al Congreso a pesar de estar cumpliendo un régimen carcelario. También podrían ser candidatos quienes hayan cumplido su condena por terrorismo, narcotráfico u otros delitos graves y estén fuera de la cárcel.

En oposición, hay posturas que sustentan quee los proce- sos penales que no hayan resultado en una condena firme no deben ser incluidos por la presunción de inocencia.

¿Qué impedimentos incluir?

En el Perú, uno de los requisitos más mencionados en proyectos de ley presentados al Congreso es el impedimento a postular por no cumplir con obligaciones familiares. De hecho, el 84% de peruanos señala que no deberían proceder las candidaturas de quienes no paguen sus obligaciones de alimentos (ver gráfico 1). Asimismo, un 93% señala que no se debe permitir postular a los candidatos que se niegan a tomar la prueba de paternidad para reconocer a su hijo/a.

Cabe señalar que algunos de los impedimentos propuestos en el Perú sí son requisitos específicos en otros países para frenar candidaturas. Por ejemplo, en Chile, quien haya sido condenado a prisión efectiva, por cualquier delito y en cualquier momento, no puede ser candidato, como informa Távara. Por su parte, en Colombia, no pueden ser congresistas quienes hayan sido condenados a prisión efectiva (excepto por delitos políticos o culposos). De esta manera, se evita la participación en política de quienes hayan sido condenados por terrorismo o narcotráfico.

En Colombia, de acuerdo a su Constitución, también están impedidos de postular quienes hayan intervenido en gestión de negocios con entidades públicas dentro de los seis meses anteriores a las elecciones. Lo mismo ocurre en Argentina, con los que desempeñaren cargos directivos o fueren apoderados de empresas concesionarias de servicios públicos, como señala la Ley Orgánica de Partidos Políticos de ese país.

Como muestra el gráfico 2, muchos requisitos de postulación podrían añadirse a raíz de las múltiples propuestas de ley presentadas en el Perú; sin embargo, aun no se han tomado en cuenta dentro del paquete actual de reformas electorales del Congreso.

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AGRADECIMIENTOS:

  • Gerardo Távara, Secretario General de Asociación Civil Transparencia Perú.
  • Ana Neyra, Asesora de la Presidencia del Jurado Nacional de Elecciones.
  • Carlo Magno Salcedo, Profesor de Ciencias Políticas de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.
  • Virgilio Hurtado, Profesor Principal de la Universidad Nacional Mayor San Marcos.

(1) Extraído de la encuesta del Instituto Integración, realizada a 2200 personas en 18 regiones del país, en marzo del 2015. El campo fue ejecutado en coordinación con la Compañía Peruana de Estudios de Mercado y Opinión Pública (CPI).

(2) El Instituto Integración recopiló las propuestas de los siguientes proyectos de ley: 481, 2521, 2525, 2526, 3818, 3996.

(3) Proyecto de Ley 3996/2014 que promueve la idoneidad de los candidatos en las elecciones regionales y municipales, presentado por la Congresista de la República Ana María Solórzano Flores el 19 de noviembre del 2014.

 

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