Archivo por meses: octubre 2011

Cuestionados accesitarios tienen vía libre para llegar al Congreso

Publicado en EL COMERCIO, lunes 24 de octubre de 2011, pág. a6

Fuente: http://elcomercio.pe/

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES ATADO DE MANOS

Luz Salgado y Teófilo Gamarra piden tomar en cuenta la presunción de inocencia

No puede hacer nada. El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) no tiene las herramientas para impedir que los cuestionados accesitarios de congresistas que tienen mayores posibilidades de ser desaforados logren una curul.
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El RENIEC restablece derecho al sufragio de las personas con discapacidad mental o intelectual

Fuente: SOCIEDAD PERUANA DE SINDROME DOWN

El 11 de octubre pasado se publicó la Resolución Jefatural N.° 508-2011-JNAC/RENIEC, a través de la cual la actual gestión del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), liderada por el Dr. Jorge Yrivarren Lazo, solucionó un delicado problema heredado de las gestiones anteriores, referido al tratamiento que se había estado dando a los ciudadanos con discapacidad mental (o intelectual); a quienes, sin mediar resolución judicial de interdicción que determinase su incapacidad jurídica, se excluía del padrón electoral y se les entregaba un DNI sin grupo de votación, afectándose los derechos políticos fundamentales de más de 23 mil ciudadanos.

A través de la referida resolución, el Jefe Nacional del RENIEC dispuso la incorporación al padrón electoral, así como la emisión y entrega gratuita y a domicilio de nuevos DNI (con el dato del grupo de votación impreso) a estos ciudadanos. Asimismo, se dispuso conformar una Mesa de Trabajo integrada por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), la Defensoría del Pueblo, el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) y la Comisión de Inclusión Social y Personas con Discapacidad del Congreso de la República, con el objeto de encontrar soluciones que se ajusten al ordenamiento jurídico, ante las multas electorales que puede generar en estos ciudadanos su eventual imposibilidad de ejercer el voto.

Conforme señaló al respectoHuman Rights Wacht, esta resolución del RENIEC, que deja sin efecto una serie de políticas que excluían del censo (padrón) electoral a personas con determinadas discapacidades mentales e intelectuales, constituye una medida importante que contribuirá a asegurar la plena participación en la sociedad de estas personas.

Seguidamente, reproduzco el artículo de opinión que ha publicado el Jefe Nacional del RENIEC, en la edición del 18 de octubre del diario El Comercio, así como el comunicado de prensa de Human Rights Wacht sobre el particular.

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Homenaje a Steve Jobs (con sus propias palabras)

La muerte de Steve Jobs, el pasado 5 de octubre, conmocionó al mundo. Se ha dicho de él que fue un visionario, un adelantado a su época, un revolucionario, un genio, un modelo a seguir, un referente. Seguro ha sido todo eso y mucho más. Pero, sobre todo, fue un ser humano excepcional, que se sobrepuso a los contratiempos y dificultades de la vida, y encontró en la adversidad nuevas oportunidades para seguir cumpliendo su destino. Y lo pudo hacer porque fue alguien que en algún momento encontró el sentido de su existencia y fue fiel en el cumplimiento de su misión, porque se atrevió a vivir con pasión y porque amó intensamente lo que hacía.

No he querido dejar pasar la oportunidad sin rendirle un homenaje. Y no he encontrado mejor forma de hacerlo que repitiendo sus propias palabras, divulgando su propio pensamiento. Por ello, reproduzco el discurso que dictó en la ceremonia de graduación de la Universidad de Stanford, el 12 de junio de 2005, en un momento en que ya la muerte había rondado por sus predios. En ese discurso, a partir de su propia historia, Steve Jobs nos enseña su filosofía de vida; una filosofía que es recomendable tener en cuenta.
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Un Gobierno sin “partido de gobierno”

Publicado en Revista ideele, edición 212.

Fuenta: Andina - Revista Ideele, edición web, N.° 212

Carlo Magno Salcedo

Junto con Keiko Fujimori, el “extremista” Ollanta Humala fue uno de los candidatos que más temores despertaba y resistencias generaba en la mayor parte del electorado, ya que era considerado un riesgo para la democracia y para la continuidad del crecimiento económico sustentado en el libre mercado. No obstante, paradojas de la política peruana, fue él quien se alzó con el triunfo electoral.

Para poder ganar las elecciones, entre la primera y la segunda vuelta Humala se desplazó desde el extremo izquierdo del espectro político, que a juicio de muchos era lo que amenazaba la estabilidad democrática y el crecimiento económico, hacia la centro-izquierda, espacio desde el cual, en teoría, se pueden hacer ajustes a la política económica, en aras de lograr una mayor inclusión social sin arriesgar la estabilidad económica ni amenazar la democracia política. Con tal fin, presentó un nuevo plan de gobierno y reforzó su equipo con técnicos provenientes de canteras liberales o socialdemócratas.

La nueva ubicación de Humala, sin embargo, no es por sí misma garantía suficiente para lograr la consolidación de un gobierno de centro-izquierda, inclusivo y democrático. Era y es de prever que su Gobierno se encontrará sometido a una doble presión, desde ambos lados del espectro social y político. Los sectores más a la izquierda intentarán que Humala retome su agenda radical, sobre todo cuando su Gobierno se enfrente a las crecientes demandas sociales que se han gestado en estos años, y que los anteriores gobiernos no han tenido capacidad de atender. Seguramente, no faltarán desde este lado acusaciones de “traición”, de que su Gobierno es “más de lo mismo”, de que “una vez más el pueblo ha sido engañado”; y no pocos conflictos sociales podrían generarse.
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TC precisa que el JNE es un organismo principalmente jurisdiccional y que no es jerárquicamente superior a la ONPE ni al RENIEC

En nuestro post anterior comentamos los alcances de la sentencia del 27 de setiembre, expedida en el Exp. 0002-2011-PCC/TC (STC), a través de la cual el Tribunal Constitucional (TC) resolvió el proceso competencial promovido por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) contra el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), respecto de la franja electoral y la supervisión de las finanzas de las organizaciones políticas, funciones previstas en la Ley de Partidos Políticos, Ley N.° 28094 (LPP).

En dicho post señalamos que, respecto de la flanja electoral, el TC le dio la razón a la ONPE al resolver que dicho organismo es competente para regular todos los aspectos relacionados con su implementación y ejecución en todo proceso electoral; sin perjuicio de las competencias fiscalizadoras, supervisoras y jurisdiccionales que le corresponden al JNE. Sin embargo, respecto de la otra cuestión, precisamos que, aunque el TC reconoce que es competencia de la ONPE supervisar o realizar el control externo de la actividad económico-financiera de las organizaciones políticas, también hace hincapié en que es competencia del JNE, fiscalizar y supervisar el ejercicio de la competencia de control externo de la actividad económico-financiera de las organizaciones políticas ejercida por la ONPE; por consiguiente, ésta tiene la obligación constitucional de remitir los informes y documentos que el JNE le requiera para el debido ejercicio de tal supervisión.

Además de lo señalado, a través de dicha STC, el TC realiza algunas precisiones que consideramos importantes respecto de las funciones o competencias constitucionales del JNE.
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