Congreso da luz verde para que la ONPE reglamente sobre el voto electrónico

Ciudadana puneña experimenta con una máquina de voto electrónico de la ONPE

En el post “El voto electrónico y el régimen electoral en el Perú”, informamos que, desde hace varios años, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) venía realizando diversos esfuerzos para implementar el voto electrónico en nuestro país; objetivo que, no obstante, aún no podía ser alcanzado, a pesar que la ONPE está preparada para asumir ese reto, debido a que hay un vacío normativo en la materia.

Al respecto, en el mismo post precisamos que si bien el 20 de julio de 2005 se publicó la Ley N.° 28581, cuya Primera Disposición Complementaria autoriza a la ONPE para que implemente progresiva y gradualmente el voto electrónico, esa sola autorización no resultaba suficiente para lograrlo, debido a que la legislación electoral vigente, elaborada en función al voto manual, no contiene normas que puedan aplicarse a todas las características especiales del voto electrónico; motivo por el cual resultaba necesario adecuar determinados procedimientos electorales o expedir disposiciones especiales, si es que no a través de una ley, cuando menos a través de un reglamento de la mencionada norma legal (la disposición complementaria que autoriza a la ONPE a implementar el voto electrónico).
En tal sentido, una de las posibilidades es que el reglamento sea aprobado por el Presidente de la República, a través de un decreto supremo, al amparo de la potestad reglamentaria de las leyes, atribuida al primer mandatario por el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política. Explorando esa posibilidad, la ONPE sometió a consideración del Poder Ejecutivo un proyecto de Reglamento de Voto Electrónico, el cual fue hecho suyo por los órganos técnicos de la Presidencia del Consejo de Ministros. Lamentablemente, hasta la fecha el Poder Ejecutivo no ha aprobado el reglamento, a pesar de haber transcurrido casi un año desde que la ONPE le enviara el proyecto.

La otra posibilidad es que sea la propia ONPE la que apruebe el reglamento. Sin embargo, aunque dicho organismo electoral tiene la responsabilidad de implementar el voto electrónico, no tiene la facultad explícita de aprobar las normas y procedimientos que permitirían su materialización. Entonces, para que la ONPE pueda aprobar el reglamento, sin lugar a cuestionamiento alguno, resulta necesario que se lo autorice el Congreso de la República, a través de una ley. Precisamente, esta última posibilidad estaría a punto de concretarse.

En efecto, la Comisión Permanente del Congreso de la República (que tiene potestades legislativas mientras que el Pleno del Congreso está en receso), en su sesión del pasado 16 de julio, aprobó en primera votación el “Proyecto de Ley que autoriza a la Oficina Nacional de Procesos Electorales a emitir las normas reglamentarias para la implementación gradual y progresiva del voto electrónico”, Proyecto de Ley N.° 3276-2008-CR, presentado por la bancada de Unidad Nacional, cuyo artículo único establece lo siguiente:

Sede central de la ONPE

“Autorízase a la Oficina Nacional de Procesos Electorales para que, de manera autónoma, establezca los procedimientos necesarios para la aplicación del voto electrónico presencial y no presencial, dentro del marco de lo dispuesto por la Ley N.° 28581. Para tal efecto, emitirá el reglamento para su implementación gradual y progresiva.”

Asimismo, la única disposición complementaria de la norma establece que:

“La Oficina Nacional de Procesos Electorales, de manera autónoma, dictará las normas reglamentarias a que hace referencia la presente Ley, en un plazo no mayor de 60 días calendario, contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley.”

Cabe señalar que al día siguiente de su aprobación por la Comisión Permanente, el 17 de julio, el citado proyecto de ley fue dispensado de la segunda votación, por acuerdo de la Junta de Portavoces; con lo cual debería continuarse el trámite de aprobación de la ley, debiendo esta ser enviada al Presidente de la República para su promulgación, de conformidad con el artículo 79 del Reglamento del Congreso de la República.

No obstante, según ha trascendido, el parlamentario José Vega Antonio, de la bancada de Unión por el Perú, ha presentado un pedido de reconsideración, que a la fecha se encuentra pendiente de votación.

Aunque cualquier cosa podría ocurrir en los predios del parlamento nacional, consideramos poco probable que la referida reconsideración prospere, ya que, de conformidad con el artículo 58 del Reglamento del Congreso de la República, para su aprobación se requiere el voto de más de la mitad del número legal de Congresistas (esto es, 61 votos).

Es de esperar, por tanto, que en poco tiempo culmine el trámite de aprobación de la “Ley que autoriza a la ONPE a emitir las normas reglamentarias para la implementación gradual y progresiva del voto electrónico”, con cuya entrada en vigencia, por fin, el voto electrónico podría empezar a ser una realidad en procesos electorales y consultas populares oficiales.

Puntuación: 4.89 / Votos: 9

Comentarios

  1. Ivan Vivanco escribió:

    buena noticia que hallan dado luz verde para el reglameto del voto electronico

  2. Jaime Del Castillo escribió:

    Habrá k hacerle el seguimiento, se necesita más difusión y explicar con presición los PRO Y los contra

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