Eres persona natural, ¿sabes como declarar tu Impuesto a la Renta?
Miércoles, 04 de febrero del 2015
Fuente: http://gestion.pe/tu-dinero/eres-persona-natural-sabes-como-declarar-tu-impuesto-renta-2122434
Los contribuyentes podrán descargar su Declaraciones Juradas virtuales desde la web de la Sunat desde el 16 de febrero.
Edwin Bardales – edwin.bardales@diariogestion.com.pe
A partir del 24 de marzo, las personas naturales que no generen rentas empresariales deberán presentar su Declaración Jurada del Impuesto a la Renta a través de la página web de la Sunat y ello se extenderá hasta el 9 de abril, informó Katarzyna Dunin – Borkowski, Directora de la División Tributaria del Estudio Barrios & Fuentes Abogados (BAFUR).
“Las personas naturales que no realizamos actividad empresarial nos encontramos obligados a presentar nuestra Declaración Jurada del Impuesto a la Renta por los ingresos que hubiéramos percibido en el año 2014 entre los últimos días de marzo y los primeros de abril”, dijo a Gestion.pe.
Recordó que la fecha de presentación de la Declaración Jurada se realizará en función al último digito del Registro Único del Contribuyente (RUC)
La especialista indicó que quienes se encuentran obligados a presentar su Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta del 2014 son aquellas personas que hubieran percibido rentas o hubieran generado pérdidas en rentas empresariales, incluidos en el Régimen General.
Además están aquellas personas naturales que no hubieran percibido rentas empresariales y tengan saldo a favor de Sunat, arrastren saldos de ejercicios anteriores y los que hayan superado en el año 2014 ingresos mayores a S/. 25,000.
“Por ejemplo si alguien hubiera alquilado o vendido un inmueble, o hubiera vendido acciones o hubieran brindado servicios profesionales con recibos por honorarios, y superaron los S/. 25,000, entonces están obligados a presentar su Declaración Jurada”, subrayó.
Mientras que las no deberán presentar Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta aquellas personas naturales que hubieran percibido únicamente rentas de quinta categoría (trabajo dependiente) y los no domiciliados que hubieran obtenido rentas de fuente peruana.
La representante del Estudio Bafur explicó que a partir del 16 de febrero, los contribuyentes que deben presentar su Declaración Jurada del Impuesto a la Renta podrán encontrar en la web de la Sunat el formulario virtual N° 691.