Venta de acciones de empresas peruanas en el exterior pagarán Impuesto a la Renta
Febrero 16, 2011
Finalmente, el Ejecutivo dio pase a la ley que establece que se deberá pagar Impuesto a la Renta por la ganancia obtenida en la venta indirecta de acciones de personas jurídicas domiciliadas en el país.
La venta indirecta se produce cuando una empresa no domiciliada en el Perú es propietaria (en forma directa o por intermedio de otras empresas) de acciones de una compañía peruana.
Gustavo López-Ameri, especialista de Deloitte, señaló que la norma aprobada va a restar competitividad a los valores peruanos en el extranjero.
“De alguna manera el esfuerzo que se hizo para tranquilizar el ruido generado en el mercado internacional cuando la venta de acciones pasó de no estar gravada con IR a estar gravada con el 5%, se va a diluir con esta norma un poco más agresiva”, acotó.
Sostuvo que desde una perspectiva de política fiscal el Estado puede gravar estas operaciones, tal como lo hacen otros países, sin embargo, consideró que la responsabilidad solidaria sí va a generar un gran impacto.
“Según la norma, las empresas peruanas serán responsables solidarias en el pago del Impuesto a la Renta (IR) de la venta de acciones que realice su holding en el extranjero”, afirmó.
A su criterio, el problema es que la norma asume que la empresa es controlada por la holding, lo cual no siempre sucede y aun así, muchas veces una reestructuración del grupo, con transferencia de acciones entre ella, también puede ser considerada una venta y estar afecta al pago del IR.
La empresa peruana también estará obligada a informar sobre la venta hecha en el exterior.