REQUISITOS
1.- Copia Certificada por Notario del ACTA DONDE CONSTE EL ACUERDO DE REMOCIÓN y/o nombramiento de gerente, director y/o directorio.
El Acta del acuerdo deberá contar con la firma del TITULAR de la empresa debidamente certificada por Notario cuando se trate de una EIRL.
2.- Se acredita la CONVOCATORIA de conformidad a lo establecido por el Estatuto de la Sociedad, cuando el acuerdo no se haya tomado en Junta Universal.
3.- Llenar Formulario de la Solicitud de Inscripción
4.- Copia de DNI del presentante.
5.-COSTO: Pasar por PRE-LIQUIDACIÓN
6.- PAGAR Y ENTREGAR LOS DOCUMENTOS EN LAS VENTANILLAS DE CAJA-DIARIO.
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TENER EN CUENTA:
a.- Señalar en el acta LA FORMA DE VOTACIÓN DE LOS ACUERDOS APROBADOS, es decir si es aprobado por unanimidad o por mayoría absoluta, si es por mayoría absoluta señalar el resultado de las votaciones.
b.- Los requisitos que debe contener el Acta se encuentran señalados en el Art. 134 y 135 de la LGS Y 52 al 60 del RRS.
c.- La TRANFERENCIA DE ACCIONES no se inscriben en la SUNARP (Registros Públicos de conformidad al inciso b del Art. 4 del Reglamento del Registro de sociedades.
De acuerdo al Art. 92 de la LGS las Transferencias de Acciones se anotan en el Libro de Matricula de Acciones certificado por Notario.
d- Las TRANSFERENCIAS DE PARTICIPACIONES es por Escritura Pública otorgado ante Notario y se inscriben en la Oficina Registral correspondiente de la SUNARP conforme al Art. 298 de la LGS.
f.- En relación a las Actas que se extiendan fuera del Libro de Actas se encuentra regulado por el Art. 136 de la LGS.
e.- La MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO de una sociedad o empresa es por ESCRITURA PUBLICA y se inscribe en la Oficina Registral correspondiente de la SUNARP.
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