QUÉ ES COFOPRI?

[Visto: 16672 veces]

El Organismo de Formalización de la Propiedad Informal, COFOPRI, es una institución pública descentralizada del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que formaliza la propiedad urbana y rural a nivel nacional, con el objetivo de entregar títulos de propiedad jurídicamente seguros, promover el acceso al crédito y mejorar la calidad de vida de las
familias de escasos recursos.

Dicha entidad tiene su base legal en Ley N° 28923 y en los Decretos Supremos N°005 y 012-2007-VIVIENDA.Entre sus labores se encuentran:

-Realizar la formalización de asentamientos humanos, centros poblados, pueblos tradicionales, centros urbanos informales, mercados ubicados en asentamientos humanos, predios rurales y entrega títulos o certificados de propiedad inscritos en los Registros Públicos.

-Participar en el proceso de adjudicación de tierras eriazas.

– Ejecutar los trabajos técnicos para la titulación del territorio de comunidades campesinas y nativas.

– Brindar asesoría legal y técnica gratuita a los propietarios de programas de vivienda del Estado y a los socios de las urbanizaciones populares para que puedan obtener su título individual.

– Realizar el diagnóstico y saneamiento legal y técnico de los inmuebles que forman parte del Patrimonio Cultural de la Nación, de entidades públicas, proyectos de inversión, obras de infraestructura y servicios públicos del Estado, previa suscripción de convenio o contrato.

– Adjudicar lotes y/o edificaciones de propiedad del Estado ocupados por mercados fuera de asentamientos humanos.

– Promover el procedimiento de conciliación entre ocupantes y propietarios, en caso de ocupación de terrenos de propiedad privada.

Mayor información: Cofopri

Puntuación: 3.61 / Votos: 18

6 pensamientos en “QUÉ ES COFOPRI?

  1. Franz De la Cruz Quintanilla

    Sin embargo, el COFOPRI, muchas veces, excediendo sus facultades ha titulado a personas inescrupulosas. Personas que valiendose de títulos imperfectos (falsificados, declarados nulos en juicio, entre otros) han logrado titularse en perjuicio de sus verdaderos propietarios. En otros casos han aperturado partidas, cuando un determinado predio ya contaba con una partida desde hace 10, 20, 50 y hasta más años (generando duplicidad registral ). Lo peor de todo es que la ley de COFOPRI dispone que cuando el título se haya otorgado toda acción, pretensión, o demanda deberá ser declarada improcedente -liminarmente-. Es decir, no importa si hay propietarios, si hay partidas partidas antiguas. Lo que hace COFOPRI es inimpugnable. En síntesis, estos dispositovs normativos de COFPRI atentan contra los artículos 70º y 2º, inc. 16º de la COnstitución Política del Perú. Gracias a Dios la Corte Suprema ha solucionado muchos casos, sin embargo no ha establecido precedentes de obervacia obligatoria para solucionar estos casos. Como todos sabemos, si no nos oponemos dentro de 5 días al proceso de titulación, sencillamente perdemos el derecho. En el Perú con esta Ley mcuhas personas ven amenazados sus derechos de propiedad por 5 días. Es necesario realizar investigaciones al respecto para encontrar una solución y procurar la paz social. Para es necesario realizar reformas legales, pero siempre en irrestricto respeto al derecho constitucional de la propiedad.

    Responder

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *