¡Qué tal lisura!, por Alfredo Bullard

“Para mí, Sublime es un chocolate. Y lo es para usted. Lo que nos diga el ministerio no nos interesa”.

“¡Basta ya de usar nombres engañosos para los alimentos!”. Bajo este ingenioso lema, en una conferencia de prensa los representantes de diversas instituciones públicas, encabezadas por el Ministerio de Agricultura, la Digesa, el Indecopi y el mismísimo Congreso de la República hacen un anuncio esperado por toda la población.

Se crea la Superintendencia de Veracidad Alimenticia (la Suvea), ente público descentralizado encargado de regular, fiscalizar y sancionar los actos de engaño sistemático en el uso de nombres equivocados de alimentos. Con ello se busca proteger a los consumidores de fabricantes inescrupulosos.

Se nombra el primer superintendente: el señor Anastacio Cárdenas, conocido paladín de la defensa de los consumidores, con años de experiencia en combatir este tipo de prácticas ilegales.

La Suvea muestra una energía y proactividad impresionantes. Dicta normas para evitar (según lo que crea la Suvea) que se diga que algo es lo que no es. Luego lanza a sus inspectores al mercado a fiscalizar y retirar de la comercialización esos alimentos con nombres de triquiñuela.

Don Anastacio anuncia, luego de los primeros meses de actividad, sus extraordinarios resultados.

“Estamos en camino de eliminar estas prácticas”, indicó muy orondo. “Hemos intervenido una serie de chifas que llaman arroz chaufa a preparados que no llevan un 5% de cebolla china. Y es que los chifas suelen vender unos menjunjes que no respetan el origen chino del plato”.

También da cuenta del Operativo Picarón. “Hemos cerrado aquellos locales que venden picarones con huecos inferiores a 1,5 centímetros. Como saben, los que no tengan esas dimensiones solo pueden ser llamados donuts”.

Por otro lado, anuncia: “Hemos forzado a Inca Kola a cambiar su nombre por Inca Líquido, pues según las regulaciones que se han dictado solo las gaseosas de color negro pueden llevar el añadido Kola. No se puede admitir que se engañe a los consumidores vendiéndoles como negro algo que en realidad es de color amarillo”.

Pero la Coca-Cola tampoco se libra. “La empresa no ha demostrado que la fórmula de esa gaseosa lleve algún derivado de la planta de la coca”.

El chocolate Cua Cua también ha sido retirado del mercado. Según el superintendente: “Hemos constatado, para nuestra sorpresa, que la referida golosina, a pesar de llevar como nombre el sonido que hacen los patos al graznar e incluso ilustrar el envase con la figura de un pato, no lleva ningún ingrediente derivado de patos ni aves similares”. Similar suerte siguen las famosas orejas de chancho, típicas de nuestras pastelerías, pues se ha determinado que no provienen de ningún tipo de cerdo.

“También hay que proteger nuestra comida criolla. A partir de la fecha hemos decretado que el tacu tacu tendrá que llevar 50% de frejol y 50% de arroz”. Y continúa diciendo: “Hemos descubierto que en las cebicherías se vende un producto llamado leche de tigre sin que se haya demostrado que tenga leche y menos aun que provenga de ordeñar tigresas”.

Pero guarda para el final su anuncio más impactante: “¡El chocolate Sublime no es chocolate porque no tiene suficiente cacao! ¡Qué tal lisura!”.

Por absurdo que suene todo lo dicho, este relato no es tan de ciencia ficción. Cada vez nos acercamos más a un mundo similar.

Si yo le digo a usted que imagine un chocolate, ¿qué es lo primero que se le viene a la mente? Por supuesto, el chocolate Sublime. Usted sabe qué es y cuál es su sabor. Si llamaran chocolate Sublime a otra cosa se sentiría engañado. Pero al Ministerio de Agricultura se le ha ocurrido que tiene muy poco cacao.

El error de estas ideas es que quien define el significado de un término no es el Estado, sino quien necesita entender a qué se refiere el término. Los consumidores sabemos muy bien qué esperamos de un arroz chaufa, de una Inca Kola, de una leche de tigre o de un chocolate Sublime. Para mí, Sublime es un chocolate. Y lo es para usted. Lo que nos diga el ministerio no nos interesa. Pero ahora quieren obligarme a consumir un producto distinto al que siempre me ha gustado y además subirle el precio con la inclusión de porcentajes mayores de insumos más caros. Y es que, como decía Napoleón, “de lo sublime a lo ridículo no hay más que un paso”.

En: elcomercio

Ver:

Primera prioridad: el Sublime, por Franco Giuffra

Minagri: “El problema no es el contenido, sino lo que dicen las etiquetas”

Hope Funds: más de mil acreedores frenaron una jugada del “Bernie Madoff argentino” en Tribunales

La empresa de Enrique Blaklsey, investigada por estafa y lavado de dinero, presentó un acuerdo preventivo en el fuero comercial con una sospechosa lista de deudas para frenar nuevos juicios en su contra. La oposición fue total: el juez Sebastián Sánchez Cannavó rechazó el acuerdo con un escrito lapidario

Enrique Blaksley, presidente de Hope Funds. Imagen: http://www.infobae.com/new-resizer/Uv2-82G1Q8HyXImPL_FeF9v0Ubo=/600×0/s3.amazonaws.com/arc-wordpress-client-uploads/infobae-wp/wp-content/uploads/2016/11/18140505/0012082658.jpeg?token=bar

Enrique Blaksley Señorans sufrió esta semana su primera derrota judicial, al menos, en un frente. El presidente y socio mayoritario en un 97 por ciento de Hope Funds -la firma financiera responsable de visitas internacionales como las de Roger Federer y Usain Bolt- hoy acusado de lavado de dinero por la AFIP y la Procelac además de estafar a casi 300 acreedores que invirtieron en contratos de mutuo en un esquema similar al cometido por el estadounidense Bernie Madoff, con una causa en su contra en el Juzgado Federal de María Romilda Servini, intentó en febrero pasado una jugada para descomprimir sus problemas judiciales. Fue, precisamente, en el fuero comercial, donde Blaksley y Hope Funds enfrentaron al menos 27 pedidos de quiebra.

La jugada misma estaba contemplada en la Ley 25.589 de Concursos y Quiebras, un recurso perfectamente lícito conocido como APE, o acuerdo preventivo extrajudicial.La mecánica del APE es simple: si dos tercios del total de acreedores de una empresa aceptan firmar el acuerdo y reestructurar su deuda, entonces la empresa sigue a flote y evita una quiebra.

Así, Blaksley apuntaba a neutralizar a su gran caudal de inversores, jubilados, amas de casa y jóvenes con pequeños ahorros, que, tentados por una oferta de tasas anuales de intereses de más de un 12%, pusieron su dinero: la gran mayoría asegura no haber visto un solo peso de vuelta.

Los viejos brokers de Blaksley, vendedores que se dedicaron durante años a captar a estos clientes hoy en pie de guerra, llamaban a los pequeños acreedores para convencerlos de firmar el APE con frases poco felices.  “A los que hacen juicio, Enrique -Blaksley- les va a pagar el Día de la Escarapela. Va a priorizar a los pequeños inversores que firmen los acuerdos”, oyó un joven empleado de callcenter que había invertido sus ahorros de 7400 dólares y que terminó por firmar el acuerdo.

El APE tramitó ante el Juzgado Comercial N°30, a cargo del doctor Sebastián Sánchez Cannavó. Los abogados de Hope Funds presentaron el acuerdo el 24 de febrero último, un documento firmado por el contador Sergio Orencel; era el presunto listado de todos los inversores que firmaron el acuerdo y de todas las personas y entidades a las que Hope Funds les debe dinero, al menos hasta el 15 de diciembre de 2016. El APE, por ley, obligaba a Hope Funds a una situación incómoda: decirle a la Justicia cuánta plata debe.

277 personas firmaron el acuerdo, al que accedió Infobae, un número que luego ascendió a 393. El presunto número de deuda fue de 449 millones de pesos, 18 de ellos en deudas laborales, 34,4 en impuestos impagos a la AFIP, otros 395,5 en contratos de mutuo impagos y proveedores. Sin embargo, fuentes cercanas al expediente instruido por Servini encontraron el contenido del acuerdo por lo menos llamativoPor ejemplo, el documento solo hablaba de Hope Funds y no de otras firmas que tomaron mutuos e imputadas por Servini, como la offshore Marketsite.

También figuran como acreedores una pariente del contador Orencel y varios nombres fuertes de Hope Funds: están Federico Dolinkué, socio minoritario de la firma, por tres millones y Verónica Vega, cuñada de Enrique Blaksley, por 700 mil pesos. No serían los únicos: fuentes que conocen la empresa aseguran que 61 de los 277 firmantes serían vendedores y ex vendedores de la empresa que siguieron leales a Hope Funds, por lo visto, a la fuerza. Muchos de ellos habrían puesto dinero en los mutuos, para no recuperarlo. Seguir en el barco era la única opción.

Infobae publicó los contenidos y las contradicciones del acuerdo de Hope Funds en abril. Blaksley tenía dos obstáculos para que su jugada prosperara: que los acreedores se opusieran y que el juez se negara a homologarla. Ambas cosas ocurrieron.

Luego de la divulgación del informe hubo 1159 presentaciones en contra de Hope Funds en el Juzgado N° 30, que llevó a abultar el expediente con 140 cuerpos y a complicaciones de tráfico en el sistema judicial informático Lex 100. A comienzos de esta semana, luego de casi cuatro meses de evaluación, el juez Sánchez Cannavó decidió anular la estrategia de Blaksley.

El acuerdo fue rechazado, con costas impuestas para el empresario financiero e informes elevados a la AFIP, la PROCELAC y la UIF. También, Sánchez Cannavó le generó un nuevo problema al empresario: envió una nueva denuncia por posibles nuevos delitos a la Cámara del Crimen porteña para que sea sorteada a un juzgado, en paralelo a lo que ocurre en el despacho de Servini. Los términos en el escrito del juez fueron lapidarios.

Sanchez Cannavó apuntó: “En el caso quedó acreditado que mediaron declaraciones insinceras, contradictorias, reticencia en la información, ocultamiento del activo y del pasivo e inexistencia de la mayoría exigida para la homologación judicial. Se trata de cuestiones que evidentemente no podían ser ignoradas por la deudora de acuerdo con una mínima pauta de razonabilidad”, afirmó el magistrado, que habló también de “reiterados incumplimientos”.

Junto a Benedicto XVI y Francisco. Imagen: http://www.infobae.com/new-resizer/AjTAz_Q0j5G99EUtHqTMFVbQ3Z4=/600×0/s3.amazonaws.com/arc-wordpress-client-uploads/infobae-wp/wp-content/uploads/2016/11/18140513/0012083261.jpeg?token=bar

Blaksley hizo una primera presentación ante Sánchez Cannavó junto a un primer acreedor, una suerte de avanzada. Mencionó dos raíces para sus problemas: las dificultades en el lanzamiento del country Verazul en Pilar, cuyo desarrollo está bloqueado por los jueces Sandra Arroyo Salgado y Adrián González Charvay. El empresario también le echó la culpa a la prensa. “Añadió que a ello se le suma una campaña de desprestigio mediático que originó la promoción de acciones judiciales en su contra y que afectaron su credibilidad y solvencia”. Blaksley aparentemente no mencionó, por ejemplo, que la Comisión Nacional de Valores le prohibió operar en noviembre pasado con una orden en su contra.

Blaksley, a sus acreedores, según el documento firmado por Sánchez Cannavó y por varias fuentes alrededor del caso, les ofreció pagarles, irónicamente, con plata generada por Verazul. “Por otro lado están los que se opusieron a la homologación del acuerdo preventivo extrajudicial”, apuntó el juez: “La gran mayoría refirió que no fueron incluidos en el listado de acreedores presentado por la apista, medió ocultamiento del pasivo y del activo, no se presentan las mayorías previstas y se verificaron irregularidades en la contabilidad y en las certificaciones presentadas por la deudora. Muchos también argumentaron que la propuesta resultó ambigua o incomprensible, fraudulenta y abusiva“. Otros acreedores pidieron, directamente, intervención de la CNV y el Banco Central.

Parte del escrito firmado por el juez Sánchez Cannavó. Imagen: http://www.infobae.com/new-resizer/GF8f0NOV66QDJHFya1qbPTO3iY8=/600×0/s3.amazonaws.com/arc-wordpress-client-uploads/infobae-wp/wp-content/uploads/2017/05/11114459/hope-funds-SF-2.jpg?token=bar

Los contadores de Blaksley se demoraron en traer los libros: se detectó el último registro de sueldos correspondiente a diciembre de 2012, se encontraron páginas anuladas en los libros de actas de asambleas, entre otras irregularidades que no fueron explicadas, se quejó Sánchez Cannavó. Hope Funds apenas indicó un solo automóvil en su activo presentado: otra causa en trámite en otro juzgado comercial indica que la firma tendría, al menos, tres.  

Hubo otro hueco que también llamó poderosamente la atención del juez: “Hope Funds participa en sociedades y emprendimientos que supuestamente en conjunto facturarían por año U$S 72.500.000 y $ 275.300.000“, apuntó Sánchez Cannavó. Sin embargo, la empresa no informó ser titular de cuentas bancarias, a pesar de haber ofrecido depósitos de hasta 268 mil dólares ante los pedidos de quiebrapresentados. “Por último”, aseguró Sánchez Cannavó, “no puede dejar de observarse que el propio directorio de Hope Funds le reconoció al contador interviniente que podrían existir otros activos que podrían no estar identificados a la fecha de elaboración del informe. Cuando se le requirió a la deudora que identifique cuáles serían esos activos, nada precisó“.

Por último, el juez dudó fuertemente del pasivo presentado en el APE por un motivo bastante lógico. Hope Funds habló de 393 acreedores: al juzgado se presentaron más de mil.

El rechazo del acuerdo y el envío a sorteo de una nueva denuncia a la Justicia penal son una señal para los abogados alrededor de la causa instruida por Servini en Comodoro Py. Víctor Varone, socio del estudio Iezzi & Varone, es uno de los querellantes. “No creo que Blaksley haya previsto que el juez Sánchez Cannavó extrajera testimonio para la Justicia Penal ni que le carguen costos y honorarios.Es importante que todos los damnificados se presenten en la causa que tramita en el Juzgado Federal N° 1 para dar real dimensión de la estafa”, asegura Varone.

El doctor Hernán Vega, abogado del mismo estudio que trabaja en la causa, completa: “El juez consideró que Enrique Blaksley y su empresa habían incurrido en la comisión del delito penal de estafa que se configuraría con la conducta desplegada al intentar homologar el APE con información y documentación falsa o engañosa.  Por ello sacó testimonios y los envió a la Cámara Criminal y Correccional”.

Gonzalo Romero Victorica representa junto al doctor Ezequiel Altinier a más de 200 presuntos damnificados que hicieron sus denuncias en la Justicia federal. “Se trata de la manipulación de la documentación, libros y registros societarios, que incluyen alteraciones en las participaciones accionarias de las sociedades, falsedades y omisiones dolosas en las certificaciones contables, ocultamiento y manipulación de créditos y deudas; todo lo cual importa la modificación, alteración y hasta la eliminación de prueba”, se sorprende Romero Victorica tras leer el fallo del juez Sánchez Cannavó. El abogado plantea un punto clave: seguir la ruta del dinero de Blaksley “para recuperarlo y devolverlo a los damnificados”.

Los testimonios ya comenzaron a ser tomados en el juzgado de Servini. Sin embargo, Blaksley, con respecto a los cargos de estafa, no fue llamado a indagatoria hasta el momento, mucho menos detenido.

En: infobae 

La justicia europea prohíbe llamar ‘leche’ a los derivados de la soja

Denominaciones como ‘nata’, ‘mantequilla’, ‘queso’ o ‘yogur’ están reservadas a los productos de origen animal.

Imagen: http://s2.eestatic.com/2017/03/19/mundo/america/eeuu/Leche-Industria-Estados_Unidos-Donald_Trump-EEUU_201990197_31117788_1024x576.jpg

Denominaciones como ‘leche de soja’, ‘mantequilla de tofu’ o ‘queso vegetal’ tendrán que desaparecer por completo de los supermercados y tiendas bio de toda la Unión Europea. El Tribunal de Justicia de Luxemburgo (TJUE) ha dictaminado este miércoles que los productos puramente vegetales, como la soja o el tofu, no pueden comercializarse como ‘leche’, ‘nata’, ‘mantequilla’, ‘queso’ o ‘yogur’. Estos nombres están reservados, según las reglas de la UE, para productos de origen animal.

La sentencia responde a un litigio que enfrentaba a la empresa alemana TofuTown con una asociación también alemana de defensa de la competencia. TofuTown elabora y distribuye alimentos vegetarianos y veganos y los promociona con las denominaciones ‘mantequilla de tofu Soyatoo’, ‘queso vegetal’, ‘veggie-cheese‘, ‘cream‘ y otros nombres similares. La compañía fue denunciada por infringir la normativa de la UE sobre las denominaciones de la leche y los productos lácteos.

En su defensa, TofuTown alegaba que su publicidad no contraviene las reglas de la UE. A su entender, la forma en que el consumidor comprende estas denominaciones ha cambiado mucho en los últimos años. Además, sostiene que nunca usa estos nombres de manera aislada, sino que siempre los relaciona con términos que hacen alusión al origen vegetal de los productos en cuestión, como por ejemplo ‘mantequilla de tofu’ o ‘rice spray cream’.

RIESGO DE CONFUSIÓN

En su fallo de este miércoles, el Tribunal de Justicia de la UE desestima todos los argumentos de TofuTown. La sentencia señala que, a efectos de la comercialización y la publicidad, la normativa comunitaria “reserva en principio exclusivamente la denominación ‘leche’ a la leche de origen animal”. Lo mismo ocurre con nombres como ‘nata’, ‘chantilly’, ‘mantequilla’, ‘queso’ y ‘yogur’, que sólo pueden utilizarse para productos lácteos, es decir, derivados de la leche.

Las denominaciones enumeradas no pueden ser utilizadas legalmente para designar un producto puramente vegetal, salvo que ese producto aparezca en la lista de excepciones, cosa que no ocurre ni con la soja ni con el tofu”, resalta el fallo. La utilización de menciones que indiquen el origen vegetal del producto en cuestión, como hace TofuTown, “no tiene influencia alguna en esta prohibición” ya que no evitan con certeza el “riesgo de confusión por parte del consumidor”.

“Si no se previese esa limitación, estas denominaciones no permitirían identificar con certeza los productos que poseen las características particulares relacionadas con la composición natural de la leche animal, lo que menoscabaría la protección de los intereses de los consumidores, debido al riesgo de confusión creado”, alega el TJUE.

“Se vería también menoscabado el objetivo de mejora de las condiciones económicas de producción y de comercialización, así como la calidad de la leche y los productos lácteos”, concluye la sentencia.

En: elespanol.com 

RESOLUCIÓN 2720-2012/SC2-INDECOPI : ROTULADO DE PRODUCTOS Y ALIMENTOS (ELABORACIÓN DE PRODUCTOS LÁCTEOS)

PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR –
SEDE LIMA SUR Nº 1
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : JONÁS IVÁN GARCÍA ESPINOZA
DENUNCIADO : GLORIA S.A.
MATERIA : ROTULADO DE PRODUCTOS
ROTULADO DE ALIMENTOS
ACTIVIDAD : ELABORACIÓN DE PRODUCTOS LÁCTEOS

(…)

RESOLUCIÓN DE LA SALA

PRIMERO: Revocar la Resolución 3018-2011/CPC emitida el 9 de noviembre de
2011 por la Comisión de Protección al Consumidor – Sede Lima Sur Nº 1 que
declaró infundada la denuncia del señor Jonás Iván García Espinoza contra Gloria
S.A. por infracción del artículo 7º de la Ley de Protección al Consumidor y, en
consecuencia, declarar fundada dicha denuncia.

SEGUNDO: Ordenar a Gloria S.A. que en un plazo de cinco (5) días hábiles
contado a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución,
cumpla con consignar como denominación o nombre de los productos materia del
presente procedimiento, una denominación acorde a la naturaleza de tales
productos, sin emplear términos genéricos o ambiguos como el de “modificada”.

TERCERO: Sancionar a Gloria S.A. con una multa de 20 UIT atendiendo a que la
infracción al artículo 7º de la Ley de Protección al Consumidor califica como una
infracción grave a los derechos de los consumidores. Asimismo, condenar a dicha
empresa al pago de costas y costos en que hubiese incurrido el denunciante.

Con la intervención de los señores vocales Julio Baltazar Durand Carrión,
Hernando Montoya Alberti, Ana Asunción Ampuero Miranda, Alejandro José
Rospigliosi Vega y Javier Francisco Zúñiga Quevedo

JULIO BALTAZAR DURAND CARRIÓN
Presidente

Vea la resolución aquí: RESOLUCION 2720-2012-SC2-INDECOPI – LECHE GLORIA

¿Ya no sabes lo que estas tomando por las mañanas gracias a “Leche Gloria”? Aquí información relevante: La Leche Entera

Imagen: http://assets.trome.pe/files/article_main/uploads/2017/06/04/59344e277dc83.jpeg

La leche entera es un alimento esencial en todo el mundo y uno de los más completos por las propiedades nutricionales de la leche. Normalmente, la que se encuentra en el supermercado es leche de vaca, pero también hay de otros mamíferos. Uno de los principales nutrientes de la leche es el calcio, por eso es buena para los huesos. Además, también contiene lactosa, lo que la hace intolerante para algunas personas.

Características de la leche entera

La leche entera es un líquido de color blanquecino opaco con numerosos beneficios y propiedades. Es muy común para producir derivados lácteos, como yogur, mantequilla o queso. La principal diferencia entre la leche entera, la leche semidesnatada y la leche desnatada es la grasa o crema. De las tres, la que más grasa contiene es la leche entera, por lo que no se recomienda para personas que quieren perder peso. Es mejor optar por la semidesnatada, que contiene poca crema y sacia más que la desnatada, a la que se le han eliminado todas las grasas y gran parte de los nutrientes y vitaminas de la leche.

Precaución: La leche de casi todos los mamíferos contiene derivados de la morfina llamados casomorfinas, que se encargan de mantener cierto nivel de adicción en los lactantes para incentivar su apetito durante los primeros meses de vida. Esto podría explicar por qué muchas personas son adictas a la leche. Hay un estudio que demuestra que los hombres que consumen gran cantidad de productos lácteos tiene el doble de riesgo de padecer cáncer de próstata, por lo que no se recomienda abusar de la leche de vaca ni de los derivados lácteos.

PROPIEDADES DE LA LECHE ENTERA

Beneficios de la Leche entera

La leche entera está compuesta principalmente por agua; iones como sal, minerales y calcio; glúcidos como la lactosa; materia grasa; proteínas como la caseína, y vitaminas A, D, B y E. Por ello, es buena para mantener unos huesos fuertes y sanos y prevenir la osteoporisis. Además, es hidratante y saciante y proporcioan energía. En los recién nacidos, la leche protege el tracto gastrointestinal contra patógenos, toxinas e inflamación, y regula los procesos de obtención de energía, especialmente el metabolismo de la glucosa y la insulina. La leche también es un alimento que ayuda a mantener el funcionamiento del cerebro, a dormir mejor y a cuidar la piel, así como es ideal para embarazadas y deportistas.

Saciantes

Contraindicaciones de la Leche entera

La leche contiene lactosa, un azúcar al que muchas personas son intolerantes, por lo que se recomienda que tomen leche sin lactosa. La leche entera también contiene mucha grasa, por lo que aquellas personas que padecen colesterol o quieren adelgazar, deberían tomar leche semidesnatada o desnatada. Además, también hay personas alérgicas a la proteína de leche de vaca, que está comprobado que no es buena para personas con piel atópica. Tampoco se recomienda beber leche si se padece algún trastorno digestivo.

INFORMACIÓN NUTRICIONAL DE LA LECHE ENTERA

1 ración (244 gr.) 100 gr.
Calorías 102 kcal 42 kcal
Grasas 2.37 g 0.97 g
Grasas saturadas 1.545 g 0.633 g
Grasas poliinsaturadas 0.085 g 0.035 g
Grasas monoinsaturadas 0.676 g 0.277 g
Proteínas 8.22 g 3.37 g
Carbohidratos 12.18 g 4.99 g
Azúcar 12.69 g 5.2 g
Fibra 0.0 g 0 g
Colesterol 12 mg 5 mg
Minerales
Calcio 305 mg 125 mg
Hierro 0.07 mg 0.03 mg
Sodio 107 mg 44 mg
Potasio 366 mg 150 mg
Magnesio 27 mg 11 mg
Fósforo 232 mg 95 mg
Zinc 1.02 mg 0.42 mg
Vitaminas
Vitamina A 115 IU 47 IU
Vitamina C — mg — mg
Vitamina D — µg — µg
Vitamina B1 (Tiamina) 0.049 mg 0.02 mg
Vitamina B6 0.090 mg 0.037 mg
Vitamina B sub 12 1.15 µg 0.47 µg
Vitamina E 0.02 mg 0.01 mg
Vitamina K 0.2 µg 0.1 µg
Folato (ácido fólico) 12 µg 5 µg
Beta Caroteno 5 µg 2 µg
Agua 219.40 g 89.92 g
Cafeína — mg — mg

 

En: biotrends

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