Presupuesto público y fuentes de financiamiento

Los recursos que financian el Presupuesto del Sector Público se estiman por fuentes de financiamiento. Estas fuentes pueden ser:

1. Recursos ordinarios: Corresponden a los ingresos provenientes de la recaudación tributaria y otros conceptos; deducidas las sumas correspondientes a las comisiones de recaudación y servicios bancarios; los cuales no están vinculados a ninguna entidad y constituyen fondos disponibles de libre programación. Asimismo, comprende los fondos por la monetización de productos, entre los cuales se considera los alimentos en el marco del convenio con el Gobierno de los Estados Unidos, a través de la Agencia para el Desarrollo Internacional (AID) – Ley Pública N° 480. Se incluye la recuperación de los recursos obtenidos ilícitamente en perjuicio del Estado – FEDADOI.

2. Recursos directamente recaudados: Comprende los ingresos generados por las Entidades Públicas y administrados directamente por éstas, entre los cuales se puede mencionar las Rentas de la Propiedad, Tasas, Venta de Bienes y Prestación de Servicios, entre otros; así como aquellos ingresos que les corresponde de acuerdo a la normatividad vigente. Incluye el rendimiento financiero así como los saldos de balance de años fiscales anteriores.

3. Recursos por operaciones oficiales de crédito: Comprende los fondos de fuente interna y externa provenientes de operaciones de crédito efectuadas por el Estado con Instituciones, Organismos Internacionales y Gobiernos Extranjeros, así como las asignaciones de Líneas de Crédito. Asimismo, considera los fondos provenientes de operaciones realizadas por el Estado en el mercado internacional de capitales. Incluye el diferencial cambiario, así como los saldos de balance de años fiscales anteriores. Sólo en el caso de los Gobiernos Locales se incluirá el rendimiento financiero

4. Donaciones y transferencias: Comprende los fondos financieros no reembolsables recibidos por el gobierno provenientes de Agencias Internacionales de Desarrollo, Gobiernos, Instituciones y Organismos Internacionales, así como de otras personas naturales o jurídicas domiciliadas o no en el país. Se consideran las transferencias provenientes de las Entidades Públicas y Privadas sin exigencia de contraprestación alguna. Incluye el rendimiento financiero y el diferencial cambiario, así como los saldos de balance de años fiscales anteriores.

5. Recursos determinados: Comprende los Rubros; – Contribuciones a Fondos. – Fondo de Compensación Municipal. – Impuestos Municipales. – Canon y SobreCanon, Regalias, Renta de Aduanas y Participaciones.

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4 comentarios

  • EL TRABAJO ESTA BIEN DETALLADO GRACIAS

  • JUAN FELIX CHACON AYBAR

    los recursos ordinarios. que se dice no son vinculados a ninguna institución. al no ejecutarse en el ingreso. rompe el equilibrio de ingresos y gastos. lo cual el gasto es superior al ingresos y se hace ver un ficticio de déficit. debiéndose de dar ingreso una vez echo la ejecución del gasto. para no romper el equilibrio presupuestal. y de acuerdo a la ley general de presupuesto todo ingreso por cualquier modalidad debe de darle su respectivo ingreso

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  • Juan Félix Chacón Aybar

    De acuerdo a los ingresos ordinarios, que se dice que no son vinculantes, esto no guarda relación a la Ley General de presupuesto, ya que de acuerdo a esta Ley “todo ingreso por cualquier modalidad debe darle ingreso, y el marco presupuestal debe estar equilibrado entre ingresos y gastos. Este sistema hace que se vea el presupuesto como deficitaria. Por otro lado esos ingresos “RECURSOS ORDINARIO” son recursos perteneciente a la recaudación del estado, por ende debe de incluirse en los ingresos de las entidades que reciben este recurso.
    Por ende esta Ley es antitético. Esta recaudación de RO, no refleja reales por transparencia los recursos que recauda, como los saldos de balance.
    solicito se me de las recaudaciones desde los ejercicio del 2000 hasta la fecha, y sus respectivos saldos de balance
    gracias

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