Poder Judicial negó “censura previa” en proyecto de ley contra difusión de audios

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Poder Judicial negó “censura previa” en proyecto de ley contra difusión de audios

“Siempre a quien se protege es a la prensa cuando difunde un tema de interés público, sin interesar que su origen proceda de una interceptación ilícita”, señaló San Martín

Martes 12 de julio de 2011 – 01:18 pm

(Foto: Archivo El Comercio)
El presidente del Poder Judicial, César San Martín, negó esta mañana que el proyecto de ley que envió al Legislativo, para incluir en el Código Penal una sanción para quienes difundan audios que han sido interceptados de manera ilegal, implique una “censura previa” a la prensa.

En diálogo con Radio Programas, San Martín rechazó los cuestionamientos formulados a la referida iniciativa. “Hemos escuchado, hemos leído algunas críticas, pero que nos parecen desafortunadas porque no han, creo yo, hecho una revisión integral de la propuesta modificatoria”, añadió.

El proyecto, que se basa en los casos ‘Petroaudios’ y Business Track, indica que la difusión de algunos de estos audios, al no constituir un delito, tuvieron fines políticos y económicos.

Agregó que a través de la modificación del artículo 162 del Código Penal, referido a la interceptación de comunicaciones privadas, quien cometa el ilícito será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años y de ciento ochenta a trescientos sesenta días de multa.

“NO ES CENSURA”
No obstante, San Martín recordó que el apartado final de la norma contempla que el juez podrá declarar exento de pena “cuando, en un razonado criterio de profesionalidad, resulta evidente que se actuó en interés de causa pública”.

En ese sentido, el titular del PJ aseguró que el proyecto no establece “una censura previa” pues queda a criterio del medio la publicación del material que se obtiene de la interceptación telefónica. “Siempre a quien se protege es a la prensa cuando difunde un tema de interés público, sin interesar que su origen proceda de una interceptación ilícita, en tanto y cuándo, porque hay límites, haya causa pública”, concluyó.

FUENTE: EL COMERCIO PERU

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