MODIFICAN EL REGLAMENTO INTERNO DEL TRABAJO DEL PODER JUDICIAL

[Visto: 5128 veces]

MODIFICAN EL REGLAMENTO INTERNO DEL TRABAJO DEL PODER JUDICIAL

PODER JUDICIAL
CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
MODIFICAN EL REGLAMENTO INTERNO DEL TRABAJO DEL PODER JUDICIAL.

RESOLUCION ADMINISTRATIVA
Nº 115-2011-CE-PJ.

LIMA, 13 DE ABRIL DE 2011

VISTO:

El Oficio Nº 090-2011-JASE-CE-PJ cursado por el señor Consejero Jorge Alfredo Solís Espinosa; y,

CONSIDERANDO:

PRIMERO: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 039-2011- CE-PJ este Órgano de Gobierno modificado el Literal a) del articulo 23º de la Directiva nº 003-2010-PJ, denominada “Reglamento para el Desarrollo de Concursos de selección de Personal en el Poder Judicial”, aprobada por Resolución Administrativa Nº 020-2010-CE-PJ;

SEGUNDO: Que, dicha modificación incidió sobre el tiempo mínimo de servicio interrumpido en la Institución, que debe acreditar un postulante a plaza en el marco de un concurso interno de selección para provisión de plaza vacante;

TERCERO: Que, en aras de establecer concordancia en las disposiciones contenidos en los reglamentos de este Poder del Estado; es menester en los reglamentos de este Poder del Estado; es menester modificar el articulo 58º del Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa Nº 010-2004-CE-PJ;

RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO: Modificar el literal a) del articulo 58º del Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 010-2004-CE-PJ de fecha 03 de febrero de 2011, en los términos siguientes:

Articulo 58.- Para ascender o promocionar a un trabajador del Poder Judicial será necesario contar con una plaza vacante y contenida en el Presupuesto Analítico del Personal de la Institución en el ejercicio vigente, reunir el perfil requerido para el nuevo puesto, participar en el concurso de meritos respectivos, y además cumplir con los siguientes requisitos:
a) Tener una antigüedad no menor de un año (1) año de servicio ininterrumpido en la Institución.

ARTICULO SEGUNDO.- Transcribe la presente resolución a la presidencia del poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país, Gerencia General del Poder Judicial y al Órgano de Control Institucional, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, Publíquese, Comuníquese y Cúmplase

SS.
CESAR SAN MARTIN CASTRO ROBINSON O. GONZALES CAMPOS
JORGE ALFREDO SOLIS ESPINOZA
DATIO PALACIOS DEXTRE
AYAR CHAPARRO GUERRA.

Puntuación: 4.00 / Votos: 1

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *