Precisan atribuciones de Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia en su Distrito Judicial

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Precisan atribuciones de Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia en su Distrito
Judicial respecto a lo dispuesto en los artículos 34, 35 y 36 del Reglamento de Elección de
Jueces de Paz

RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 064‐2011‐CE‐PJ
Publicado el 2 de marzo de 2011
     Lima, 23 de febrero de 2011  
     VISTO:  
       El Oficio Nº 043‐2011‐JASE‐CE‐PJ cursado por el señor Juez Supremo Jorge Alfredo Solís
Espinoza, integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y Presidente de la Comisión de
Trabajo constituida para el estudio y presentación de propuestas de modificación
reglamentaria de ciertas facultades del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y
     CONSIDERANDO:
    Primero: Que, uno de los objetivos centrales de la actual gestión del Poder Judicial consiste
en implantar y ejecutar un sostenido proceso de modernización, buscando introducir cambios
en el cómo se desarrollan las tareas de gobierno y administración;  
      Segundo: Que, la Ley Nº 28545, regula el proceso de elección de los Jueces de Paz en el
territorio de la República;  
    Tercero: Que, el Reglamento de Elección de Jueces de Paz, aprobado mediante la Resolución
Administrativa Nº 139‐2006‐CE‐PJ, en sus artículos 34, 35 y 36 no determinan con precisión a
qué órgano jerárquico del Poder Judicial le corresponde la atribución de expedir los títulos, las
credenciales, la resolución de designación y el Título de Juez de Paz respectivo; así como
efectuar el acto solemne de juramentación;  
   Cuarto: Que, es necesario desconcentrar y precisar competencias de carácter administrativas
en los Presidentes de Corte Superior de Justicia; a fin de que se desarrollen en el mismo
ámbito del Distrito Judicial en que el Juez de Paz administra justicia;  
   Quinto: Que es función del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial definir anualmente Ia política
de desarrollo de la Justicia de Paz;  
     Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades
conferidas por el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión
ordinaria de Ia fecha, sin la intervención de los señores Consejeros Robinson Octavio Gonzáles
Campos y Flaminio Vigo Saldaña por encontrarse de vacaciones, por unanimidad;
     RESUELVE:  
     Artículo Primero.‐ Precisar que es atribución del Presidente de la Corte Superior de Justicia
en su Distrito Judicial, expedir los títulos, credenciales, resolución de designación y el Título de
Juez de Paz o Accesitario respectivo; así como dejar sin efecto la elección en caso de
incumplimiento de los requisitos exigidos en la Ley Nº 28545, a que se refieren los artículos 34,

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