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LEY 30262 FE DE ERRATAS DE LA LEY 30262
SOBRE MODIFICACION DE LA LEY DE EJECUCION PENAL
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LEY 30262 FE DE ERRATAS DE LA LEY 30262
SOBRE MODIFICACION DE LA LEY DE EJECUCION PENAL
NORMA APROBADA
Programa_de_mediacion_familiar_en_neuquen.pdf
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El Tribunal Superior de Justicia de Neuquén impulsó un proyecto para la creación de un programa de resolución alternativa de conflictos familiares, que ya fue enviado a la Legislatura provincial.
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Neuquén por acuerdo 5163 se aprobó el proyecto de ley en miras a crear un programa de resolución alternativa de conflictos familiar que fue enviado a la Legislatura provincial.
La iniciativa enviada a la Legislatura provincial plantea el “Programa de Mediación Familiar” tiene su importancia en el rol de la familia “en cuanto institución estructural de la sociedad”, explicaron desde el poder judicial provincial.
Y agregaron que “es la base de toda sociedad y que en la misma deben primar los procesos de diálogo, resulta necesario que los conflictos que ella tenga se resuelvan de manera pacífica y sean los mismos integrantes de dicho núcleo quienes busquen y encuentren la solución que mejor se ajuste, como máxima expresión de la autocomposición de las personas”.
El programa que se propone crear es la primera experiencia en mediación familiar dentro del Poder Judicial de la Provincia y su principal característica es que “son los mismos involucrados en los conflictos los encargados de solucionarlos”, consignaron.
Asimismo, destacan que los procesos de mediación tienen ventajas como que “mejora el rendimiento de los tribunales, ya que a través de la intervención de los mediadores y por el tipo de solución autocompositiva propia de la disciplina, es menos probable que las partes reincidan en el mismo conflicto que “ayudaron” a resolver”.
La mediación familiar en particular busca “garantizar la forma más pacífica de solucionar un conflicto, que la misma perdure en el tiempo y en donde todas las personas involucradas puedan satisfacer sus intereses sin dejar de reconocer que el “otro” también tienen derecho a satisfacer sus intereses”.
Otras ventajas que, desde el poder judicial destacan de la mediación, son que también “facilita la autodeterminación en la resolución de los conflictos. Hay mayor participación de los usuarios del sistema en la construcción de la solución del conflicto”.
Además de que “optimiza el uso de los recursos” porque “el sistema judicial puede enfocarlos para dar respuesta a los conflictos que no son susceptibles de mediación”.
FUENTE:
http://www.diariojudicial.com/noticias/Neuquen-nuevo-programa-de-mediacion-familiar-20140801-0007.html
NORMA:
http://www.jusneuquen.gov.ar/images2/Prensa/2014/TSJ/MediacionFamiliar.pdf
Formato_de_solicitud_de_registro_como_deudor_alimentario_moroso.pdf