El condenado subió al piso de arriba de su domicilio donde, tras enzarzarse en una discusión, hizo uso de una escopeta de caza
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Día 09/05/2012 – 18.22h
La sección tercera de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a un hombre a cumplir siete años de prisión por disparar con una escopeta a un vecino con el que mantuvo una discusión por el volumen de la música. El procesado reconoció en el juicio el enfrentamiento, pero aseguró que él no disparó. «Se disparó el arma» tras unos golpes, mantuvo.
Junto a la pena de prisión por un delito de homicidio en grado de tentativa, el tribunal le condena a pagar 67.000 euros a la víctima por las secuelas y lesiones causadas, y le prohíbe acercarse a la misma a menos de 500 metros durante un periodo de 10 años.
El incidente tuvo lugar en la mañana del 30 de julio de 2009 en una finca ubicada en la calle Jacinto Benavente, en la localidad valenciana de Sagunto. Allí, la noche anterior, la víctima, que vivía justo encima del procesado, estuvo escuchando música junto a cuatro personas más. Ya por la mañana, el condenado, armado con una escopeta, se presentó en casa de su vecino y llamó varias veces a la puerta hasta que éste le abrió. En ese momento, ambos se enzarzaron en una discusión verbal, en la que el primero le pidió que dejara ya de hacer ruidos. Seguidamente, el vecino le cerró la puerta en su cara, con lo que él empezó a golpearla con la escopeta. Luego, con la intención de matarle, apuntó en posición horizontal a la cerradura de apertura y disparó un cartucho que atravesó la puerta e impactó en el vecino. La víctima, como consecuencia, sufrió varias lesiones y rigidez en la articulación del hombro izquierdo. Practicada entrada y registro en el domicilio del procesado, sobre las 13.00 horas del día 31 de julio, los agentes intervinieron una escopeta de caza, una canana con 29 cartuchos en su interior -teniendo una capacidad para 30- y un chaleco de caza con 12 cartuchos en uno de los bolsillos.
«DISPARÓ A MATAR»
El tribunal estima probado que la intención del procesado, al utilizar la escopeta, fue la de matar, ya que se trataba de un instrumento peligroso. Además, éste había dicho con anterioridad a otros vecinos que los iba a matar –a los de arriba–, y no le disparó al brazo para darle un susto, sino que disparó a través de la puerta, a bulto, sin ver. «Disparó a matar», agrega el tribunal. Así, considera que el procesado tenía que prever cuando disparó que era probable que la víctima todavía estuviera detrás de la puerta «por la inmediación», y que era posible que le diera.
Además, estima «desproporcionado» subir a la casa del vecino con una escopeta «aún cuando fuera solo para asustar». Y esto -agrega el tribunal- hay que situarlo en un contexto en el que ya no sonaba la música, puesto que en el juicio quedó acreditado que en la casa de la víctima, tanto él como sus compañeros de piso, estaban acostados. El tribunal, para fijar la pena, no aprecia atenuación alguna de la responsabilidad criminal por alcoholismo ni por ingestión etílica en el momento de los hechos, pese a que el procesado asegurase que la noche de los hechos se había tomado una botella de whisky y dos valium.
fuente: ABC ESPAÑA