11/05/2011 Por lsanchez
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“Es evidente que por parte del Ministerio de Justicia ha habido un esfuerzo importante en este último año. Al final el proyecto de ley que se tramita en el Parlamento es mucho más completo y pensado que su anteproyecto anterior”. Esta es la primera reflexión que hace para DIARIOJURIDICO, Ana Criado, presidente de la Plataforma para la colaboración en la Legislación Estatal de Mediación y de la Asociación Madrileña de Mediadores, cuando quedamos con ella para analizar esta iniciativa legislativa. Desde su punto de vista los avances son indudables “ si antes en el anteproyecto se hablaba de litigios, ahora se habla de controversias y resoluciones. Ya no solo se habla del acuerdo sino de la voluntad de resolver esa controversia cuando se habla de mediación. Además, ; ahora se insiste bastante en la propia formación previa del mediador que es fundamental sino queremos que esta ley cuando salga sea un trámite procesal y se utilice como algo que no vale la pena”
En un momento como el actual donde se está ya desarrollando la futura Ley de Mediación al amparo de la Directiva de Mediación traspuesta hace unos meses es evidente que uno de los retos para estos profesionales tendrá que ver con el desarrollo de la mediación en el campo empresarial en nuestro país “. No solo habrá que centrarse en la problemática de clientes y proveedores o entre empresas, sino incluso en los propios conflictos internos de las empresas. Para Ana Criado, la mediación no tiene nada que ver con el coaching que es un método de superación personal.. “La mediación solventa un conflicto puntual en una empresa que se suscite. Sus principales ventajas tienen que ver con la confidencialidad; no nos interesa que salgan a la luz esos conflictos. También es flexible, un método rápido y bastante más económico que la via judicial.” explica. “Creo que su futuro va a ser igual al fenómeno de la RSE. Hace poco nadie hablaba de responsabilidad social corporativa, ahora las empresas ya lo conocen”, subraya
El proyecto de ley de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles es una iniciativa que se enmarca en el Plan de Modernización de la Justicia 2009-2012. Quiere ser un importante impulso normativo para aliviar de carga de trabajo a juzgados y tribunales mediante la resolución de este tipo de conflictos en el ámbito extrajudicial. Por tanto, los ciudadanos podrán resolver sus diferencias sin necesidad de acudir a un juicio.
Circunscrita al ámbito de competencias del Estado, la Ley de Mediación articulará un marco mínimo para el ejercicio de la mediación sin perjuicio de las disposiciones aprobadas por las Comunidades Autónomas. Asimismo, el proyecto viene a incorporar al Derecho español la Directiva 2008/52/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, sobre ciertos aspectos de la mediación transfronteriza en asuntos civiles y mercantiles.
Principales características de la Ley de Mediación
– Se establece para asuntos civiles y mercantiles en conflictos nacionales o transfronterizos. Se excluyen expresamente la mediación laboral, penal y en materia de consumo.
– Las instituciones y servicios de mediación establecidas o reconocidas por las diversas administraciones podrán asumir las funciones de mediación, dando continuidad a la tarea que ya vienen desempeñando.
– Someterse a la mediación será voluntario, excepto en los procesos de reclamación de cantidad inferiores a 6.000 euros, en los que se exigirá el inicio de la mediación, al menos, mediante la asistencia a la sesión informativa gratuita, como requisito previo para acudir a los tribunales.
– Nadie estará obligado a concluir un acuerdo ni a mantenerse en el procedimiento de mediación.
– La solicitud de inicio de la mediación interrumpe la prescripción o caducidad de acciones judiciales.
– El procedimiento garantiza la confidencialidad y la imparcialidad del mediador entre las partes, sin que éste pueda imponer solución o medida concreta alguna.
– Se fija un plazo máximo para la mediación de dos meses, prorrogable por otro más.
– El proyecto establece la configuración del acuerdo de mediación como un título ejecutivo equiparable a los laudos arbitrales y a tal fin introduce en la Ley de Enjuiciamiento Civil las reformas precisas.
Estatuto del mediador
Para dar garantías de profesionalidad y calidad a la actividad, se regula un estatuto mínimo del mediador, con las siguientes condiciones para ejercer como tal:
– Tener un seguro de responsabilidad civil.
– Estar inscrito en un registro público y de información gratuita para los ciudadanos.
Se regulan también los derechos y deberes de los mediadores y el de los servicios e instituciones de mediación, que igualmente deberán inscribirse en el registro.
La ley permitirá también el desarrollo de la mediación a través de medios electrónicos, siempre que se garantice la identidad de los intervinientes y el respecto a los principios de mediación. Sigue leyendo
Archivo por meses: mayo 2011
Aprueban norma para aplicar consulta a pueblos indígenas ante actividades mineras
Lima, may. 12 (ANDINA). El Gobierno promulgó el Reglamento del Procedimiento para la aplicación del Derecho de Consulta a los Pueblos Indígenas para las Actividades Minero Energéticas, de conformidad con el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
La consulta, según el reglamento publicado hoy en el diario oficial El Peruano, tiene por finalidad llegar a un acuerdo con los pueblos indígenas sobre las medidas del sector minero energéticos susceptibles de afectarlos directamente.
Para tal efecto, el Estado deberá determinar si los intereses de los pueblos indígenas serían perjudicados directamente y en qué medida.
Precisa también que el Ministerio de Energía y Minas (MEM), Perupetro S.A, Ingemmet, Ipen, Osinermin y los Gobiernos Regionales, son las entidades del Sector Energía y Minas responsables de realizar y supervisar los procesos de consulta.
Los pueblos indígenas que puedan resultar afectados directamente con la implementación de determinada medida, participan en el proceso de consulta, a través de sus representantes elegidos acorde con sus procedimientos internos.
Habrá un plazo de 20 días hábiles para evaluar las implicancias de la medida susceptible de afectar directamente a los pueblos indígenas y, culminada esa etapa, la entidad responsable del proceso de consulta convocará a los representantes de los pueblos indígenas para iniciar el proceso de diálogo, el cual culminará en un plazo máximo de 20 días hábiles.
La entidad responsable del proceso de consulta debe remitir información oportuna y accesible, en forma transparente, empleando procedimientos culturalmente adecuados a los representantes de los pueblos indígenas.
El reglamento precisa que como resultado del proceso de diálogo se levantará un Acta, la cual será suscrita por los representantes de la entidad responsable de la consulta y de los pueblos indígenas, dándose por concluido el proceso.
Refiere que tanto las entidades responsables de ejecutar la consulta, como los representantes y las instituciones representativas de los pueblos indígenas consultados deben facilitar el diálogo y ambas partes deben evitar conductas que pretendan la evasión de lo acordado.
El uso de la violencia va en contra de ese principio, de acuerdo al marco normativo.
(FIN) SMA/GCO Sigue leyendo
El drama de las congoleñas: más de mil son violadas a diario
El estudio de American Journal of Public Health revela que más de 400 mil mujeres de entre 15 a 49 años fueron violadas en la República del Congo
Jueves 12 de mayo de 2011
Congo, Violaciones sexuales
(Reuters)
Las mujeres de la República Democrática del Congo sufren un terrible drama por el alto índice de violaciones sexuales contra ellas. Según un estudio de publicado por el American Journal of Public Health, por lo menos mil 100 mujeres congoleñas son violadas a diario.
El estudio publicado hoy indica que más 400 mil mujeres de entre 15 a 29 años sufrieron violaciones sexuales en un periodo de 12 meses entre 2006 y 2007., lo cual es 26 veces más que la cifra estimaba por la ONU (15 mil mujeres).
“Nuestros resultados confirman que los cálculos previos de violación y abuso sexual son severas subestimaciones de la verdadera prevalencia de la violencia sexual que ocurre en el Congo”, señaló Amber Peterman, autora principal del estudio, citada por la AFP.
Un dato a resaltar es que el estudio no incluye las violaciones sexuales a niñas menores de 15 años y mujeres mayores de 49. Tampoco se contempla la violencia sexual contra niños y hombres. Por esta razón Peterman considera que las violaciones están por encima de las cifras arrojadas en el estudio publicado hoy.
“Incluso estas nuevas y más elevadas cifras representan una estimación conservadora de la verdadera prevalencia de la violencia sexual debido a la crónica falta de denuncias por el estigma, la vergüenza, la impunidad percibida y la exclusión de las menores y las mayores, así como los hombres”, expresó. Sigue leyendo
Aprueba la ALDF prisión domiciliaria con brazalete electrónico; la ley beneficiará sólo a primodelincuentes
Jennifer Alcocer Miranda | Ciudad
2011-05-12
Las autoridades retomaron el proyecto de los brazaletes, ahora será por ley. Foto: Alonso Gallegos
La Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó la Ley de Ejecución de sanciones Penales y Reinserción Social para el Distrito Federal, con la que se crea una nueva figura de reclusión domiciliaria con brazaletes electrónicos especiales.
Con lo anterior la ALDF dotó de facultades al Tribunal de Justicia local para que a través de la figura de jueces de ejecución de sanciones penales se determinen las liberaciones anticipadas y las sanciones, función que anteriormente desempeñaba la Secretaría de Gobierno.
Aquellos primodelincuentes que tengan penas privativas mayores a cinco años y menores de 10 en prisión y hayan cubierto la totalidad de la reparación del daño pueden seguir su condena fuera de la cárcel, siempre y cuando comprueben que en el exterior tienen un oficio o continúan estudiando.
Esta nueva orden, que deberá entrar en vigor antes del 19 de junio próximo, contempla también la creación de dos Salas Colegiadas Especializadas en Ejecución de Sanciones Penales; se faculta a 25 jueces de Ejecución de Sanciones Penales y procedimientos orales y se aprueba la videograbación en los juzgados, la cual podrá ser aplicada desde la etapa de averiguación previa, hasta que se les dicte sentencia, a éstas sólo las partes podrán tener acceso para su defensa.
Además, se aprobó la elaboración de un reglamento por parte del Consejo de Implementación de Justicia Penal, en el que participarán dependencias como la Procuraduría de Justicia, la Comisión de Derechos Humanos y el propio Tribunal de Justicia, y en el que se buscará restringir el uso de celulares de manera estricta.
El diputado Alejandro Carbajal, quien presentó la iniciativa, confió en que esta nueva reforma permitirá bajar el nivel de delincuentes menores en reclusorios, así como de evitar la “contaminación” que sufren los internos al interior de los penales.
“Hasta el día de ayer, la Secretaría de Gobierno nos rindió un informe en el que tan sólo este año se han liberado entre 400 y 500 personas bajo libertad anticipada, si eso se ha logrado sesionando pocas veces el consejo de reliberación, consideramos que esta cifra hasta se puede duplicar”, aseguró.
Sin embargo, aclaró que la recién avalada ley no quiere decir que se abrirá la puerta a los reclusorios, sino que se verá de manera estricta que las personas que van a salir cumplan con una serie de requisitos.
“Incluso los que ya están compurgando una pena, pues podrían aplicarse de manera retroactiva estos beneficios y para su liberación se evaluaría que tengan buen comportamiento, educación, trabajo, participación. Quien evaluaría sería el Instituto de Preliberación integrado por un grupo multidisciplinario, conformado por sociólogos, criminólogos, abogados, etcétera, quienes harán estudios a estas personas”.
Para las nuevas atribuciones del Tribunal, en la sesión extraordinaria de ayer también se avaló la reforma a la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia local, con lo que se deja de lado las actividades que antes realizaba el ejecutivo local.
Los Datos
Esta ley busca reducir la población de delincuentes menores registrados en los reclusorios
Se quita la facultad a la Secretaría de Gobierno de ejecutar sanciones penales y determinar las liberaciones anticipadas.
Los beneficiarios de la reclusión domiciliaria con brazaletes electrónicos deberán pagar en promedio 12 mil pesos por la tecnología (dependiendo de la empresa encargada)
El beneficio del brazalete es para primodelincuentes que tengan penas privativas mayor a 5 años y menores de 10 en prisión y comprueben que en el exterior tienen un oficio o continúan estudiando.
Se crearán dos Salas Colegiadas Especializadas en Ejecución de Sanciones Penales y se facultará a 25 jueces de Ejecución de Sanciones Penales y procedimientos orales
La figura de jueces de ejecución de sanciones penales quedará consolidada antes del 19 de junio de este año.
Esta nueva ley pretende liberar hasta 100 mil personas anuales bajo libertad anticipada, es decir, el doble del registro de la Secretaría de Gobierno
Se consolida la videograbación en todos los juzgados durante la totalidad del proceso penal.
La iniciativa fue avalada con 48 votos a favor, cero en contra y una abstención.
fuente: LA CRONCICA MEXICO Sigue leyendo
OBLIGACION DE LAS ENTIDADES DEL SECTOR PUBLICO DE CONTAR CON UN LIBRO DE RECLAMACIONES DECRETO SUPREMO Nº 042-2011-PCM
DECRETO SUPREMO Nº 042-2011-PCM
OBLIGACION DE LAS ENTIDADES DEL SECTOR PUBLICO DE CONTAR CON UN LIBRO DE RECLAMACIONES
DECRETO SUPREMO Nº 042-2011-PCM
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 65º de la Constitución Política del Perú establece que el Estado defiende el interés de los consumidores y usuarios. Para tal efecto garantiza el derecho a la información sobre los bienes y servicios que se encuentran a su disposición en el mercado. Asimismo vela, en particular, por la salud y la seguridad de la población;
Que, el numeral 3 de articulo 11º de la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Decretos Supremos son normas de carácter general que reglamentan normas con rango de la ley o regulan la actividad sectorial funcional o multisectorial funcional a nivel nacional;
Que, el articulo 48º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece que la Presidencia del Consejo de Ministros esta Facultad que la Presidencia del Consejo de Ministros esta facultada para establecer los mecanismos para la recepción de denuncias y otros mecanismos de participación de la ciudadanía;
Que, el numeral 57.1 del artículo 57º de la Ley Nº 27444 señala que los administrativos están facultados para proporcionar a las entidades la información y documentos vinculados a sus peticiones o reclamos que estimen necesarios para obtener el pronunciamiento;
Que, asimismo, el articulo 107º de la ley Nº 27444 establece que cualquier administrado con capacidad jurídica tienen derecho a presentarse personalmente o hacerse representar ante la autoridad administrativa, para solicitar por escrito la satisfacción de su interese legitimo, obtener la declaración, el reconocimiento u otorgamiento de un derecho, la constancia de un hecho, ejercer una facultad o formular legitima oposición;
Que, en la actualidad los administrados no cuentan con un procedimiento para expresar directamente a las diferentes entidades del Sector Publico , su insatisfacción respecto a la atención brindada por parte de estos,
Que, en tal sentido , es necesario establecer la obligatoriedad de que toda entidad publica cuente con un Libro de Reclamaciones en el cual los ciudadanos puedan registrar su reclamo, entendido como la expresión de insatisfacción o disconformidad del usuario respecto de la atención brindada por la entidad publica en el ejercicio de su función administrativa;
En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8) del Articulo 118 de la Constitución Política del Perú, y de la conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.
DECRETA:
ARTICULO 1.- FINALIDAD:
El presente Decreto Supremo tiene la finalidad establecer un mecanismo de participación ciudadana para lograr la eficiencia del Estado y salvaguardar los derechos de los usuarios frente a la atención en los tramites y servicios que se les brinda
ARTICULO 2.- DEFINICIONES:
Para el cumplimiento del presente Decreto Supremo, se tendrá en cuenta las siguientes definiciones:
USUARIO: persona natural o jurídica que acude a una entidad pública a ejercer alguno de los derechos establecidos en el artículo 55º de la Ley Nº 27444 o a solicitar información acerca de los trámites y servicios que realice la administración publica.
RECLAMO: expresión de insatisfacción o disconformidad del usuario respecto de un servicio de atención brindado por la entidad pública diferente a la Queja por Defecto de Tramitación, contemplada en la LEY nº 27444.
ARTICULO 3.- LIBRO DE RECLAMACIONES
Las entidades de la Administración Publica, señaladas en los numerales del 1al 7 del artículo I del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, deben contar con un Libro de Reclamaciones en el cual los usuarios podrán formular sus reclamos, debiendo consignar además información relativa a su entidad y aquella información necesaria a efectos de dar respuesta al reclamo formulado.
La información consignada por el usuario, será registrada en el Libro de Reclamaciones, cuyo formato en anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo.
El libro de Reclamaciones deberá constar de manera física o virtual, debiendo ser ubicado en un lugar visible y de fácil acceso, a tal efecto, las entidades deberán consignar avisos en los cuales se indiquen la existencia del Libro de Reclamaciones y el derecho que poseen los usuarios para solicitarlo, cuando lo consideren conveniente.
La entidad debe proporcionar de manera inmediata al usuario una copia o constancia del reclamo efectuado.
ARTÍCULO 4.- RESPUESTA AL RECLAMO
LA entidad publica esta obligada a dar respuesta al usuario, por medios físicos o electrónicos, en un plazo máximo de 30 (treinta) días hábiles, informándole, de ser el caso, acerca de las medidas adoptadas para evitar el acontecimiento de hechos similares en el futuro.
Articulo 5.- funcionamiento responsable
Mediante resolución del titular de la entidad se designara al responsable del Libro de Reclamaciones de la Entidad.
Las entidades públicas deberán informar a sus respectivos Órganos de Control Institucional sobre el cumplimiento del presente Decreto Supremo.
ARTICULO 6,. SANCIONES
La Contraloría General de la Republica a través del Órgano de Control Institucional de cada entidad, es la componente para conocer y sancionar, de corresponder conforme a las normas vigentes, ya sea actuando de oficio o por denuncia de parte, el incumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.
ARTICULO 7.- REFRENDO:
El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Presidencia del Consejo de Ministros.
Dado en la Casa de Gobierno, en lima, a los siete dias del mes de mayo del año dos mil once.
ALAN GARCIA PEREZ
Presidente Constitucional de la Republica
ROSARIO DEL PILAR FERNANDEZ FIGUEROA
Presidenta del Consejo de Ministros y Ministras de Justicia.
ANEXO
FORMATO DE HOJA DE RECLAMACION DEL LIBRO DE RECLAMACIONES
LIBRO DE RECLAMCIONES
FECHA DIA MES AÑO
(NOMBRE DE LA PERSONA NATURAL O RAZON SOCIAL DE LA PERSONA JURIDICA)
(NOMBRE Y DOMICILIO DE LA ENTIDAD DONDE SE COLOCA EL LIBRO DE RECLAMACION)
1.- IDENTIFICACION DEL USUARIO
NOMBRE
DOMICILIO
DNI/CE TELEFONO/E-MAIL:
2.- IDENTIFICACION DE LA ATENCION BRINDADA
DESCRPCION:
…………………………….
NOMBRE DEL USUARIO
3. ACCIONES ADOPTADAS POR LA ENTIDAD
DETALLE:
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Mata a su madre, la corta en pedacitos y la congela
La Policía de California detuvo al matricida, quien tiene 19 años. Se desconoce la causa que lo llevó a cometer el crimen
La Policía de California detuvo al matricida, quien tiene 19 años. Se desconoce la causa que lo llevó a cometer el crimen. Foto: Vanguardia/Especial
California.- Un joven de California mató a su madre, cortó su cuerpo y colocó los restos en un congelador, según fuentes policiales.
Moisés Meraz Espinoza fue detenido por la policía de Huntington Park, al sur de Los Angeles, y supuestamente confesó a la policía el asesinato y reveló dónde se encontraba el cuerpo, de acuerdo con el portal solitariogeorge.com
El cadáver mutilado fue encontrado en la casa del joven de 19 años de edad, pero la identidad del cuerpo aún no ha sido confirmada, señalaron las autoridades.
Por las evidencias, Meraz Espinoza está detenido como sospechoso de asesinato.
Una familiar del presunto matricida señaló que “yo sabía bien que iba a dañarse a sí mismo o a alguien … pero no a su madre”.
La mujer aseguró a las autoridades que recibió una llamada de Meraz Espinoza, en la que le contó que le cortó el cuerpo a su madre con una sierra.
fuente: Excélsior Mexico
08-Febrero-2011 Sigue leyendo
Un niño de diez años mata a su padre de un disparo en California
LA VÍCTIMA ERA UN LÍDER NEONAZI
La policía que investiga el parricidio no cree que haya sido un accidente sino intencionado. Al parecer, según publica ‘The New York Times’, la víctima era líder de un grupo neonazi.
antena3.com | California (Estados Unidos)
Un niño de 10años ha matado en california y de un disparo a su padre, líder de un grupo neonazi. El diario ha tenido acceso a una secuencia de fotografías en las que se puede ver a Jeff Hall diez horas antes de morir.
Hall era miembro destacado del Movimiento Nacional Socialista, el mayor y mejor organizado partido nazi de los EEUU, defendía la supremacia blanca y la secesión de los estados esclavistas sureños. Solía organizar patrullas en la frontera con México en busca de espaldas mojadas.
La policia no tiene claro los motivos del asesinato pero está convencida que el niño quiso matar a su padre.
FUENTE: ANTE 3.COM Sigue leyendo
Desesperado por deudas, padre mata a su hija en Suba
Un hombre al verse agobiado por deudas y en medio de una crisis, asfixió a su hija de 17 años de edad con una bolsa plástica, en hechos registrados en la noche del miércoles en la localidad de Suba, la norte de Bogotá.
De acuerdo con las autoridades, el homicida, identificado como Néstor Malagón Castro, asesinó a su hija, Claudia Vanesa Malagón estudiante universitaria, alegando que no quería más sufrimientos para su familia.
POese a que las autoridades fueron alertadas del hecho, a través de la línea 123, no alcanzaron a llegar a tiempo para salvar la vida de la universitaria.
Por su parte el padre asesino, fue capturado y presentado ante la Fiscalía para que responda por este hecho.
fuente: radio SANTA FE.COM
mayo 5, 2011 12:14 pm
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Bebé de 2 años mata a su madre de un balazo en EE.UU
martes 26 de abril del 2011Hora: 07:04
Florida (Peru.com).- Las autoridades de Fort Lauderdale (Florida) investigan las extrañas circunstancias que rodean la muerte de una mujer por disparo de arma de fuego en esa localidad.
Según las primeras investigaciones, su hijo de dos años, Troy Bailey, habría presionado el gatillo de una pistola que habían dejado cargada y olvidada a su alcance, según informa el diario The Telegraph.
La expareja de la fallecida relató que el pequeño Troy cogió el arma de 9 milímetros pensando que era un juguete y apuntó a su madre Julia Bennett con ella, quien murió de un único disparo.
Las raras circunstancias que rodean esta muerte han despertado sospechas en la familia de la víctima, aunque la policía ha descartado que se trate de un caso de violencia de género y apuntan a un desgraciado accidente.
Las personas cercanas al niño informaron que el bebé no parece comprender plenamente que su madre ha muerto. “Me pregunta por su mamá,” dijo la hermana de Bennett, Angela Thompson.
Fuente: Contexto.com.ar Sigue leyendo
Hijo mata a su madre luego de discutir
17.01.11 – Actualizado: 17.01.11 10:55pm – Redacción: redaccion@elheraldo.hn
LA ENTRADA, COPÁN, HONDURAS
Aquella madre que un día lo trajo al mundo con ilusión, que lo arrulló y le enseñó las primeras lecciones de su vida, ayer murió a manos del ingrato que no apreció tanto esfuerzo y sacrificio.
El joven Óscar René Osorio Alvarenga, de 22 años, comenzó a discutir con la progenitora de sus días.
La rabia fue tanta que desenfundó su arma y sin más discusión le disparó a quemarropa.
Candelaria Alvarenga Peraza, de 62 años, se desplomó y en cuestión de segundos, el hombre al que ella le dio le vida, ayer se encargó de arrebatarle la existencia a ella misma.
Por la mente de Candelaria seguramente se cruzaron, en segundos, aquellas imágenes de las noches de desvelo, de los biberones a tiempo para calmar el llanto del bebé que ansiaba ver convertido en un hombre de bien.
Debió pensar en las tantas veces que curó sus enfermedades, en los pañales y en los tiempos de comida que sacrificó con tal de asegurar los alimentos de su vástago Óscar René.
Cuando la mujer cayó, abatida por los disparos, el sujeto huyó del lugar.
La Policía de manera inmediata realizó un rastreo para capturar al hechor, quien dos horas después fue ubicado en el caserío de Nueva Esperanza, al este del barrio Suyapa.
El hombre fue detenido y puesto a la orden del Ministerio Público.
El cuerpo de Candelaria Alvarenga fue reconocido por las autoridades y trasladado a Medicina Forense en San Pedro Sula para realizar la autopsia.
Según las pesquisas policiales, madre e hijo estaban reunidos a las 8:00 de la mañana en la vivienda ubicada en el barrio Suyapa de La Entrada, Copán.
Óscar René había regresado a la casa de su madre desde hace varios días ante los reiterados problemas que mantenía con su pareja.
Ambos conversaban, cuando sorpresivamente se presentó la compañera de hogar de Osorio para pedirle que regresara con ella a la casa en la que habitaban.
Esta situación generó una discusión porque la madre se negaba a que su hijo regresara con su pareja ante la serie de problemas que de forma permanente sostenían.
Los ánimos se caldearon al extremo que en un momento de furia Óscar René sacó su arma, una pistola 9 milímetros, y disparó.
Un solo disparo y la mujer cayó mortalmente herida en la cocina de la vivienda.
La pareja huyó del lugar, los vecinos llegaron para auxiliar a la víctima, pero nada se podía hacer: Candelaria había fallecidHijo mata a su madre
La Policía de manera inmediata realizó un rastreo para capturar al hechor, quien dos horas después fue ubicado en el caserío de Nueva Esperanza, al este del barrio Suyapa
17.01.11 – Actualizado: 17.01.11 10:55pm – Redacción: redaccion@elheraldo.hn
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LA ENTRADA, COPÁN, HONDURAS
Aquella madre que un día lo trajo al mundo con ilusión, que lo arrulló y le enseñó las primeras lecciones de su vida, ayer murió a manos del ingrato que no apreció tanto esfuerzo y sacrificio.
El joven Óscar René Osorio Alvarenga, de 22 años, comenzó a discutir con la progenitora de sus días.
La rabia fue tanta que desenfundó su arma y sin más discusión le disparó a quemarropa.
Candelaria Alvarenga Peraza, de 62 años, se desplomó y en cuestión de segundos, el hombre al que ella le dio le vida, ayer se encargó de arrebatarle la existencia a ella misma.
Por la mente de Candelaria seguramente se cruzaron, en segundos, aquellas imágenes de las noches de desvelo, de los biberones a tiempo para calmar el llanto del bebé que ansiaba ver convertido en un hombre de bien.
Debió pensar en las tantas veces que curó sus enfermedades, en los pañales y en los tiempos de comida que sacrificó con tal de asegurar los alimentos de su vástago Óscar René.
Cuando la mujer cayó, abatida por los disparos, el sujeto huyó del lugar.
La Policía de manera inmediata realizó un rastreo para capturar al hechor, quien dos horas después fue ubicado en el caserío de Nueva Esperanza, al este del barrio Suyapa.
El hombre fue detenido y puesto a la orden del Ministerio Público.
El cuerpo de Candelaria Alvarenga fue reconocido por las autoridades y trasladado a Medicina Forense en San Pedro Sula para realizar la autopsia.
Según las pesquisas policiales, madre e hijo estaban reunidos a las 8:00 de la mañana en la vivienda ubicada en el barrio Suyapa de La Entrada, Copán.
Óscar René había regresado a la casa de su madre desde hace varios días ante los reiterados problemas que mantenía con su pareja.
Ambos conversaban, cuando sorpresivamente se presentó la compañera de hogar de Osorio para pedirle que regresara con ella a la casa en la que habitaban.
Esta situación generó una discusión porque la madre se negaba a que su hijo regresara con su pareja ante la serie de problemas que de forma permanente sostenían.
Los ánimos se caldearon al extremo que en un momento de furia Óscar René sacó su arma, una pistola 9 milímetros, y disparó.
Un solo disparo y la mujer cayó mortalmente herida en la cocina de la vivienda.
La pareja huyó del lugar, los vecinos llegaron para auxiliar a la víctima, pero nada se podía hacer: Candelaria había fallecido.Hijo mata a su madre
La Policía de manera inmediata realizó un rastreo para capturar al hechor, quien dos horas después fue ubicado en el caserío de Nueva Esperanza, al este del barrio Suyapa
17.01.11 – Actualizado: 17.01.11 10:55pm – Redacción: redaccion@elheraldo.hn
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LA ENTRADA, COPÁN, HONDURAS
Aquella madre que un día lo trajo al mundo con ilusión, que lo arrulló y le enseñó las primeras lecciones de su vida, ayer murió a manos del ingrato que no apreció tanto esfuerzo y sacrificio.
El joven Óscar René Osorio Alvarenga, de 22 años, comenzó a discutir con la progenitora de sus días.
La rabia fue tanta que desenfundó su arma y sin más discusión le disparó a quemarropa.
Candelaria Alvarenga Peraza, de 62 años, se desplomó y en cuestión de segundos, el hombre al que ella le dio le vida, ayer se encargó de arrebatarle la existencia a ella misma.
Por la mente de Candelaria seguramente se cruzaron, en segundos, aquellas imágenes de las noches de desvelo, de los biberones a tiempo para calmar el llanto del bebé que ansiaba ver convertido en un hombre de bien.
Debió pensar en las tantas veces que curó sus enfermedades, en los pañales y en los tiempos de comida que sacrificó con tal de asegurar los alimentos de su vástago Óscar René.
Cuando la mujer cayó, abatida por los disparos, el sujeto huyó del lugar.
La Policía de manera inmediata realizó un rastreo para capturar al hechor, quien dos horas después fue ubicado en el caserío de Nueva Esperanza, al este del barrio Suyapa.
El hombre fue detenido y puesto a la orden del Ministerio Público.
El cuerpo de Candelaria Alvarenga fue reconocido por las autoridades y trasladado a Medicina Forense en San Pedro Sula para realizar la autopsia.
Según las pesquisas policiales, madre e hijo estaban reunidos a las 8:00 de la mañana en la vivienda ubicada en el barrio Suyapa de La Entrada, Copán.
Óscar René había regresado a la casa de su madre desde hace varios días ante los reiterados problemas que mantenía con su pareja.
Ambos conversaban, cuando sorpresivamente se presentó la compañera de hogar de Osorio para pedirle que regresara con ella a la casa en la que habitaban.
Esta situación generó una discusión porque la madre se negaba a que su hijo regresara con su pareja ante la serie de problemas que de forma permanente sostenían.
Los ánimos se caldearon al extremo que en un momento de furia Óscar René sacó su arma, una pistola 9 milímetros, y disparó.
Un solo disparo y la mujer cayó mortalmente herida en la cocina de la vivienda.
La pareja huyó del lugar, los vecinos llegaron para auxiliar a la víctima, pero nada se podía hacer: Candelaria había fallecido.
De inmediato dieron el aviso a las autoridades, quienes en minutos llegaron hasta el lugar.
Un equipo especial al mando del Comisionado Juan Carlos Bonilla rastreó la zona para capturar al hechor.
Dos horas después Osorio era capturado y llevado hasta la estación policial en La Entrada, Copán.
“De inmediato se coordinaron las acciones para capturar al hechor. Un equipo especial logró su captura.
Se han girado las instrucciones a los jefes municipales y departamentales de la Policía en occidente para que se mantengan operativos permanentes que nos permitan dar respuestas rápidas a la población”, manifestó el Comisionado Juan Carlos Bonilla, jefe Regional de la Policía.
De inmediato dieron el aviso a las autoridades, quienes en minutos llegaron hasta el lugar.
Un equipo especial al mando del Comisionado Juan Carlos Bonilla rastreó la zona para capturar al hechor.
Dos horas después Osorio era capturado y llevado hasta la estación policial en La Entrada, Copán.
“De inmediato se coordinaron las acciones para capturar al hechor. Un equipo especial logró su captura.
Se han girado las instrucciones a los jefes municipales y departamentales de la Policía en occidente para que se mantengan operativos permanentes que nos permitan dar respuestas rápidas a la población”, manifestó el Comisionado Juan Carlos Bonilla, jefe Regional de la Policía.o.
De inmediato dieron el aviso a las autoridades, quienes en minutos llegaron hasta el lugar.
Un equipo especial al mando del Comisionado Juan Carlos Bonilla rastreó la zona para capturar al hechor.
Dos horas después Osorio era capturado y llevado hasta la estación policial en La Entrada, Copán.
“De inmediato se coordinaron las acciones para capturar al hechor. Un equipo especial logró su captura.
Se han girado las instrucciones a los jefes municipales y departamentales de la Policía en occidente para que se mantengan operativos permanentes que nos permitan dar respuestas rápidas a la población”, manifestó el Comisionado Juan Carlos Bonilla, jefe Regional de la Policía.
fuente: EL HERALDO HONDURAS. Sigue leyendo