EXTENSIÓN DE LOS EFECTOS DE LOS CONVENIOS COLECTIVOS

[Visto: 1817 veces]

EXTENSIÓN DE LOS EFECTOS DE LOS CONVENIOS COLECTIVOS

Casación 2864-2009-Lima, publicada el 30 de marzo del presente año,
El convenio colectivo debe precisar el rango de sus beneficiarios, en caso de que no se delimite, los beneficios se entenderán universales.

El artículo 29° del Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo nos dice que son cláusulas delimitadoras aquellas destinadas a regular el ámbito y vigencia del convenio colectivo.

Sin embargo los trabajadores sindicalizados no son iguales que los trabajadores que no lo son.

Sin embargo la Casación 1381-2005 Lima Norte, (31.10. 2006) es de diferente criterio, pues el pacto colectivo es únicamente para los trabajadores pertenecen este a ese sindicato no a otros ni a los que no son afiliados.

Puntuación: 0 / Votos: 0

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *