El Congreso decide hoy el orden de los apellidos de los hijos en caso de desacuerdo entre los padres
El encargado del Registro Civil determinará la disposición de los apellidos, pero queda por establecerse de qué modo
EP – Madrid – 04/05/2011
La Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados decide hoy el orden de los apellidos de los hijos en caso de que los padres no se pongan de acuerdo al respecto, cuestión sobre la que los partidos políticos han presentado distintas propuestas y no han alcanzado una solución de consenso tras varias reuniones a puerta cerrada. No obstante, han acordado como punto de partida que sea el encargado del Registro Civil el que determine el orden de los apellidos, aunque todavía no se ha pactado de qué forma.
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Fue a comienzos de abril cuando los grupos políticos hicieron pública su postura sobre cuál debe ser el orden de los apellidos de los hijos en caso de desencuentro entre los progenitores a la hora de inscribir a su descendencia en el Registro Civil. Desde el Gobierno, se quiere que sea el orden alfabético el que determine el orden de los apellidos; el PP apuesta por poner el del padre en primer lugar y, si esto no sucede, coincide con el PNV en mantener el menos frecuente. Desde ERC-IU-ICV se deja al azar la disposición de los apellidos.
En lo que todos están de acuerdo, no obstante, es en que el orden de los apellidos establecido para la primera inscripción de nacimiento determine el orden de los apellidos del resto de los hijos.
“Con el fin de avanzar en la igualdad de género se prescinde de la histórica prevalencia del apellido paterno frente al materno permitiendo que ambos progenitores sean los que decidan el orden de los apellidos”, dice el texto del proyecto de ley que busca reformar el Registro Civil de 1957 que, en opinión del Ejecutivo, ha dado muestras de calidad técnica y de su capacidad de adaptación a lo largo de estos años.
Tras la votación de hoy, el proyecto de ley se remitirá directamente al Senado ya que la Comisión de Justicia del Congreso cuenta con competencia legislativa plena y no es preciso que el tema vuelva a discutirse en sesión plenaria.
FUENTE: EL PAIS ESPAÑA