Ordenan Indemnizar a Pasante que Realizaba Tareas de Trabajadores Dependientes

[Visto: 554 veces]

Ordenan Indemnizar a Pasante que Realizaba Tareas de Trabajadores Dependientes

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo consideró ajustado a derecho el despido indirecto en que se colocó un pasante quien desempeñaba las mismas tareas que los trabajadores dependientes, tras considerar los jueces que si no se respeta el objetivo de formación que posee el instituto de la pasantía, ello pasa a ser una ficción legal a través de la cual la empresa obtiene un beneficio injustificado.

En la causa “Canestrari María Fernanda c/ Telefónica de Argentina S.A. y otro s/ diferencias de salarios”, la demandada apeló la sentencia de primera instancia debido a que se había considerado que medió una relación laboral durante el período en que la actora se había desempeñado como pasante.

La magistrada de grado acreditó que la demandada ocupó a la trabajadora como pasante en tareas propias de su giro empresarial ya que se desempeñaba como operadora atendiendo los requerimientos de sus clientes, para lo cual no requiere capacitación especial y, por último, que los cursos que recibió la actora ninguna ventaja importaban para ella.

Los jueces que integran la Sala X sostuvieron que “la inserción de un pasante en el ámbito de la empresa que contrata con una entidad educativa bajo el sistema de pasantías se vincula con la oportunidad que el empresario le da de aprender, es decir, que por parte de la empresa hay carencia de finalidad económica”.

En tal sentido, al confirmar la sentencia de primera instancia, los camaristas explicaron que “si los pasantes efectúan trabajos típicos y corrientes de la empresa, bajo condiciones de contratación que los ponen en un pie de igualdad con los trabajadores dependientes, sin que se respete su objetivo de formación y sin un adecuado seguimiento de la entidad educativa que ha mediado en la contratación, todo pasa a ser una ficción legal a través de la cual la empresa obtiene un beneficio injustificado”.

En la sentencia del 28 de febrero pasada, la Sala concluyó que dicha situación burlaría “un instituto que ha pretendido ser tuitivo y útil porque se lo convierte en un instrumento más que conduce, en definitiva y fraudulentamente, a la más pronunciada precarización del empleo”.

Puntuación: 0 / Votos: 0

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *