MODIFICAN ARTÍCULO 12° DEL REGLAMENTO NORMATIVO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 001A-2011-P/TC,

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RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 001A-2011-P/TC
MODIFICAN ARTÍCULO 12° DEL REGLAMENTO NORMATIVO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

(12-01-2011)
Lima, 07 de enero de 2011
CONSIDERANDO
Que es política de los Magistrados del Tribunal Constitucional, en ejercicio de sus atribuciones, revisar de manera permanente las disposiciones contenidas en el Reglamento Normativo, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 095-2004-P/TC, con el propósito de optimizar algunos aspectos que permitan lograr un mejor funcionamiento institucional, tanto en el ámbito administrativo como en el jurisdiccional;
Que en esa medida, se hace necesario expedir el acto administrativo para formalizar la modificación del artículo 12° del referido Reglamento, relativo a las Salas que integran este órgano de justicia constitucional;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7° de la Ley N° 28301, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, y;
Estando a lo acordado por el Pleno;
SE RESUELVE
Artículo Único.- Modifícase el artículo 12° del Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional, aprobado por Resolución Administrativa N° 095-2004-P/TC, cuyo tenor queda redactado de la siguiente manera:
De la Presidencia y conformación de las Salas
Artículo 12°.- El Presidente del Tribunal preside los Plenos administrativos y jurisdiccionales, así como las Audiencias Públicas de Pleno. Las Presidencias y conformación de las Salas son acordadas por el Pleno al inicio de cada año, a propuesta del Presidente del Tribunal.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS MESÍA
Presidente
Tribunal Constitucional
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