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Más allá de la bicameralidad

Reproduzco el siguiente Informe (2014-07) del Instituto de Análisis y Comunicación Integración (del grupo RPP), en que se me incluye como uno de los especialistas consultados.

En una encuesta realizada por el Instituto Integración (1), el 50% de los encuestados cree que el Congreso de la República debería mantenerse con una sola cámara, como en la actualidad. La brecha que separa a los que creen en la unicameralidad de aquellos que apoyan la bicameralidad es de apenas 10% de acuerdo al gráfico 1.

Esta no es la primera vez que se propone el retorno a la bicameralidad. La Comisión de Constitución del Congreso ha planteado ya una propuesta de ley que busca restituir el sistema parlamentario bicameral en el Perú, lo cual supondría aumentar el número de congresistas de 130 a 190. La propuesta establece que a partir del 2016 el Congreso estaría compuesto por dos cámaras: la de Diputados, con 130 representantes, y la de Senadores, denominada la cámara reflexiva, con 60 representantes. Esta última tendrá a su cargo la revisión, perfeccionamiento y aprobación en segunda instancia de las leyes, la ratificación de embajadores, la designación de los miembros del Tribunal Constitucional, del defensor del Pueblo y de los directores del BCR, entre otras funciones. También se revive la figura del senador vitalicio para el caso de los presidentes constitucionales, quienes tendrían inmunidad permanente. Falta que la medida sea discutida y aprobada por el Pleno del Congreso.

Más allá de aumentar el número de congresistas, el hecho de preferir la bicameralidad es quizá una búsqueda de los ciudadanos por contar con un Parlamento más coherente. Según la misma encuesta de Integración, 7 de cada 10 peruanos desconfía del Congreso de la República, al tratarse de la institución con peor reputación para los entrevistados. Más aún, la encuesta revela que las personas que más desconfían del Poder Legislativo son las que tienen un mayor rechazo hacia la bicameralidad (ver gráfico 2). David Sulmont, director del Instituto de Opinión Pública de la Pontificia Universidad Católica (PUCP), afirma que por más que se haga cualquier reforma en el Perú, la percepción de gran parte de los ciudadanos es que tenemos un Congreso desprestigiado y que no nos representa. Para muchos, aplicar las dos cámaras generaría más gasto para el Estado y procesos más lentos en la promulgación de leyes a cargo de congresistas que no demuestran ser eficientes.

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La pertinencia (o impertinencia) del retorno a la bicameralidad en el Parlamento Peruano

Publicado en la web de noticias Spacio Libre (18 de junio de 2013)

Fuente: http://www.flickr.com/photos/wmps89/

Hemiciclo Raúl Porras Barrenechea del Palacio Legislativo, recinto donde sesionaba la antigua Cámara de Senadores.

 

La cuestión del retorno al modelo bicameral de organización del Poder Legislativo ha vuelto a la agenda parlamentaria y, al parecer, existe cierta voluntad política de un sector del Congreso por aprobar la respectiva reforma constitucional para lograrlo.

No es la primera vez que se pretende con seriedad dicho propósito. En el periodo legislativo 2006-2011 también se intentó restablecer una segunda cámara (el Senado) e incluso se llegó a votar en el Pleno, aunque no se alcanzó la votación calificada suficiente para aprobarla en sede parlamentaria sin necesidad que se tenga que convocar a un referéndum. Conscientes los congresistas promotores de la reforma que en un referéndum era poco menos que imposible que se aprueba la bicameralidad, ahí quedó el esfuerzo.

En dicha coyuntura, publiqué un artículo en la revista jurídica JUS Doctrina & Práctica (julio 2007) y un post en este blog (junio 2008), proponiendo mi postura al respecto. A la pregunta sobre la necesidad o conveniencia de volver a la organización bicameral del Parlamento peruano mi respuesta era entonces: depende. ¿Depende de qué? Del tipo de bicameralidad que se pretenda establecer. A la misma pregunta hoy día mi respuesta sigue siendo básicamente la misma.

Si la propuesta es repetir el modelo bicameral de la Constitución de 1979, el cual considero centralista e innecesario, estoy en contra. Si de lo que se trata es establecer una segunda cámara que converja con el profundo proceso de descentralización a través de la regionalización en que se haya inmerso nuestro país (que es seguramente la más profunda reforma del Estado peruano de todos los tiempos), estoy a favor.

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El sistema electoral plantea elevar valla para tramitar y aprobar revocaciones

Publicado en EL COMERCIO, lunes 13 de mayo de 2013, pág. a4

Fuente: El Comercio, lunes 13 de mayo de 2013, p. a4

PROPUESTA. Pasará a la historia el acopio manual de firmas de los ciudadanos que están a favor de la revocación de alguna autoridad.

 

El JNE, la ONPE y el Reniec proponen modificar el porcentaje de votación requerido para sacar de su puesto a una autoridad. 

El Congreso evalúa cambiar el trámite para la revocación de autoridades edilicias y regionales. El sistema electoral en su conjunto y Gana Perú han elaborado propuestas para que esta consulta popular no sea una herramienta de venganza política.

 

Por: Jorge Saldaña Ramírez

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JNE prepara propuesta para reformar revocatoria

Publicado en Diario16, viernes 22 de marzo de 2013

Fuente: Diario 16

Por: Luis García Rojas

La consulta de revocatoria en Lima ha evidenciado las serias deficiencias con las que ha venido funcionando hasta el momento. El miércoles, el gobierno incluso expresó su disconformidad con esa figura porque en algunas zonas del país ha representado un factor de desestabilización democrática. ¿Sigue siendo viable la revocatoria en una democracia como la peruana?

Si bien nadie ha planteado seriamente su eliminación de la Constitución –hacerlo, además, sería complicado–, diversas entidades democráticas ya han señalado la necesidad de reformarla profundamente. El mismo presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Francisco Távara, dijo ayer que ya prepara una propuesta que será alcanzada al Congreso.

Según fuentes cercanas a los organismos electorales, el JNE ya coordina con el RENIEC y la ONPE para alcanzar una reforma a la revocatoria dentro de una nueva propuesta de código electoral. Este nuevo documento reemplazará al que alcanzó el anterior jefe del JNE, Hugo Sivina, a la Comisión de Constitución del Congreso, el cual, por cierto, nunca fue consensuado con los otros organismos electorales.

Estas coordinaciones empezarían a concretarse la próxima semana y se espera que la nueva propuesta esté lista en un tiempo bastante corto.

En Ideeleradio, Távara incluso dijo que las coordinaciones alcanzarán a la Defensoría del Pueblo, a Transparencia y a los partidos políticos.

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Precisiones sobre la modificación del artículo 23 de la Ley del Proceso Contencioso Administrativo

En mi post anterior sobre la “Reforma legal del régimen sobre el Proceso Contencioso Administrativo”, sugerí que, junto con las diversas reformas de fondo de la Ley que regula el Proceso Contencioso Administrativo, Ley N.º 27584 (en adelante, simplemente “LPCA”), realizadas por el Decreto Legislativo N.º 1067 (en adelante, simplemente “DL”), se aprobaron algunas modificaciones meramente formales, destinadas a mejorar la redacción o realizar precisiones terminológicas, pero que no afectaban el sentido de las normas modificadas, por lo que no se trataba de verdaderas reformas legales.

Dentro de esas “reformas formales”, señalé la realizada respecto al artículo 23 de la LPCA, actualmente numerada como artículo 25 del Texto Único Ordenado de la LPCA, aprobada por el D.S. N.º 013-2008-JUS (en adelante simplemente TUO), referida al efecto de la admisión de la demanda sobre la ejecución del acto administrativo.
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La reforma legal del régimen sobre el Proceso Contencioso Administrativo

IMPORTANTE: Una actualización sobre este tema se realiza en el post: “Precisiones sobre la modificación del artículo 23 de la Ley del Proceso Contencioso Administrativo”.

Como se sabe, mediante la Ley N.º 29157, el Congreso de la República delegó al Poder Ejecutivo la facultad de legislar sobre diversas materias relacionadas con la implementación del Acuerdo de Promoción Comercial Perú Estados Unidos (el famoso TLC) y el apoyo a la competitividad económica. Dentro de esas materias, la ley considera la “mejora de la administra- ción de justicia en materia comercial y contencioso administrativa”.

Al amparo de dicha ley autoritativa, mediante Decreto Legislativo N.º 1067 (en adelante, simplemente “DL”), publicado en el Diario Oficial el 28 de junio de 2008, el Gobierno aprobó un importante conjunto de reformas a la Ley que regula el Proceso Contencioso Administrativo, Ley N.° 27584 (en adelante, simplemente “LPCA”). Seguidamente paso a reseñar las reformas:
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