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Congresista Virgilio Acuña propugna creación de AFP estatal

Nota informativa Agenda país.com (18.OCT.2014)

 

El congresista Virgilio Acuña Peralta (SN), dio un paso adelante en su intento de crear una AFP estatal y [el jueves 16 de octubre pasado] organizó en la sala Bolognesi del Palacio Legislativo una mesa de trabajo con el objeto de recoger opiniones y sugerencias en torno al proyecto que, según explicó, busca introducir una mayor competencia al sistema de AFPs, a fin de mejorar las condiciones de los afiliados y cubrir a aquellas personas que no cuentan con este beneficio como mujeres, trabajadores independientes y los que viven en zonas de extrema pobreza en el país. (Proyecto de ley creación AFP estatal. Fuente: Congreso de la República).

En el encuentro participaron el legislador Martín Belaunde Moreyra (SN), el economista Carlos Adrianzen, el presidente del Instituto de Ahorros, Ricardo Escudero Vigil; Carlos Ortiz, Defensor del Afiliado de AFPs; el constitucionalista Carlo Magno Salcedo y el representante del Colegio de Economistas, Julio Moreno Vargas

Según la iniciativa legal contemplada en el proyecto 3793/2014, presentada por Solidaridad Nacional, partido al que pertenece Acuña Peralta,  la AFP estatal operaría como un actor más del sistema  y que la estructura de las comisiones sería distinta a la que se conoce actualmente, ya que la rentabilidad de las inversiones se reinvertirá en los mismos aportantes a través de sus pensiones, “al no tener como prioridad una estructura de lucro como sí la tienen las AFP privadas”.

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La improcedencia del referéndum sobre la pena de muerte (*)

Fuente: http://z.about.com/d/crime/1/0/J/N/13_electricchair.jpg

Tras lamentar que el Congreso de la República archivara el proyecto de ley del Poder Ejecutivo que pretendía hacer efectiva la pena de muerte para las formas agravadas del delito de terrorismo (Proyecto de Ley N.º 669/2006-PE), el Presidente de la República propuso que se consulte directamente al pueblo, a través de un referéndum, si es que se debe aplicar la sanción de pena de muerte para los delitos más graves en nuestro país.

Inmediatamente diversas vo- ces, incluyendo la de algunos de sus propios ministros de Estado, le recordaron que el referéndum por él sugerido es un imposible jurídico, ya que el artículo 32 de la Constitución establece de manera expresa que no se pueden someter a referéndum la supresión y la disminución de los derechos fundamentales de la persona (como lo es el derecho a la vida, consagrado por el inciso 1 del artículo 2 de la Constitución), ni las normas de carácter tributario y presupuestal, ni los tratados internacionales en vigor.
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