El 11 de octubre pasado se publicó la Resolución Jefatural N.° 508-2011-JNAC/RENIEC, a través de la cual la actual gestión del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), liderada por el Dr. Jorge Yrivarren Lazo, solucionó un delicado problema heredado de las gestiones anteriores, referido al tratamiento que se había estado dando a los ciudadanos con discapacidad mental (o intelectual); a quienes, sin mediar resolución judicial de interdicción que determinase su incapacidad jurídica, se excluía del padrón electoral y se les entregaba un DNI sin grupo de votación, afectándose los derechos políticos fundamentales de más de 23 mil ciudadanos.
A través de la referida resolución, el Jefe Nacional del RENIEC dispuso la incorporación al padrón electoral, así como la emisión y entrega gratuita y a domicilio de nuevos DNI (con el dato del grupo de votación impreso) a estos ciudadanos. Asimismo, se dispuso conformar una Mesa de Trabajo integrada por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), la Defensoría del Pueblo, el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) y la Comisión de Inclusión Social y Personas con Discapacidad del Congreso de la República, con el objeto de encontrar soluciones que se ajusten al ordenamiento jurídico, ante las multas electorales que puede generar en estos ciudadanos su eventual imposibilidad de ejercer el voto.
Conforme señaló al respectoHuman Rights Wacht, esta resolución del RENIEC, que deja sin efecto una serie de políticas que excluían del censo (padrón) electoral a personas con determinadas discapacidades mentales e intelectuales, constituye una medida importante que contribuirá a asegurar la plena participación en la sociedad de estas personas.
Seguidamente, reproduzco el artículo de opinión que ha publicado el Jefe Nacional del RENIEC, en la edición del 18 de octubre del diario El Comercio, así como el comunicado de prensa de Human Rights Wacht sobre el particular.
DERECHOS PARA TODOS
Los derechos de las personas con discapacidad
Jefe nacional del Reniec
Martes 18 de Octubre del 2011
El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) es una de las instituciones que, como resultado de la buena gestión de mis predecesores, se han mantenido a lo largo de los años como las que mejor reconocimiento han tenido en la opinión pública, según lo indican los sondeos realizados por prestigiosas empresas encuestadoras. Sin embargo, como toda obra humana que no es perfecta, no ha estado exenta de incurrir en algunas equivocaciones.
Una de las situaciones problemáticas con que me encontré al asumir la jefatura nacional del Reniec, en febrero pasado, fue el tratamiento que se había estado dando a los ciudadanos con discapacidad mental (o intelectual); a quienes, sin mediar una sentencia judicial de interdicción que determinase su incapacidad jurídica, se excluía del padrón electoral, se les entregaba un DNI sin grupo de votación y se les privaba de realizar actos administrativos; pese a que muchos de ellos podían y pueden valerse por sí mismos.
Tal situación motivó legítimos reclamos de los ciudadanos afectados o sus familiares, así como observaciones de organizaciones públicas y privadas como la Defensoría del Pueblo o asociaciones civiles de protección de los derechos de las personas con discapacidad.
La anterior política del Reniec sobre esta cuestión no obedecía a desidia, mala fe o desconocimiento del marco jurídico, sino a un bien intencionado enfoque paternalista que asumía que cualquier persona con discapacidad mental o intelectual requiere, en todos los casos, de asistencia de terceros y que no puede tomar sus propias decisiones; sin considerar que existen diversos niveles de discapacidad.
Frente a ese enfoque paternalista, el enfoque de derechos exige de las instituciones del Estado poner su mayor esfuerzo en posibilitar que todos los ciudadanos, sin discriminación alguna, los ejerzan.
En esa perspectiva de derechos, el Reniec ha aprobado la Resolución Jefatural 508-2011-JNAC/Reniec, publicada el 11 de octubre que permitirá incluir en el padrón electoral a más de 23 mil ciudadanos con discapacidad mental o intelectual que no cuentan con una resolución judicial de interdicción; así como la expedición y entrega gratuita y a domicilio de nuevos DNI a estos ciudadanos, en los que se incluyan su respectivo grupo de votación y la declaración voluntaria de su discapacidad.
Es de suponer, sin embargo, que un sector de ciudadanos con discapacidad mental o intelectual tendrá dificultad o imposibilidad de ejercer el sufragio, por lo que su inclusión en el padrón electoral podría generarles multas electorales. Para solucionar ese problema, a través de la misma resolución se dispone promover una mesa de trabajo a la que se invita a participar al JNE, la ONPE, la Defensoría del Pueblo, el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad y la Comisión de Inclusión Social y Personas con Discapacidad del Congreso de la República, entre otras instituciones, que, conforme a sus competencias, podamos encontrar soluciones que se ajusten al ordenamiento jurídico, ante las cargas que puede generar en estos ciudadanos su eventual imposibilidad de ejercer el sufragio.
En este decenio de las personas con discapacidad en el Perú, tales disposiciones emitidas en el marco de las competencias del Reniec constituyen una forma tangible y concreta de garantizar sus derechos políticos.
Comunicado de prensa de Human Rights Wacht
Perú: Avance importante para el derecho a voto de las personas con discapacidad
Se requiere una reforma legislativa urgente para asegurar el sufragio universal
Octubre 17, 2011
(Nueva York) – La decisión de Perú de restablecer el derecho a voto de miles de personas con discapacidad constituye una medida importante que contribuirá a asegurar su plena participación en la sociedad, señaló hoy Human Rights Watch. Más de 23,000 personas con discapacidades mentales e intelectuales habían sido excluidas del padrón electoral para las elecciones presidenciales de abril y junio de 2011 como resultado de una política del gobierno anterior.
El 10 de octubre de 2011, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil dictó una resolución que dejó sin efecto una serie de políticas que excluían del censo electoral a personas con determinadas discapacidades mentales e intelectuales. El Registro también se comprometió a trabajar con los organismos gubernamentales relevantes para dar pronta resolución a esta situación.
El 14 de octubre, el Registro entregó un nuevo documento nacional de identidad, donde consta el dato del grupo de votación que se exige para participar en los sufragios, a María Alejandra Villanueva, una joven con síndrome de Down que recientemente planteó ante las Naciones Unidas su exclusión del padrón electoral en Perú.
“Pareciera que Perú ha reconocido que la exclusión arbitraria de miles de sus ciudadanos del derecho a voto, como ha sucedido en el país, pone en duda la esencia misma de una sociedad democrática”, afirmó Shantha Rau Barriga, investigadora y defensora de derechos de personas con discapacidad en Human Rights Watch. “Sin embargo, Perú aún tiene que reformar su Código Civil para asegurar que se garantice a todas las personas con discapacidad el derecho a la plena participación política”.
El Código Civil de Perú limita el ejercicio del derecho a voto de las personas con discapacidad y dispone que algunas personas, incluidas aquellas con discapacidad múltiple sensorial, son “absolutamente incapaces” de ejercer sus derechos civiles, y que tales derechos deben ser ejercidos por sus representantes legales. Estas disposiciones son contrarias a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por Perú en enero de 2008, la cual señala que “las personas con discapacidad tienen capacidad jurídica en igualdad de condiciones con las demás en todos los aspectos de la vida”, y esto incluye el derecho a voto y a la participación política.
Durante el último año, Human Rights Watch ha llevado a cabo un seguimiento de los obstáculos a la participación política que enfrentan las personas con discapacidad en Perú y el resto del mundo. En noviembre de 2010, luego de que varias personas con discapacidad denunciaran que se les había negado el derecho a voto, funcionarios peruanos admitieron que cerca de 20,000 personas con discapacidades intelectuales y psicosociales habían sido excluidas del padrón electoral.
En algunos casos, habían sido excluidas por políticas de los organismos pertinentes, y en otros casos el personal de tales organismos había resuelto arbitrariamente que no tenían derecho ni obligación de votar, ya que en Perú el voto tiene carácter obligatorio. A principios de diciembre, el Registro invitó a estas personas a empadronarse nuevamente. No obstante, debido a la poca anticipación y a que la medida no se comunicó de manera eficiente, menos de 60 personas con discapacidad pudieron reinscribirse antes del cierre del padrón de votantes. En consecuencia, miles de personas con discapacidad fueron excluidas de la posibilidad de votar en las elecciones nacionales.
“La presunción de que las personas con discapacidad mental e intelectual carecen de capacidad para votar es errónea e ilícita”, señaló Barriga. “Los votantes eligen a los candidatos por las más diversas razones. Sería absurdo insinuar que todos los votantes deberían probar su ‘capacidad electoral’ antes de emitir el sufragio”.
En su resolución de octubre, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil se comprometió a crear una comisión encargada de tratar las multas impuestas a personas con discapacidad mental e intelectual que no pueden votar. La comisión estará integrada por representantes del Jurado Nacional de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales, la Defensoría del Pueblo, la Comisión de Inclusión Social y Personas con Discapacidad del Congreso de la República, y el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS).
La resolución también obliga al Registro a emitir documentos nacionales de identidad en los cuales se incluya el dato del grupo de votación a todas las personas con discapacidad que hayan sido excluidas del padrón electoral, y exige que estos sean entregados gratuitamente en el domicilio de los titulares.
“Se trata de un paso importante para restablecer el derecho a voto de las personas con discapacidad”, manifestó Barriga. “Sin embargo, todavía faltan algunas medidas para asegurar su igualdad, y el gobierno debería además reformar el Código Civil y otras normas que vulneran los derechos y la dignidad de personas con discapacidad”.
SE NOTA QUE ESTAN CAIDOS DE VOTOS QUE BUSCAN LOS DE AQUELLOS QUE NO PUEDEN TENER CONCIENCIA DE LO QUE ES UN POOLITICO TRADICIONAL, QUE FRAUDE…
Gracias, Carlo Magno, por compartir esta buena noticia. Se la haré llegar a mis amigas Elsa Bustamante y Ana Núñez.
Es sumamante prejuicioso y denota mucha ignorancia el argumentar que las personas con discapacidad "no pueden tener conciencia" para elegir o decidir.Las decisiones pueden ser buenas o malas, correctas o incorrectas dependiendo de dónde se miren; pero jamás podremos limitar o anular el derecho a decidir de las personas por tener una discapacidad. Este no es un asunto político es un asunto de derechos.
Si es cosa de tener conciencia política el factor habilitante para poder votar, solo el 15% del Perú tendría que votar.
Increible que lo hagan recién, más vale tarde que nunca!
Señor Luis Alex Valenzuela, ¿quiénes, según usted, se supone que están caídos de votos? ¿Y qué tendría eso que ver con una decisión adoptada por un organismo constitucionalmente autónomo como lo es el RENIEC? ¿Cuál es su definición de fraude?
Gracias de antemano por responder estas preguntas.
Felicitaciones a la RENIEC por esta política inclusica con las personas de habilidades diferentes.
Estimada Ana Maria, ha sido necesario todo un cambio cultural en el RENIEC para que esa resolución sea posible. Y eso sólo ha sido posible hacerlo bajo una nueva gestión cuyas políticas y decisiones se rigen por un enfoque de derechos.
Espero que los cambios sigan, ahora a darle una identidad y nacionaldiad a Igor, el Estado peruano no puede seguir negándole sus derechos.
Es un paso adelante y un buen cambio en reconocer derechos… lo increíble es que mientras unos luchan por ser incluidos, hay otros muchos que se apersonan para consultar como pueden excluirse del Padrón por tener incapacidad mental …. ojalà podamos encontrar un punto medio que permita ir logrando que la participación de los ciudadanos se fortalezca.
En la última elección general vi un caso que me llamo la atención: una señora ya mayor, y en silla de ruedas,tenía un cuadro de discapacidad parecida a la cuadraplegia.El trámite de identificación y recepción de cédula estuvo a cargo de la persona que la acompañaba. Pero, lo que me extrañó fue cómo esta asistenta anuló la cédula. La señora bien pudo ser declarada interdicta o tramitarle su dispensa. Sugiero que ONPE y JNE compartan la experiencia que tienen sobre el voto de las personas con discapacidad a fin de evitar que este caso sea corriente en unas elecciones en que participen personas con discapacidad mental.Me preguntaba si acá se podría probar el voto facultativo. Estoy a favor de la resolución del RENIEC pero pido que se estudie y analise a profundidad, porque no sólo es cosa de reconocer el derecho sino que realmente sea efectivo.
Lo que no entiendo es qué ganan concretamente los discapacitados mentales. Los únicos que ganan algo son los burócratas y demagogos que salen en la foto como bienhechores. Ahora los pobres discapacitados mentales tendrán que ir a hacer su cola en cada votación sin saber lo que están haciendo. No tiene nada de grandioso ir a votar.