Nota informativa de Radio Uno (Tacna), 24 de noviembre de 2015.
El experto en temas electorales Carlo Magno Salcedo explicó que mientras dure el proceso, lo que cabe dentro de la ley orgánica de municipalidades es la suspensión de su cargo, más no la vacancia.
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Tras el internamiento del alcalde de Pocollay, Leopoldo Loli Vargas en el penal acusado de corrupción, queda la pregunta al aire de qué pasará ahora con el municipio.
Carlo Magno Salcedo, experto en temas electorales, explica que siendo una prisión preventiva, es una medida cautelatoria que emite un juez en el marco de un proceso penal, por tanto, no está condenado, su situación es procesal. Aún no procede la vacancia, para que proceda debe tener una sentencia judicial condenatoria por delito doloso en última instancia.
Sin embargo, lo que ha ocurrido es una causal de suspensión del cargo, como dicta el artículo 25 de la ley orgánica de municipalidades para que no exista un vacío de poder. Lo que corresponde es que lo reemplace el teniente alcalde o el primer regidor hábil en el Concejo.