La titular de esta entidad atribuye el resultado a la desinformación de parte de la ciudadacía sobre los derechos y deberes referentes.
«Este desconocimiento ha ocasionado el crecimiento desordenado de las ciudades », indicó.
La titular de esta entidad atribuye el resultado a la desinformación de parte de la ciudadacía sobre los derechos y deberes referentes.
«Este desconocimiento ha ocasionado el crecimiento desordenado de las ciudades », indicó.
10.2. CALIFICACIÓN DE PARTE NOTARIAL PROVENIENTE DE UN PROCESO JUDICIAL DE OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PÚBLICA
“La escritura pública otorgada en ejecución de sentencia en el proceso de otorgamiento de escritura pública no constituye título judicial, no resultando aplicables las limitaciones a la calificación contenidas en el segundo párrafo del artículo 2011 del Código Civil.”
Criterio sustentado en las siguientes resoluciones: Resolución Nº 375-2003-SUNARP-TR-L del 20.6.2003; Resolución Nº 189-2001-ORLC/TR del 30.4.2001 y Resolución Nº 100-1999-ORLC/TR del 12.4.1999.
10.3. EFECTOS DE LOS ACTOS JURÍDICOS ACLARATORIOS
“Los actos jurídicos aclaratorios presuponen la existencia de una relación jurídica anterior que es reconocida, precisada o definida; por lo tanto, sus efectos se retrotraen al acto materia de aclaración, dejando a salvo el derecho de terceros.”
Criterio sustentado en la Resolución Nº 192-2004-SUNARP-TR-A del 22.11.2004; Resolución Nº 013-2005-SUNARP-TR-A del 27.1.2005 y Resolución Nº 021-2005-SUNARP-TR-A del 7.2.2005.
10.4. PRINCIPIO DE LEGITIMACIÓN
“No procede denegar la inscripción de un título alegando la presunta falsedad de los documentos que originaron una inscripción anterior, en tanto no conste inscrita la nulidad del asiento”.
Criterio sustentado en las siguientes resoluciones: Resolución Nº 229-2004-SUNARP-TR-L del 16.4.2004; Resolución Nº 185-2004-SUNARP-TR-L del 31.3.2004; Resolución Nº 102-2004-SUNARP-TR-L del 20.2.2004 y Resolución Nº 139-2004-SUNARP-TR-L del 11.3.2004.
10.5. INMATRICULACIÓN DE VEHÍCULOS DE FABRICACIÓN O ENSAMBLAJE NACIONAL
“Para la inmatriculación de un vehículo de fabricación o ensamblaje nacional, debe acreditarse ante el Registro su número de identificación vehicular (VIN), en aquellos supuestos que sea exigible, toda vez que constituye un requisito para extenderla, aun cuando el título haya sido otorgado con anterioridad a la entrada en vigencia de la norma que así lo dispone.”
Criterio sustentado en las siguientes resoluciones: Resolución Nº 029-2005-SUNARP-TR-A del 16.2.2005; Resolución Nº 028-2005-SUNARP-TR-A del 16.2.2005; Resolución Nº 030-2005-SUNARP-TR-A del 18.2.2005 y Resolución Nº 053-2004-SUNARP-TR-A del 18.3.2004.
El Registrador Público y docente brasilero Hércules Benicio continua en su segunda aula tratando el tema de incompatibilidades de en la función de los registradpres y notarios, entre otras cosas. Sigue leyendo
MIEMBROS DE LA CORPORACION: Sus miembros son:
a) Fundadores, calidad que tienen los Conservadores que suscribieron el acta de constitución de la Corporación;
b) de número, los Conservadores activos;
c) supernumerarios, los notarios, archiveros judiciales, ex conservadores, y ex notarios y los abogados que se hayan destacado en la difusión del Derecho Registral, o que hayan prestado servicios a la corporación para el cumplimiento de sus fines;
Los antecedentes de los Registros Públicos tal cual lo entendemos ahora, lo ubicamos en la ciudad alemana de Colonia (1135), Lübeck (año 1227), Hamburgo (año 1270), Munich (1484).
No obstante esto, debemos señalar que nuestra legislación registral históricamente es tributaria en mayor medida de la ley hipotecaria española, la cual producto de las necesidades de su tiempo, buscó otorgar –entre otros fines- dinamismo al crédito a fin de aumentar las inversiones, y poder salir de la crisis económica reinante por sistemas de propiedad desfasados propios del antiguo régimen.
I) Todo ciudadano tiene Derecho a la seguridad jurídica en el tráfico inmobiliario, mobiliario y societario a través de un registro de Derechos idóneo para el cumplimiento de tal servicio público delegado por el Estado.
La Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (Devida) y el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (Cofopri) entregaron 2,600 títulos para la formalización de la propiedad de predios rurales individuales en beneficio de los pobladores del distrito de Pangoa en Satipo, Junín.
El presupuesto total del proyecto asciende a S/. 12¿680,000.00, habiéndose financiado la primera etapa con un monto de S/. 7¿744,416.00, correspondiente al presupuesto del Plan de Impacto Rápido (PIR) 2008.
La ejecución de la segunda etapa de este proyecto está prevista con el presupuesto PIR 2009, el que se encuentra a la espera de la transferencia por parte del Ministerio de Economía y Finanzas.
La entrega de los títulos se realizó ayer como parte del Proyecto integral de Catastro, Titulación y Registro de Tierras en Moyobamba, Río Tambo, Mazamari y Pangoa. Sigue leyendo
9.1. CONVOCATORIA JUDICIAL:
“No resulta procedente cuestionar la convocatoria judicial a junta general de accionistas, aun cuando no cumpla con el requisito de mediar 3 días entre la primera y segunda convocatoria, previsto en el artículo 116º de la Ley General de Sociedades, dado que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117º de la norma referida, corresponde al Juez fijar, entre otros aspectos, el día y hora de la reunión”.
Criterio sustentado en la siguiente resolución: Resolución Nº 297-2003-SUNARP-TR-L del 16.5.2003.
9.2. DECLARACIONES JURADAS RESPECTO A LA CONVOCATORIA Y AL QUORUM:
“Las declaraciones juradas respecto a la convocatoria y al quorum reguladas en la Resolución Nº 331-2001-SUNARP/SN podrán ser formuladas por el presidente del consejo directivo que convocó o presidió la asamblea, según sea el caso, o por el nuevo presidente del consejo directivo elegido que se encuentre en funciones a la fecha en que se formula la declaración”.
Criterio sustentado en la siguiente resolución: Resolución Nº 705-2004-SUNARP-TR-L del 29.11.2004 Sigue leyendo
El Registrador Público y docente brasilero Hércules Benicio continua en su segunda aula tratando los temas de funciones de los tabeliaos y los registradores, entre otras cosas. Sigue leyendo