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XVII CONGRESO INTERNACIONAL DE DERECHO REGISTRAL – CINDER

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El día de hoy inicia el XVII CONGRESO INTERNACIONAL DE DERECHO REGISTRAL organizado por el Centro Internacional de Derecho Registral el cual tiene entre sus temas la creación, evolución y tipos del derecho de propiedad; y el registro y prescripción adquisitiva de dominio.

Lugar:
SALÓN DE CONVENCIONES
HOTEL SOL DE ORO – MIRAFLORES
CALLE SAN MARTIN 305
.

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AGENDA SUNARP: MES DE OCTUBRE

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14 DE OCTUBRE – 5:45
REGLAMENTOS INTERNOS: CONSTITUCIÓN, ADECUACIÓN Y MODIFICACIÓN
Exp. Elmer Jaimes Jaimes
Lugar: Auditorio de la Zona Registral de Lima. Av. Edgardo Rebagliati Nº561. Jesús María.

12 DE OCTUBRE – 5:10
CAMBIO DE CARACTERISTICAS REGISTRABLES DE VEHICULOS
Exp. Gustavo Remicio Montero
Lugar: Oficina Registral de Piura – Av. Luis Eguiguren Nº770

14 DE OCTUBRE
LOS EFECTOS DE LA INSCRIPCION REGISTRAL EN EL TRAFICO JURIDICO INMOBILIARIO
Exp. Blas Humberto Rios Gil
Lugar: Oficina Registral Jr. Arica Nº564 – Iquitos

14 DE OCTUBRE – 3:00
ORGANOS DE GOBIERNO DE COOPERATIVA
Exp. Miguel Torres Reyna
Lugar: Oficina Registral de Chepen – Mz. C lote 1 Urb. Palma Bella

14 DE OCTUBRE – 5:30
INSCRIPCIONES SUCESIONES
Exp. Abog. Galaxia Solis Davila
Lugar: Oficina Registral de La Merced – Jr. Arequipa Nº465 – La Merced

14 DE OCTUBRE – 5:30
INSCRIPCION DE COMPRAVENTA
Exp. Abog. Betsabe Beteta Falcon
Lugar: Oficina Registral de Tingo Maria – Jr. Chiclayo Nº265 – Tingo Maria Sigue leyendo

DELEGACIÓN DEL BANCO MUNDIAL VISITO AA.HH FORMALIZADOS POR COFOPRI

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Con la finalidad de conocer los avances en el proceso de formalización que ejecuta COFOPRI en las zonas urbanas de Lima y otras nueve ciudades del interior del país, una delegación del Banco Mundial, visitó los asentamientos humanos de Los Girasoles y Clorinda Málaga de Prado en Ancón y Comas, respectivamente.

La delegación estuvo encabezada por Sri Mulyani Indrawati, directora gerente del Banco Mundial para América Latina y el Caribe, Pamela cox, Vice presidenta del Banco Mundial para América Latina y el Caribe, Felipe Jaramillo, director del Banco Mundial para el Perú, además de David Varela, gerente de proyectos del Banco Mundial en el manejo del Sector Público.

¨En el Banco Mundial estamos orgullosos de apoyar al gobierno del Perú y lograr resultados firmes con la formalización de estas comunidades, a través de COFOPRI¨, anotó Felipe Jaramillo.

Por su parte, Carmen Beltrán, directora ejecutiva de COFOPRI, resaltó el apoyo del organismo multinacional al proceso de consolidación de los derechos de propiedad a favor de miles de familias peruanas.

¨Estas familias se convertirán en propietarias y tendrán seguridad jurídica sobre sus predios¨, anotó.

Resaltó que los títulos de propiedad, permitirán mejorar la construcción de sus viviendas, para lo cual pueden optar por solicitar créditos del Banco de Materiales y acceder a los servicios básicos de agua y desagüe.

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INSCRIPCION DE NUEVO CONSEJO DIRECTIVO DE ASOCIACIÓN – VIA JUDICIAL

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Convocado en aplicación del 2do. párrafo del Art. 85 Código Civil – VIA JUDICIAL

REQUISITOS:

1.- Parte Judicial que contenga las Actas donde conste la elección del Consejo Directivo conforme al procedimiento establecido en el Estatuto de la Asociación.
(No es necesario adjuntar el Acta donde conste todo el Proceso Electoral cuando EL JUEZ CONVOQUE DIRECTAMENTE A LA ASAMBLEA para elegir al órgano respectivo- Inciso g del Art. 41 del R.I.R.P.J.N.S.).
3.- ACREDITACION DE LA CONVOCATORIA JUDICIAL
a.- Copias certificadas por el auxiliar jurisdiccional de:
a.1.- La sentencia que ordena la convocatoria, la misma que debe estar consentida o ejecutoriada.
a.2.- Las resoluciones que en ejecución de sentencia fijen nueva fecha, de ser el caso.
Ver Art. 54 del R.I.R.P.J.N.S.
2.-PARA ACREDITAR LA CONVOCATORIA Y QUORUM PRESENTAR:
a.- LA CONSTANCIA QUE ACREDITE LA CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA (Los requisitos que deben contener la constancia se encuentran señalados en el Art. 16 y 53 del R.I.R.P.J.N.S.). Y
b.- LA CONSTANCIA QUE ACREDITE EL QUORUM DE LA ASAMBLEA (Los requisitos que deben contener la constancia se encuentran señalados en el Art. 16 y 59 del R.I.R.P.J.N.S.).
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INMATRICULACIÓN

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INMATRICULACIÓN – SUPERPOSICIÓN PARCIAL No puede inmatricularse un predio que conforme al informe del área de catastro se superpone parcialmente con predios inscritos. 347-2006-L

INMATRICULACION A fin de inscribir un acto o derecho que importe la incorporación de un predio al Registro se requiere Informe Técnico del área de Catastro, el cual resulta vinculante para el Registrador. 130-2006-A

INMATRICULACION DE PARTE DETERMINADA Procede la inmatriculación, cuando se transfiere una parte determinada de un predio matriz, aunque se haya hecho referencia al porcentaje que representa respecto de éste último. 055-2006-A

INMATRICULACIÓN DE PREDIOS A FAVOR DEL ESTADO – TÍTULO SUFICIENTE PARA LA INSCRIPCIÓN En los títulos relativos a la inmatriculación de predios a favor del Estado, resulta suficiente para la inscripción la documentación a que se refiere el artículo 2.1.4 de la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva 003-2004/SBN, sin perjuicio de que el área de catastro emita el informe técnico pertinente de conformidad con el artículo 9 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios. 084-2006-L

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INSCRIPCIÓN Y PERSONALIDAD JURÍDICA

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(Una lectura mercantil a la luz de la Constitución y la legislación de asociaciones)
CABANAS TREJO, Ricardo
Año 2009.

La adquisición de la personalidad jurídica ha sido tradicionalmente un tema muy polémico entre los especialistas, con algunas resoluciones recientes muy controvertidas, pero en los últimos años ha trascendido el terreno del debate puramente técnico, al haber entrado en una verdadera disputa por atribuir el protagonismo de ese momento creador a un determinado trámite constitutivo antes que a otro. El presente trabajo sólo quiere poner de manifiesto que en esa discusión hay unos condicionantes de orden constitucional que no pueden pasar inadvertidos. La Constitución española, y de manera muy significativa la legislación reguladora del derecho de asociación, evidencian que el legislador ordinario no disfruta de una libertad completa en esta materia. Con menos razón aún el aplicador o el mero intérprete de la ley. De esa lectura en clave constitucional cabe deducir conclusiones de especial interés en el ámbito de las sociedades lucrativas y sobre el funcionamiento del Registro Mercantil, como institución fundamental de seguridad jurídica, pero cuyas funciones y controles tampoco deben ser exagerados.

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XXIV CONGRESO INTERNACIONAL DEL NOTARIADO LATINO

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Conclusiones

Más de 2.000 representantes de unos 70 países miembros de la Unión se reunieron del 17 al 22 de octubre de 2004 con motivo del XXIV Congreso Internacional, celebrado en Ciudad de México.
El Congreso estuvo centrado en tres temas de debate: “La imparcialidad del notario: garantía del orden contractual”, “El notario y la contratación electrónica” y “La persona jurídica en el tráfico nacional e internacional”.
Este Congreso permitió demostrar que en las relaciones contractuales el notario, al controlar la legalidad, ejerce su función independientemente de las partes que intervienen en el negocio jurídico.
También puso de manifiesto la compatibilidad entre la seguridad que proporciona el notario y las nuevas tecnologías, lo que ha permitido crear un documento público electrónico notarial.

MESA I. LA IMPARCIALIDAD DEL NOTARIO: GARANTÍA DEL ORDEN CONTRACTUAL
Director de la ponencia: Diego Simó Sevilla, notario de Valencia (España).

• La imparcialidad del notario, oficial público, en toda su actividad es el fundamento del notariado latino, y protege no sólo a los intervinientes en el acto sino también a los terceros.
La imparcialidad implica un estricto respeto al principio de legalidad y exige una labor de asesoramiento e información íntegra y global, y, también, de consejo.
La imparcialidad exige una actitud activa del notario que excede de la mera recepción de voluntades.
• El estatuto del notario como oficial público debe garantizar su independencia e inamovilidad y, por consiguiente, su imparcialidad. Sigue leyendo

AGENDA SUNARP: MES DE OCTUBRE

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07 DE OCTUBRE – 5:45
SERVICIOS DE PUBLICIDAD EN EL REGISTRO DE PREDIOS
Exp. Esbén Luna Escalante
Lugar: Auditorio de la Zona Registral de Lima. Av. Edgardo Rebagliati Nº561. Jesús María.

07 DE OCTUBRE – 5:00
GARANTÍA DE SEGURIDAD JURÍDICA DE PREDIOS UBICADOS EN ZONAS DE POBREZA DS 014-2010-JUS
Exp. Luz Aguay Zatta
Lugar: Oficina Registral de Huamachuco – Calle San Martin Nº380

07 DE OCTUBRE – 5:30
INSCRIPCION DE CAFAE
Exp. Abog. Edgar Cárdenas Cabezas
Lugar: Oficina Registral de Huancayo – Jr. Atalaya 1250 – El Tambo
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¿Se puede inscribir un poder en mérito al título archivado del mismo poder inscrito en otra oficina registral?

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¿Es de aplicación la presentación cautiva regulada en la Ley del Notariado?

S. Inscripción de poder en mérito a título archivado. Es posible inscribir un poder en mérito a título archivado del mismo poder inscrito en otra oficina registral. En este supuesto no es aplicable la presentación cautiva establecida por la Ley del Notariado. O. “Se ha adjuntado el poder para su inscripción pero en copia de título archivado, lo cual no reviste la formalidad que refiere el Reglamento General de los Registros Públicos, pues conforme al principio de titulación auténtica, cuando las inscripciones se realicen en base a instrumentos públicos, sólo podrán fundarse en traslados o copias certificadas expedidas por el notario o funcionario autorizado de la institución que conserve en su poder la matriz. Se advierte así mismo que no consta la autorización notarial para su presentación al registro conforme a la Ley del Notariado”. R. 1. Se solicita la inscripción de un poder en mérito a la copia certificada del título archivado de la inscripción del mismo poder realizada en otra oficina registral. El Registrador deniega la inscripción pues considera que se vulnera el principio de titulación auténtica. Además, señala que no consta la autorización notarial para su presentación al Registro conforme a la Ley del Notariado. El presentante apela. Administración pública y la exigencia de documentación requerida. -La SUNARP es un organismo descentralizado, autónomo del Sector Justicia que ejerce potestades públicas, encargándose de dictar políticas y normas técnico-administrativas de todo Registros Públicos, ella se encuentra conformada por XIII Zonas Registrales dispersas en todo el territorio nacional, que son las encargadas de prestar los servicios de inscripción, publicidad registral de los diversos actos y contratos inscribibles en el ámbito de su competencia territorial. Es por ello que tanto la SUNARP como las diferentes zonas registrales forman un ente administrativo unitario. Teniendo en cuenta ello, si un título se encuentra ya inscrito, sólo es necesario realizar un envío de información sobre la base de la primera inscripción realizada en una determinada sede. En este orden, la SUNARP, como integrante de la Administración Pública está sometida a lo regulado por la Ley de Procedimiento Administrativo General que en su artículo 40.11 hace referencia a que la administración pública no puede solicitar a los administrados documentos que ella posee como consecuencia de algún trámite realizado en alguna entidad, ello sin perjuicio del cobro de los derechos registrales que sean menester.

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GRACIAS A NOTARIOS CONSTITUYEN 7,095 EMPRESAS A TRAVES DE SISTEMAS ELECTRONICOS

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En los últimos 27 meses, un total de 7,095 empresas fueron constituidas a través de las notarías, informó hoy el Presidente de la Junta de Decanos de los Colegios de Notarios del Perú y Decano del Colegio de Notarios de Lima, Dr. César Bazán Naveda. “Con esta labor, que realizan las 135 notarías de Lima Metropolitana y las de San Martín, Lambayeque y el Callao, estamos contribuyendo a la optimización del clima para propiciar negocios en el Perú y apoyamos la mejora de la competitividad; principalmente, de las micro y pequeñas empresas peruanas”, agregó.

El Presidente de la Junta de Decanos dijo, además, que la constitución de empresas a través de las páginas electrónicas (páginas web) de las notarías permite acelerar los procesos de este tipo de actividades y simplificar los trámites administrativos, con miras a mejorar la labor empresarial en el país.

El Dr. Bazán afirmó que las 7,095 empresas constituidas representan un número importante en el país, lo que expresa la creciente formalización de las micro y pequeñas empresas y su tendencia a un desarrollo ordenado. “La constitución de empresas en línea, es decir, a través de los sistemas electrónicos de las notarías, ha permitido un crecimiento formalizado de éstas. Desde junio de 2008, cuando se instaló el Sistema de Constitución de Empresas en Línea por parte del Gobierno Nacional, hasta este setiembre del presente, hay una tendencia hacia arriba en las estadísticas. Así, de enero de este año al 14 de setiembre de 2010, se han constituido, por intermedio de los Notarios, 4,086 empresas”.

El Presidente de la Junta de Decanos dijo que en enero del presente año se habían creado 286 empresas; en febrero, 378; en marzo, 420; en abril, 365 empresas; en mayo, 389, en junio, 519; en julio, 639 empresas; en agosto, 739 y hasta el 14 de setiembre se había registrado 351 compañías. Sigue leyendo