En Santiago de Chile, el día 17 de enero de 2011, el Presidente de la Corporación Chilena de Estudios de Derecho Registral, don Elías Mohor Albornoz, y la Rectora de la Universidad Gabriela Mistral, doña Alicia Romo Román, firmaron el convenio para la creación de la Academia Chilena de Derecho Registral, cuyo principal objeto será el estudio y difusión de esta rama del Derecho.
Asimismo, se definieron como objetivos específicos el desarrollo de investigaciones y publicaciones; la formación de una biblioteca de Derecho Registral; la implementación de cursos de pregrado y postgrado; la organización de charlas, seminarios, jornadas y congresos nacionales e internacionales; la permanente participación en foros internacionales; la asesoría a otras instituciones y la celebración de convenios para la consecución de los objetivos anteriores.
Por otra parte, esta iniciativa académica pretende, en la medida de lo posible, abarcar no solo el estudio de temas relacionados con el Registro Inmobiliario, sino con todos los otros registros jurídicos, sin exclusiones. Para este propósito esperamos contar con el apoyo de conservadores, notarios, archiveros, académicos y en general, de todos aquellos que de verdad creemos que la actividad registral desarrollada dentro de un marco jurídico adecuado, por profesionales idóneos y con apoyo de nuevas tecnologías, trae importantes beneficios jurídicos, económicos y sociales al país.
Finalmente, debemos insistir en que se trata de una instancia académica, por lo que el estudio de las respectivas instituciones no puede escapar a su juicio crítico, lo que, sin duda, contribuirá al fortalecimiento de las mismas. A partir de este juicio, esperamos que salgan soluciones y perfeccionamientos, incluso, a registros que han significado y siguen significando un enorme beneficio a la seguridad en el tráfico jurídico, tal como sucede, por ejemplo, con el Registro de la Propiedad Inmueble creado por don Andrés Bello que, en palabras del insigne tratadista don Luis Claro Solar, es “una de las innovaciones radicales y más importantes llevadas a efecto con la promulgación de nuestro Código Civil” (R.D.J., t. III, sección 1ª, 2ª parte, p. 130).
Las instituciones cuyos actores cultivan el ocultismo por una exagerada aversión al juicio crítico solo contribuyen a la incomprensión y descrédito de sus propias actividades y, en definitiva, al inmerecido desprestigio de importantes instituciones, siendo tarde o temprano arrinconados por la sociedad con mejoras, muchas veces, más aparentes que reales. Por ello es que resulta digno de destacar el impulso que la Corporación Chilena de Estudios de Derecho Registral ha dado a la creación de la Academia Chilena de Derecho Registral y su compromiso a apoyarla en el tiempo.
FUENTE: REVISTA FOJAS (REVISTA DE LA COORPORACIÓN CHILENA DE ESTUDIOS DE DERECHO REGISTRAL