Archivo por meses: marzo 2010
TRANSFERENCIA POR APORTE
REQUISITOS
2.- Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.
3.- Escritura pública de constitución, aumento de capital o pago de capital suscrito, según el caso, otorgada con intervención del aportante.
4.- El predio debe estar previamente inscrito a favor del aportante.
5.- Constancia de pago del Impuesto Predial.
6.- Constancia de pago del Impuesto de Alcabala, cuando corresponda.
7.- Pago de derechos registrales.
8.- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.
ALGUNOS APUNTOS SOBRE EL PROCESO CONCURSAL Y EL SISTEMA REGISTRAL
Por: Giberto Mendoza del Maestro
Asistir a un banquete en el cual los comensales se abalanzan en busca de obtener su “parte” de manera desordenada era muy semejante a cómo estaban reguladas las normas antecedentes a la actual Ley General del Sistema Concursal .
La Ley del sistema concursal ha tratado resolver problemas como los procedimientos –lentos, poco predecibles, costosos y engorrosos- poco efectivos para recuperar créditos estableciendo procedimientos más sencillos y fines que orientan dicho procedimiento: a) Permanencia de la unidad productiva, b) Protección del crédito, y c) Protección del patrimonio de la empresa.
¿Qué puede aportar la institución registral a dichos fines? La asistencia a un banquete -bajo la actual norma- necesita mecanismos de publicidad que de conocimiento a los comensales que no asistieron –e incluso a los que asistieron- cómo se lleva la distribución de dicho ágape toda vez que es muy probable que no todos sean partícipes efectivos de las decisiones adoptadas.
En este sentido, a continuación desarrollaremos una introducción a los distintos principios registrales que son mencionados en la presente ley, así como la organización de nuestro sistema registral; a fin de poder entender mejor los artículos materia de comentario a partir de una interpretación sistemática con las normas legales que orientan el derecho registral.
III Congreso San Juan, Puerto Rico 1977
Concurrieron al mismo delegaciones de Alemania, Argentina, Australia, Brasil, Canadá, Colombia, Costa Rica, España, Chile, Estados Unidos, Francia, Israel, Italia, Marruecos, México, Nicaragua, Perú, Puerto Rico, República Dominicana, Suiza y Venezuela.
La Mesa directiva del Congreso estuvo presidida por don Miguel Jiménez Muñoz, Secretario de Justicia de Puerto Rico, y actuaron como Vicepresidentes, don Antonio de Leyva y Andía (España), doctor Miguel N. Falbo (Argentina), don Elvino Silva Filho (Brasil) y doctor Filippo Lucio Agostini (Italia), siendo el Secretario el doctor Edgardo A. Scotti, Secretario General del CINDER.
Moquegua: COFOPRI entregará 600 títulos de propiedad en el distrito de Ichuña
El Jefe Zonal Enrique Melgar Moscoso, manifestó que con esta entrega se beneficiarán un total de 2400 familias de escasos recursos económicos, quienes por fin tendrán el tan ansiado título de propiedad, el cual vienen reclamando durante más de 20 años de posesión de sus predios urbanos, la entrega será en forma gratuita.
TRANSFERENCIA DE PREDIO DESMEMBRADO
TRANSFERENCIA DE PREDIO DESMEMBRADO
“Si la transferencia de la totalidad de la alícuota está referida a un predio que se encuentra desmembrado la transferencia deberá inscribirse en cada una de las partidas que se han independizado del íntegro del predio descrito en la escritura pública. Sigue leyendo
CURSO A DISTANCIA: DEFINICIÓN DE POLÍTICAS DE SUELO EN PEQUEÑAS CIUDADES 1
El curso aborda transversalmente todos los temas relevantes a la definición de políticas de suelo tales como mercados formales e informales, política tributaria, catastro y sistemas de información, marco legal y alternativas para la mejora del financiamiento urbano. Los participantes serán, de preferencia, tomadores de decisiones y asesores de gobiernos locales de ciudades con hasta 40.000 habitantes, quienes tendrán la oportunidad de intercambiar visiones y experiencias sobre la definición de políticas de suelo específicamente desarrolladas para urbes de dimensión reducida.
The course provides a transversal treatment of all of the topics relevant to the definition of land policies. The topics addressed include formal and informal markets, property tax policy, cadastre, information systems, legal framework and alternatives to improve urban development financing. Course participants will be mainly decision-makers and advisers to local government of cities with 40,000 inhabitants or less. Participants will have the opportunity to interchange ideas and experiences about land policy approaches that are especially developed for small cities.
TRANSFERENCIA POR FUSIÓN, ESCISIÓN Y REORGANIZACIÓN SIMPLE
REQUISITOS
El acuerdo de fusión, escisión o reorganización simple, según sea el caso, debe encontrarse inscrito en la partida de la sociedad que como consecuencia de dichos actos adquiere el predio.
2.- Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.
3.- La sociedad titular del predio debe encontrarse comprendida en la fusión, escisión o reorganización simple.
4.- Constancia de pago del Impuesto Predial.
5.- Constancia de pago del Impuesto de Alcabala, cuando corresponda.
6.- Pago de derechos registrales.
7.- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.
APLICACIONES DEL CATASTRO MULTIFINALITARIO EN LA DEFINICIÓN DE POLÍTICAS DE SUELO URBANO 18
Date(s): April 5 – May 22, 2010
Location(s): Online / Curso a Distancia
Application Deadline: March 19, 2010
POSTULAR A ESTE CURSO
Faculty
José Ciampagna, Ingeniero Geodesta y Geofísico, Ciampagna & Asociados en Córdoba, Argentina.
Marco Aurelio González, Universidade do Rio de los Sinos (UNISINOS) en São Leopoldo, Brasil.
Mario Piumetto, Director de Catastro de la Ciudad de Córdoba, Argentina.
Miguel Águila, Ex-Director de Catastro de Uruguay en Montevideo, Uruguay.
Oscar Armando Borrero Ochoa, Profesor de Economía Urbana en la Universidad de Los Andes y Universidad Nacional de Colombia en Bogotá, Colombia.
Geol. Ignacio Lagarda Lagarda. Consultor en temas de catastro. México Sigue leyendo
CINDER: II CONGRESO MADRID, ESPAÑA 1974
Concurrieron al mismo congresistas de Alemania, Argentina, Bélgica, Brasil, Canadá, Colombia, Costa Rica, Chile, Dinamarca, Ecuador, Escocia, España, Filipinas, Francia, Gabón, Holanda, Inglaterra, Irán, Irlanda, Israel, Italia, Marruecos, México, Nicaragua, Panamá, Perú, Portugal, Puerto Rico, Suiza, Uruguay, Venezuela, Yugoslavia y Zaire. En total, 523 congresistas procedentes de 34 países.