INSCRIPCIÓN DE NOMENCLATURA Y NUMERACIÓN

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1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
2.- Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.
3.- Resolución o certificado de nomenclatura o de numeración, expedido por la municipalidad distrital respectiva.
4.- Pago de derechos registrales.
5.- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.

BASE LEGAL

Artículos 15°, 17° y 176 del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 195-2001- SUNARP/SN (23/07/2001); 87° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolución N° 540-2003-SUNARP/SN(21/11/2003); 79° de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (27/05/2003); Decreto
Supremo N° 017-2003-JUS (18/09/03)

TASA

0.77% de UIT por derecho de calificación y 0.19% de UIT por derecho de inscripción.

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