ÍNDICE NACIONAL DEL REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS – SUNARP

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Índice Nacional del Registro de Personas Jurídicas” impedirá que personas jurídicas adopten un nombre, denominación o razón social igual a otra preexistente en dicho índice

También reducirá tasas registrales

El día de hoy, 01 de octubre, la SUNARP pone en funcionamiento el “Índice Nacional del Registro de Personas Jurídicas”, que integra en una sola base de datos los nombres, denominaciones y razones sociales, de las personas jurídicas inscritas o en proceso de constitución e inscripción a nivel nacional; lo que tiene como consecuencia más relevante la protección del nombre de las personas jurídicas, no solo en el lugar del domicilio de aquellas sino en todo el país.

Este nuevo producto de la SUNARP está conformado, fundamentalmente, por los nombres, denominaciones (completas y abreviadas) y razones sociales inscritas, reservadas y en trámite, de cualquier tipo de persona jurídica. Esto es, por las denominaciones o razones sociales de las personas jurídicas inscritas, de las no inscritas que han solicitado la reserva de preferencia registral de la denominación o razón social que han elegido, y de las que tienen en trámite de inscripción la solicitud de inscripción de su constitución o de modificación de su estatuto por cambio de denominación o razón social.

El principal efecto del Índice Nacional del Registro de Personas jurídicas es que ninguna persona jurídica podrá adoptar un nombre, denominación (completa y abreviada) o razón social, igual a otro preexistente en el citado Índice, independientemente de cuál sea el domicilio de las personas jurídicas involucradas, ya que este nuevo servicio de protección tiene ámbito nacional.

Conjuntamente con la puesta en marcha del Índice Nacional del Registro de Personas Jurídicas, se iniciará la prestación de los siguientes servicios registrales:

La Concesión de reservas de preferencia registral de nombre, denominación o razón social, con competencia nacional: Los participantes en la constitución de una persona jurídica podrán solicitar que el registro les reserve el nombre que hayan decidido adoptar (siempre que tal nombre no haya sido ya adoptado por otra persona jurídica) por 30 días, en tanto dure su proceso de constitución. Tal solicitud pueden formularla ante cualquier Oficina Registral del país, independientemente del domicilio social de la persona jurídica que constituyan.

Asimismo, se podrá solicitar la expedición de Servicios de Publicidad (búsqueda, copia literal, certificado positivo/negativo de inscripción de persona jurídica) del Registro de Personas Jurídicas, con competencia nacional. Por ende, podrá solicitarse, desde cualquier Oficina Registral: Copias literales de las partidas registrales de las personas jurídicas inscritas en cualquier Oficina Registral del país; Certificado positivo o negativo de inscripción de personas jurídicas inscritas en cualquier Oficina Registral del país; y Búsquedas de denominación o razón social en el Índice Nacional del Registro de Personas Jurídicas.

Las Búsquedas solicitadas en las Oficinas Registrales, o a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea, desde la puesta en marcha del Índice Nacional del Registro de Personas Jurídicas, serán siempre nacionales, lo que implica una notable reducción de tasas registrales ya que anteriormente las búsquedas tenían que efectuarse por cada Zona Registral.

Así, actualmente si uno quiere conocer si una persona jurídica determinada está inscrita y en qué Oficina Registral corre inscrita, tendría que solicitar 13 búsquedas (uno por cada Zona Registral), y por ende pagar S/. 52.00 (S/. 4.00 x 13 Zonas), sin embargo, desde el inicio de funcionamiento del Índice Nacional del Registro de Personas Jurídicas, el interesado sólo tendrá que pagar por una sola Búsqueda, esto es S/. 4.00.

Fuente: SUNARP

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