• Pleno ejercicio de los derechos de las personas sordociegas
• No habrá impedimento de matrimonio para personas con discapacidad auditiva
Con la finalidad de lograr el respeto y pleno ejercicio de sus derechos fundamentales sin restricciones de las personas sordas y sordociegas, el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad –CONADIS ha presentado el Proyecto de Ley que modifica, los artículos 43, 241 y 274 del Código Civil sobre la voluntad indubitable que deben expresar estas personas con discapacidad.
Los mencionados artículos del Código Civil señalan “que los sordomudos, los ciegosordos y los ciegomudos que no pueden expresar su voluntad de manera indubitable debido a su incapacidad absoluta, no pueden contraer matrimonio y es causal de nulidad del mismo.
En tal sentido, se hace necesario adecuar las normas legales nacionales que permitan la inclusión efectiva de las personas con discapacidad en la sociedad, considerando las recomendaciones internacionales con carácter legislativo, social, educativo, laboral o de cualquier otra índole, necesarias para eliminar cualquier tipo de discriminación.
Como se sabe, las personas sordas y sordociegas tienen problemas de comunicación –comprensión y se convierten en grupo vulnerable y discriminado, como por ejemplo la conocida pareja de personas sordas(Frank y Keyla ) que fueron impedidos de casarse en la municipalidad de San Juan de Miraflores o de Vilma Palma que fue separada de su área de trabajo por tener discapacidad de comunicación.
Asimismo, con esta modificatoria, acorde con los preceptos de la Convención de las Naciones Unidas Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU, se beneficiarían especialmente las personas sordociegas ya que mediante otro proyecto de ley su discapacidad se constituirá en discapacidad única y tendrán libre ejercicio de sus derechos impedidos en el Código Civil actual, vigente desde 1984.
Indicar además, que la propuesta legislativa se ha desarrollado en cumplimiento del Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional suscrito entre el CONADIS y SENSE Internacional (Latinoamérica) Perú, quienes han dado aportes para su elaboración.
Finalmente, el Dr. Guillermo Vega Espejo, presidente del CONADIS, ente rector de la discapacidad en el Perú, señaló que “promoverá, supervisará, velará y ejecutará el cumplimiento de las normas e insta al poder Legislativo su aprobación con la finalidad de lograr la igualdad de oportunidades e integración total de las personas con discapacidad en especial de las sordas y sordociegas que tienen la plena facultad y pleno conocimiento de los que están haciendo y pueden expresarse mediante lengua de señas y/o signos”.